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trabajos en beneficio de la comunidad

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
Trabajos en beneficio de la comunidad
15/10/2008 19:06
Hola, me condenaron por dar una tasa de 0,95 de alcoholemia a 8 meses de retirada del carnet, 600 euros de multa y 22 dias de trabajos en beneficio de la comunidad. Mi abogado me dijo que estos trabajos puede que no los cumpla porque estan saturados..mi pregunta es ¿sabeis si se estan cumpliendo estos trabajos? ¿ en que consisten?. Muchas gracias.
15/10/2008 19:57
Hola, Suelen tratarse de trabajos de limpieza de jardines, sitios públicos.. pero igual te avisan dentro de unos meses, o incluso años para que los lleves a cabo.
16/10/2008 00:12
Se cumplen con retraso, pero se cumplen. El contenido es muy variado, pero suelen ser como le dice el compañero.
16/10/2008 09:41
Buenas a todos.Di positivo en abril 2008 0.80 y tendo la entrevista para hacer los trabajos sociales este viernes, tarde o temprano os llega.Ya comentare como va el tema este cuando vaya.
30/10/2008 16:21
Yo estoy en la misma situacion que funaicha, fui condenado a practicamente lo mismo. Mi duda es la siguiente, yo trabajo fuera de España y me gustaria saber si hay alguna manera de o bien aplazar los trabajos sociales o que me los adapten de alguna manera, o incluso hacerlos fuera de España.Ya que no contribuye a reinsertar personas que estas pierdan sus trabajos, y si a mi me obligan con caracter inmediato a cumplirlos perderia el mio.Gracias y un saludo.
04/11/2008 11:53
¿ALguien podría responder al mensaje anterior? Estoy en una situación similar. Gracias de antemano
14/01/2010 14:01
hola, que tal? cuento un poco la historia y despues mi pregunta.
la historia, es que el 17/06/2007, fui condenado a 120 dias de trabajosen beneficio a la comunudad. el 02/03/2008 recibo la citacion de presentarme al los servicios sociales penitenciarios en el juzgado.y en tal fecha se me designa el lugar donde hacer los trabajos. yo fui y hable con la persona encargada de este tema en mi pueblo, y me dijo que ya me llamaria para empezar los trabajos, bien a fecha de 14/01/2010 no se a llamado para realizar dichos trabajos.
despues de tanto tiempo esperando y sabiendo las partes que estoy sin trabajo desde hace 20 meses. mi pregunta es: despues del timpo pasado, cerca de año y medio, hay alguna forma de evitar hacer los trabajos.
POR FAVOR contesten a este mensaje y si es posible con el numero de ley donde corresponda para evitar hacer esos trabajos. un saludo muy cordial y gracias por tu atencion
14/01/2010 14:11
pero los trabajos sociales no prescriben al año si son de 22 dias??
14/01/2010 20:14
no entiendo como funciona esto si alguen sabe de lo mio por favor escribirme lostrabajosenbeneficio@hotmail.es les dijo otra vez mi situacion y contestar a mi correo porfavor


Hola, que tal? cuento un poco la historia y después mi pregunta.
La historia, es que el 17/06/2007, fui condenado a 120 días de trabajos en beneficio a la comunidad. El 02/03/2008 recibo la citación de presentarme al los servicios sociales penitenciarios en el juzgado. Y en tal fecha se me designa el lugar donde hacer los trabajos. Yo fui y hable con la persona encargada de este tema en mi pueblo, y me dijo que ya me llamarían para empezar los trabajos, bien a fecha de 14/01/2010 no se ha llamado para realizar dichos trabajos.
Después de tanto tiempo esperando y sabiendo las partes que estoy sin trabajo desde hace 20 meses. Mi pregunta es: después del tiempo pasado, cerca de año y medio, hay alguna forma de evitar hacer los trabajos.
POR FAVOR contesten a este mensaje y si es posible con el numero de ley donde corresponda para evitar hacer esos trabajos. Un saludo muy cordial y gracias por tu atención

15/01/2010 09:52
Hola

Según me dijeron a mi (tengo 21 días por cumplir), prescriben al año de la ejecución de la sentencia.
16/01/2010 19:54
El cumplimiento depende de la oferta de plazas por parte de los organismos públicos. Si no hay plazas de trabajos a realizar, dificilmente se podrá cumplir la condena. Los Ayuntamientos no siempre ofrecen plazas. Depende de cada ciudad. La verdad es que, por lo que yo sé, no se cumplen muchas condenas.
17/01/2010 11:37
hola paigroc entonces me estas diciendo que los tbc de 120 ya no los realizare? si es asi dime donde esta esa ley articulo de ley o lo que sea para poder defender en que algun caso me iciese falta
un saludo y gracias por la informacion
17/01/2010 18:53
Sé que muchas condenas de tbc terminan por no cumplirse precisamente porque no hay, digamos, sitio para cumplirlas y se terminan por archivar las ejecutorias, lo cual, provoca malestar en los Juzgados. No sé que haya ninguna normativa que regule la posibilidad de no cumplir esta pena.
17/01/2010 23:08
Marcos, esa condena no va a prescribir hasta los cinco años contados a partir de que se inicia la ejecutoria, por lo que aun te falta.

Los tbc entre 31 y 180 días son pena menos grave, y prescriben a los cinco (art. 33 y 133 CP).

18/01/2010 21:43
hola dexter mucha gracias por tu aporte y lo verificare para que no se cumpla total solo quedan 2 años jejej muchas gracias tete
un saludo y ya hablamos
19/01/2010 22:29
la gente queriendo evitar las penas, luego os quejareis de la justicia en españa
20/01/2010 20:17
mensaje para 2 personas jajaja
1º mensaje, para dexter no me queda claro algo,segun el articulo 33 y133 del cp, es a fecha de sentencia firme, pero no me queda ami claro, es desde la fecha de sentencia firme o desde que te avisan los servicios sociales?
2º mensaje es pra pacopaco yo de momento no me quejo de la ley, ademas si la ley funcionara ami no me ubieran condenado, pero como esta el tema con la violencia de genero............pues mira no haces nada y a trabajar gratis jajaja
21/01/2010 02:01
No hablo de sentencia firme, sino de resoluciones que interrumpen la prescipción. El inicio de la ejecutoria lo hace, por eso no hay que mirar la fecha de sentencia. Se puede discutir si la citación por los servicios sociales interrumpe o no, pero lo seguro es que si la citación es fehaciente y no acudes podrías estar cometiendo un delito de quebrantamiento.
21/01/2010 10:29
hola dexter no te entiendo la verdad, mi si queires mandame un email a esta direccion y te dijo como esta el tema realemnte loque me interesa despues de 3 años es no hacerlos la verdad an tenido tiempo los juzgado y los servicios sociales de hacermelo cumplir asi que, me puedes ayudar dexter? un saludo
25/02/2017 05:14
funaicha
Necesito ayuda, en 2013 me condenaron a 1 año de carcel y 8000 euros de indemnización a pagar a razon de 50 euros por mes, me han cambiado la pena de prisión por 240 dias de trabajos sociales, el problema es que padezco una discapacidad fisica y psicológica del 64 %, y tengo una incapacidad absoluta, desde hace un año tambien sufro de narcolepsia e hipersomnia diurna muy grave, he sufrido dos caidas por ataques que me produjeron rotura de craneo y tengo un riesgo extremo de sufrir accidentes por caídas, por estas causas se que me va a ser imposible poder cumplir con los TBC, el daño causado esta resarcido y la supuesta "víctima" no tiene problema en acredirarlo.
Que he de hacer para evitar cumplir TBC, tengo temor por el riesgo de incumplimiento o de sufrir una caida o golpe y morir, aunque lo prefiero a quedar postrado en una cama el resto de mis dias.
Seis medicos me han dicho que puedo sufrir una parada cardiaca o un infarto cerebral en cualquier momento ya que la concentración de O2 en mi sangre baja al 45 %.
Por favor necesito que me digan los pasos a seguir para poder suspender los TBC.
Gracias
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Trabajos en beneficio de la comunidad
15/10/2008 19:06
Hola, me condenaron por dar una tasa de 0,95 de alcoholemia a 8 meses de retirada del carnet, 600 euros de multa y 22 dias de trabajos en beneficio de la comunidad. Mi abogado me dijo que estos trabajos puede que no los cumpla porque estan saturados..mi pregunta es ¿sabeis si se estan cumpliendo estos trabajos? ¿ en que consisten?. Muchas gracias.
15/10/2008 19:57
Hola, Suelen tratarse de trabajos de limpieza de jardines, sitios públicos.. pero igual te avisan dentro de unos meses, o incluso años para que los lleves a cabo.
16/10/2008 00:12
Se cumplen con retraso, pero se cumplen. El contenido es muy variado, pero suelen ser como le dice el compañero.
16/10/2008 09:41
Buenas a todos.Di positivo en abril 2008 0.80 y tendo la entrevista para hacer los trabajos sociales este viernes, tarde o temprano os llega.Ya comentare como va el tema este cuando vaya.
30/10/2008 16:21
Yo estoy en la misma situacion que funaicha, fui condenado a practicamente lo mismo. Mi duda es la siguiente, yo trabajo fuera de España y me gustaria saber si hay alguna manera de o bien aplazar los trabajos sociales o que me los adapten de alguna manera, o incluso hacerlos fuera de España.Ya que no contribuye a reinsertar personas que estas pierdan sus trabajos, y si a mi me obligan con caracter inmediato a cumplirlos perderia el mio.Gracias y un saludo.
04/11/2008 11:53
¿ALguien podría responder al mensaje anterior? Estoy en una situación similar. Gracias de antemano
14/01/2010 14:01
hola, que tal? cuento un poco la historia y despues mi pregunta.
la historia, es que el 17/06/2007, fui condenado a 120 dias de trabajosen beneficio a la comunudad. el 02/03/2008 recibo la citacion de presentarme al los servicios sociales penitenciarios en el juzgado.y en tal fecha se me designa el lugar donde hacer los trabajos. yo fui y hable con la persona encargada de este tema en mi pueblo, y me dijo que ya me llamaria para empezar los trabajos, bien a fecha de 14/01/2010 no se a llamado para realizar dichos trabajos.
despues de tanto tiempo esperando y sabiendo las partes que estoy sin trabajo desde hace 20 meses. mi pregunta es: despues del timpo pasado, cerca de año y medio, hay alguna forma de evitar hacer los trabajos.
POR FAVOR contesten a este mensaje y si es posible con el numero de ley donde corresponda para evitar hacer esos trabajos. un saludo muy cordial y gracias por tu atencion
14/01/2010 14:11
pero los trabajos sociales no prescriben al año si son de 22 dias??
14/01/2010 20:14
no entiendo como funciona esto si alguen sabe de lo mio por favor escribirme lostrabajosenbeneficio@hotmail.es les dijo otra vez mi situacion y contestar a mi correo porfavor


Hola, que tal? cuento un poco la historia y después mi pregunta.
La historia, es que el 17/06/2007, fui condenado a 120 días de trabajos en beneficio a la comunidad. El 02/03/2008 recibo la citación de presentarme al los servicios sociales penitenciarios en el juzgado. Y en tal fecha se me designa el lugar donde hacer los trabajos. Yo fui y hable con la persona encargada de este tema en mi pueblo, y me dijo que ya me llamarían para empezar los trabajos, bien a fecha de 14/01/2010 no se ha llamado para realizar dichos trabajos.
Después de tanto tiempo esperando y sabiendo las partes que estoy sin trabajo desde hace 20 meses. Mi pregunta es: después del tiempo pasado, cerca de año y medio, hay alguna forma de evitar hacer los trabajos.
POR FAVOR contesten a este mensaje y si es posible con el numero de ley donde corresponda para evitar hacer esos trabajos. Un saludo muy cordial y gracias por tu atención

15/01/2010 09:52
Hola

Según me dijeron a mi (tengo 21 días por cumplir), prescriben al año de la ejecución de la sentencia.
16/01/2010 19:54
El cumplimiento depende de la oferta de plazas por parte de los organismos públicos. Si no hay plazas de trabajos a realizar, dificilmente se podrá cumplir la condena. Los Ayuntamientos no siempre ofrecen plazas. Depende de cada ciudad. La verdad es que, por lo que yo sé, no se cumplen muchas condenas.
17/01/2010 11:37
hola paigroc entonces me estas diciendo que los tbc de 120 ya no los realizare? si es asi dime donde esta esa ley articulo de ley o lo que sea para poder defender en que algun caso me iciese falta
un saludo y gracias por la informacion
17/01/2010 18:53
Sé que muchas condenas de tbc terminan por no cumplirse precisamente porque no hay, digamos, sitio para cumplirlas y se terminan por archivar las ejecutorias, lo cual, provoca malestar en los Juzgados. No sé que haya ninguna normativa que regule la posibilidad de no cumplir esta pena.
17/01/2010 23:08
Marcos, esa condena no va a prescribir hasta los cinco años contados a partir de que se inicia la ejecutoria, por lo que aun te falta.

Los tbc entre 31 y 180 días son pena menos grave, y prescriben a los cinco (art. 33 y 133 CP).

18/01/2010 21:43
hola dexter mucha gracias por tu aporte y lo verificare para que no se cumpla total solo quedan 2 años jejej muchas gracias tete
un saludo y ya hablamos
19/01/2010 22:29
la gente queriendo evitar las penas, luego os quejareis de la justicia en españa
20/01/2010 20:17
mensaje para 2 personas jajaja
1º mensaje, para dexter no me queda claro algo,segun el articulo 33 y133 del cp, es a fecha de sentencia firme, pero no me queda ami claro, es desde la fecha de sentencia firme o desde que te avisan los servicios sociales?
2º mensaje es pra pacopaco yo de momento no me quejo de la ley, ademas si la ley funcionara ami no me ubieran condenado, pero como esta el tema con la violencia de genero............pues mira no haces nada y a trabajar gratis jajaja
21/01/2010 02:01
No hablo de sentencia firme, sino de resoluciones que interrumpen la prescipción. El inicio de la ejecutoria lo hace, por eso no hay que mirar la fecha de sentencia. Se puede discutir si la citación por los servicios sociales interrumpe o no, pero lo seguro es que si la citación es fehaciente y no acudes podrías estar cometiendo un delito de quebrantamiento.
21/01/2010 10:29
hola dexter no te entiendo la verdad, mi si queires mandame un email a esta direccion y te dijo como esta el tema realemnte loque me interesa despues de 3 años es no hacerlos la verdad an tenido tiempo los juzgado y los servicios sociales de hacermelo cumplir asi que, me puedes ayudar dexter? un saludo
25/02/2017 05:14
funaicha
Necesito ayuda, en 2013 me condenaron a 1 año de carcel y 8000 euros de indemnización a pagar a razon de 50 euros por mes, me han cambiado la pena de prisión por 240 dias de trabajos sociales, el problema es que padezco una discapacidad fisica y psicológica del 64 %, y tengo una incapacidad absoluta, desde hace un año tambien sufro de narcolepsia e hipersomnia diurna muy grave, he sufrido dos caidas por ataques que me produjeron rotura de craneo y tengo un riesgo extremo de sufrir accidentes por caídas, por estas causas se que me va a ser imposible poder cumplir con los TBC, el daño causado esta resarcido y la supuesta "víctima" no tiene problema en acredirarlo.
Que he de hacer para evitar cumplir TBC, tengo temor por el riesgo de incumplimiento o de sufrir una caida o golpe y morir, aunque lo prefiero a quedar postrado en una cama el resto de mis dias.
Seis medicos me han dicho que puedo sufrir una parada cardiaca o un infarto cerebral en cualquier momento ya que la concentración de O2 en mi sangre baja al 45 %.
Por favor necesito que me digan los pasos a seguir para poder suspender los TBC.
Gracias