Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

trabajos familiares

3 Comentarios
 
23/09/2003 17:37
Hola.

Tras una sentencia del de la Sala IV del tribunal Supremo de hace, no recuerdo bien, dos o tres años, la Tesorería se vió obligada a matizar una serie de situaciones a la hora de encuadrar a familiares del empresario y socios de sociedades mercantiles. en la lunea de esta sentencia se vió obligada a introducir una variable que será determinante a la hora de establecer si exste ajeneidad y por tanto adscripción al Regimen General o no y por tanto Autónomos.

Esta variable de la que te habo es la existencia o no de convivencia. si existe convivencia con el titular del negocio. si existe esa convivencia, deberá ser autónomo y si no es un trabajador normal que se debe integrar en el Regimen General.

Cordiales saludos.
23/09/2003 09:18
Se podría aplicar esto a mi caso. Soy abogada (obviamente no laboralista), pero no estoy dada de alta en la SS como autónoma, sino en la Mutua de Previsión Social (alternativa al RETA). Si mi madre, hermanos o algún familiar me pudiera ayudar en el despacho ¿no tendrían que darse de alta como autónomos?.
22/09/2003 17:15
Hola.

Si el negocio de tu marido es en la condición de persona física, la legislación señala que son trabajadores por cuenta propia o autónomos, los titulares de empresas individuales o familiares así como el conyuge y los parientes haste el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
Trabajos familiares
21/09/2003 10:37
Mi pregunta es la siguiente. MI marido va a montar una consulta dental yo podría trabajar con el por cuenta ajena?, porque yo sería la enfermera, o tendría que darme yo tambien de autonoma por ser familiar?gracias
trabajos familiares | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

trabajos familiares

3 Comentarios
 
23/09/2003 17:37
Hola.

Tras una sentencia del de la Sala IV del tribunal Supremo de hace, no recuerdo bien, dos o tres años, la Tesorería se vió obligada a matizar una serie de situaciones a la hora de encuadrar a familiares del empresario y socios de sociedades mercantiles. en la lunea de esta sentencia se vió obligada a introducir una variable que será determinante a la hora de establecer si exste ajeneidad y por tanto adscripción al Regimen General o no y por tanto Autónomos.

Esta variable de la que te habo es la existencia o no de convivencia. si existe convivencia con el titular del negocio. si existe esa convivencia, deberá ser autónomo y si no es un trabajador normal que se debe integrar en el Regimen General.

Cordiales saludos.
23/09/2003 09:18
Se podría aplicar esto a mi caso. Soy abogada (obviamente no laboralista), pero no estoy dada de alta en la SS como autónoma, sino en la Mutua de Previsión Social (alternativa al RETA). Si mi madre, hermanos o algún familiar me pudiera ayudar en el despacho ¿no tendrían que darse de alta como autónomos?.
22/09/2003 17:15
Hola.

Si el negocio de tu marido es en la condición de persona física, la legislación señala que son trabajadores por cuenta propia o autónomos, los titulares de empresas individuales o familiares así como el conyuge y los parientes haste el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
Trabajos familiares
21/09/2003 10:37
Mi pregunta es la siguiente. MI marido va a montar una consulta dental yo podría trabajar con el por cuenta ajena?, porque yo sería la enfermera, o tendría que darme yo tambien de autonoma por ser familiar?gracias