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Trade e incapacidad

3 Comentarios
 
23/12/2010 14:02
Gracias por la respuesta, tendremos que ver si ha hehco o no algún tipo de comunicación a la empresa..... cierto que faltan datos pero no tengo más de momento.

Atte
23/12/2010 13:01
En primer lugar, para responder a tús preguntas hay que estar seguro si cumple las condiciones y contrato de TRADE
Faltan datos.

Acción protectora

Los trabajadores autónomos económicamente dependientes deberán incorporar obligatoriamente, dentro del ámbito de la acción protectora de la Seguridad Social, la cobertura de la incapacidad temporal y de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Contenido obligatorio del contrato
El régimen de la interrupción anual de la actividad, del descanso semanal y de los festivos, así como la duración máxima de la jornada de la actividad, incluyendo su distribución semanal si ésta se computa por mes o año. Si la trabajadora autónoma económicamente dependiente es víctima de la violencia de género, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Estatuto del Trabajo Autónomo, y en el acuerdo de interés profesional aplicable, deberá contemplarse también la correspondiente distribución semanal y adaptación del horario de la actividad con el objeto de hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.
El contrato para la realización de la actividad profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente celebrado entre éste y su cliente deberá formalizarse siempre por escrito y deberá ser registrado en la oficina pública correspondiente.

La extinción del contrato se producirá por:

Mutuo acuerdo
Causas válidamente consignadas en el contrato
Muerte, jubilación o invalidez que resulten incompatibles con la actividad
23/12/2010 10:38
Otra cosa, puede solicitar estando el TRADE de baja, la protección por cese de la actividad ?? a a vista que el trabaajdor seguramente lo va a tener dificil para reiniciar la actividad.

Gracias

Trade e incapacidad
23/12/2010 09:06
Buenas.

Tengo a un trabajador que cumpliria con las condiciones de TRADE, que tuvo un AT, veremos que secuelas le queda.
Una cuestión en el caso de Incapacidad absoluta si el
Convenio prev´çe una indemnización a cargod e la empresa veríais factible dicha reclamación ?? No han firmado contrato, ni creo que se aha comunicado a la empresa su condición de Trade ???
Gracias de antemano
Trade e incapacidad | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
23/12/2010 14:02
Gracias por la respuesta, tendremos que ver si ha hehco o no algún tipo de comunicación a la empresa..... cierto que faltan datos pero no tengo más de momento.

Atte
23/12/2010 13:01
En primer lugar, para responder a tús preguntas hay que estar seguro si cumple las condiciones y contrato de TRADE
Faltan datos.

Acción protectora

Los trabajadores autónomos económicamente dependientes deberán incorporar obligatoriamente, dentro del ámbito de la acción protectora de la Seguridad Social, la cobertura de la incapacidad temporal y de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Contenido obligatorio del contrato
El régimen de la interrupción anual de la actividad, del descanso semanal y de los festivos, así como la duración máxima de la jornada de la actividad, incluyendo su distribución semanal si ésta se computa por mes o año. Si la trabajadora autónoma económicamente dependiente es víctima de la violencia de género, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Estatuto del Trabajo Autónomo, y en el acuerdo de interés profesional aplicable, deberá contemplarse también la correspondiente distribución semanal y adaptación del horario de la actividad con el objeto de hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.
El contrato para la realización de la actividad profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente celebrado entre éste y su cliente deberá formalizarse siempre por escrito y deberá ser registrado en la oficina pública correspondiente.

La extinción del contrato se producirá por:

Mutuo acuerdo
Causas válidamente consignadas en el contrato
Muerte, jubilación o invalidez que resulten incompatibles con la actividad
23/12/2010 10:38
Otra cosa, puede solicitar estando el TRADE de baja, la protección por cese de la actividad ?? a a vista que el trabaajdor seguramente lo va a tener dificil para reiniciar la actividad.

Gracias

Trade e incapacidad
23/12/2010 09:06
Buenas.

Tengo a un trabajador que cumpliria con las condiciones de TRADE, que tuvo un AT, veremos que secuelas le queda.
Una cuestión en el caso de Incapacidad absoluta si el
Convenio prev´çe una indemnización a cargod e la empresa veríais factible dicha reclamación ?? No han firmado contrato, ni creo que se aha comunicado a la empresa su condición de Trade ???
Gracias de antemano