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Trabajos de estrangis

5 Comentarios
 
Trabajos de estrangis
27/02/2009 13:42
Hola a todos, os cuento mi caso.
Un trabajador de mi empresa, despues de su horario de trabajo, hace trabajos para particulares, la actividad es la misma. En mi empresa está dado de alta como Jefe de Taller, la jornada completa.
El pensaría que no nos ibamos a enterar, pero no ha sido así.
¿Que se hace en estos casos legalmente?, ¿Que le puede pasar a él?. Lleva quince años en mi empresa.
Muchas gracias por vuestra atención
27/02/2009 13:44
¿esta dado de alta como autonomo? seguro que no, puedes denunciar tanto a hacienda como a la inspeccion

¿tiene clausula de no competencia? ¿hace competencia desleal contra ti? ¿trabaja a su vez para tus propias empresas? lo digo porque en este caso trasgrede la buena fe contractual y es motivo de despido disciplinario
27/02/2009 14:39
Gracias por contestarme marilo.
Este hombre no está dado de alta como autónomo.
Yo no se que es eso de clausula de no competencia, que yo sepa conmigo no ha firmado nada de eso.
En cuanto a si me hace la competencia desleal, yo diría que si, pues está haciendo los mismos trabajos que se hacen en mi empresa, para un particular.
Es la primera vez que tengo conocimiento de esto, por tanto no se si habrá trabajado para clientes mios.
Donde puedo ver lo del despido disciplinario?.

Muchas gracias marilo.
27/02/2009 17:51
en el Estatuto del Trabajador.....art. 54 y 55
saludos
02/03/2009 13:54
Hola JM30, gracias por tu interés. Me he leído los art. 54 y 55, y si yo no he interpretado mal lo leído, no hace referencia esplicitamente al motivo que nos ocupa. Podrías explicarme donde lo pone?.
La gestoría me ha dicho que que le vamos ha hacer.
Por esa lógica, que hacemos ¿Nos vamos todos al paro, y trabajamos todos bajo cuerda? ¿?.
Gracias.
02/03/2009 16:14
El art. 53 y 54 ET. hace referencia a las formas y efectos del despido disciplinario, esa era tu pregunta , ahora bien como decia marilo ¿tiene clausula de no competencia .trabaja para clientes tuyos.......la transgresion de la buena fe contractual, biene en el apartado d art. 54..
saludos
Trabajos de estrangis | PorticoLegal
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Trabajos de estrangis
27/02/2009 13:42
Hola a todos, os cuento mi caso.
Un trabajador de mi empresa, despues de su horario de trabajo, hace trabajos para particulares, la actividad es la misma. En mi empresa está dado de alta como Jefe de Taller, la jornada completa.
El pensaría que no nos ibamos a enterar, pero no ha sido así.
¿Que se hace en estos casos legalmente?, ¿Que le puede pasar a él?. Lleva quince años en mi empresa.
Muchas gracias por vuestra atención
27/02/2009 13:44
¿esta dado de alta como autonomo? seguro que no, puedes denunciar tanto a hacienda como a la inspeccion

¿tiene clausula de no competencia? ¿hace competencia desleal contra ti? ¿trabaja a su vez para tus propias empresas? lo digo porque en este caso trasgrede la buena fe contractual y es motivo de despido disciplinario
27/02/2009 14:39
Gracias por contestarme marilo.
Este hombre no está dado de alta como autónomo.
Yo no se que es eso de clausula de no competencia, que yo sepa conmigo no ha firmado nada de eso.
En cuanto a si me hace la competencia desleal, yo diría que si, pues está haciendo los mismos trabajos que se hacen en mi empresa, para un particular.
Es la primera vez que tengo conocimiento de esto, por tanto no se si habrá trabajado para clientes mios.
Donde puedo ver lo del despido disciplinario?.

Muchas gracias marilo.
27/02/2009 17:51
en el Estatuto del Trabajador.....art. 54 y 55
saludos
02/03/2009 13:54
Hola JM30, gracias por tu interés. Me he leído los art. 54 y 55, y si yo no he interpretado mal lo leído, no hace referencia esplicitamente al motivo que nos ocupa. Podrías explicarme donde lo pone?.
La gestoría me ha dicho que que le vamos ha hacer.
Por esa lógica, que hacemos ¿Nos vamos todos al paro, y trabajamos todos bajo cuerda? ¿?.
Gracias.
02/03/2009 16:14
El art. 53 y 54 ET. hace referencia a las formas y efectos del despido disciplinario, esa era tu pregunta , ahora bien como decia marilo ¿tiene clausula de no competencia .trabaja para clientes tuyos.......la transgresion de la buena fe contractual, biene en el apartado d art. 54..
saludos