Pues si los Sábados trabaja y no aparecen esas horas registradas, ni cotiza, ni las cobra pues aquí ya se esta cometiendo un ilícito. Si en diciembre va a trabajar todo el mes sin descansar, cada 14 dias deberá llevar al menos 3 de descanso, es decir 11 de trabajo y 3 de descanso. Si tiene 1 h. para comer pero sigue en du puesto eso no es tener una hora para comer. Todo esto se denuncia ante inspección de trabajo, ademas ese excedo de jornada debe reclamarse y debe cotizarse por ello ante la SS.
Trabajo de lunes a lunes con contrato de 40 horas semanales
Muy buenas mi consulta es la siguiente, mi pareja trabaja en un comercio de Gran Canaria, su contrato es de 40 horas semanales y turno partido y los sábados en la tarde trabaja también. Esas horas que hace los sábados en la tarde no costan en ningún control de horas y ahora con el mes de diciembre la obligan a trabajar todo el mes sin librar ni un solo día, aparte que solo le dan una hora para comer al mediodía y sin cerrar el comercio.
Hasta que punto se esta cometiendo una ilegalidad y que puede hacer?