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Trabajo sin contrato.

2 Comentarios
 
Trabajo sin contrato.
15/07/2014 11:35
Hola, imagino que habra varios temas iguale so parecidos por el foro, de hecho he leido alguno que otro.. pero no acabo de llegar a una respuesta que se acomode a mi caso.

Expongo brevemente: Estuve trabajando en una empresa durante 3 meses aprox. obviamente no habia contrato y el pagador era otro empleado en mi misma situacion, es decir, el "jefe" le daba el dinero y este otro lo repartia a los demas.

El problema es que el "jefe" ahora no paga, lo cual significa que llevamos mas de 3 meses sin cobrar lo que nos adeudan. ¿Soluciones?

Necesito saber que puedo hacer por lo legal, puesto que estamos en tal nivel de crispacion que no descartamos el "liarla"

Un saludo y gracias.
15/07/2014 12:16
Buenos días

Entiendo que lo mejor es poner un a demanda ante la jurisdicción social solicitando el reconocimiento de la relación laboral y el abono de los salarios debidos.

También se debería interponer demanda ante la inspección de trabajo por falta de cotizaciones a la seguridad social.

Para más información puede ponerse en contacto con nosotros en joancarlestejedor@infodret.com o en www.infodret.com
15/07/2014 13:52
Hay muchos casos como el tuyo, pero para nada estás indefenso, puedes reclamar lo que te pertenece como cualquier otro trabajador, hay que denunciar tu situación y sería importante recopilar todas las pruebas que puedas para demostrar que trabajas en esa empresa, fotos, documentos, grabaciones…
En el art. 8.1.2. del estatuto de los trabajadores se Presume la existencia de contrato laboral cuando se dan los requisitos del art. 1.1- prestación de servicios bajo dependencia de otro y a cambio de remuneración de cualquier tipo. Es decir, que el contrato existe y será la empresa quien tendrá que demostrar lo contrario. A efectos legales, demostrando vuestra relación laboral estarías trabajando con un contrato de trabajo verbal, igual de válido que uno escrito y donde es claro que desempeñas una labor a cambio de un salario.
Pero es más, al no estar de alta en la S.S. se considera además como contrato indefinido a jornada completa, salvo que la empresa pudiera demostrar diferentes características en ese aspecto.
Puedes también denunciar el caso ante la inspección de trabajo indicando cuando deben personarse. Puedes realizarla anónimamente si así lo deseas.
Si quieres puedes ponerte en contacto con nosotros y te asesoramos sobre los pasos a seguir.
Un saludo!
contacto@ibericabogados.com
91 024 23 61 – 91 535 37 47
Trabajo sin contrato. | PorticoLegal
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Trabajo sin contrato.
15/07/2014 11:35
Hola, imagino que habra varios temas iguale so parecidos por el foro, de hecho he leido alguno que otro.. pero no acabo de llegar a una respuesta que se acomode a mi caso.

Expongo brevemente: Estuve trabajando en una empresa durante 3 meses aprox. obviamente no habia contrato y el pagador era otro empleado en mi misma situacion, es decir, el "jefe" le daba el dinero y este otro lo repartia a los demas.

El problema es que el "jefe" ahora no paga, lo cual significa que llevamos mas de 3 meses sin cobrar lo que nos adeudan. ¿Soluciones?

Necesito saber que puedo hacer por lo legal, puesto que estamos en tal nivel de crispacion que no descartamos el "liarla"

Un saludo y gracias.
15/07/2014 12:16
Buenos días

Entiendo que lo mejor es poner un a demanda ante la jurisdicción social solicitando el reconocimiento de la relación laboral y el abono de los salarios debidos.

También se debería interponer demanda ante la inspección de trabajo por falta de cotizaciones a la seguridad social.

Para más información puede ponerse en contacto con nosotros en joancarlestejedor@infodret.com o en www.infodret.com
15/07/2014 13:52
Hay muchos casos como el tuyo, pero para nada estás indefenso, puedes reclamar lo que te pertenece como cualquier otro trabajador, hay que denunciar tu situación y sería importante recopilar todas las pruebas que puedas para demostrar que trabajas en esa empresa, fotos, documentos, grabaciones…
En el art. 8.1.2. del estatuto de los trabajadores se Presume la existencia de contrato laboral cuando se dan los requisitos del art. 1.1- prestación de servicios bajo dependencia de otro y a cambio de remuneración de cualquier tipo. Es decir, que el contrato existe y será la empresa quien tendrá que demostrar lo contrario. A efectos legales, demostrando vuestra relación laboral estarías trabajando con un contrato de trabajo verbal, igual de válido que uno escrito y donde es claro que desempeñas una labor a cambio de un salario.
Pero es más, al no estar de alta en la S.S. se considera además como contrato indefinido a jornada completa, salvo que la empresa pudiera demostrar diferentes características en ese aspecto.
Puedes también denunciar el caso ante la inspección de trabajo indicando cuando deben personarse. Puedes realizarla anónimamente si así lo deseas.
Si quieres puedes ponerte en contacto con nosotros y te asesoramos sobre los pasos a seguir.
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