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Trafico

9 Comentarios
 
Trafico
21/10/2007 22:51
Solámente han demandado al propietario del vehículo y a la compañia de Seguros, debían haber demandado también al conductor del vehículo? ¿ Entonces, que lo cito como testigo? Muchas gracias
22/10/2007 10:10
Hola. yo creo que puedes citarlo como testigo, y en cuanto a la necesidad de haberlo demandado previamente como requisito necesario para que te estimen la demanda, yo creo que no es necesario puesto que el art. 76 LCS permite la acción directa del perjudicado contra el asegurador.
22/10/2007 10:33
Muchas gracias, es que claro aunque la responsabilidad sea solidaria pensaba que en la demanda debían demandar a todos( propietario, conductor y compañía) y tambien me chocaba que el que se ve implicado en el accidente ( el conductor) vaya como testigo en vez de como demandado.
22/10/2007 13:34
pero tú entonces que eres, el letrado de la parte demandada?
Lo normal es demandar siempre a los 3, es lo que la mayoría de gente suele hacer. Imagino que en este caso en que el actor ha planteado así la demanda, habrá sido un despiste. no obstante, léete el art 76 LCS, según él, podría ser admisible incluso la demanda sólo contra la aseguradora.
Y a tí te interesa citar al conductor como testigo tuyo si con su testimonio puedes demostrar que él no fue el responsbale del accidente o que hubo concurrencia de culpas.
22/10/2007 22:02
Si yo soy la parte demandada.
Muchas grarcias Patrito me has sido de gran ayuda
20/11/2007 20:15
Hola foreros:
cite al conductor como testigo y me lo admitieron , el juicio lo tenía mañana, pero se ha suspendido porque la actora ha solicitado en virtud del artículo 401.2 de la LEC la ampliación de la demada al conductor que ya figuraba como testigo , el cual iba a comparecer en calidad de testigo mañana.
¿ Esta bien hecha está ampliación? ¿ Ahora de testigo pasa a demandado? ¿ Es de aplicación el artículo 401 de la L.E.C, ya que este articulo es de aplicación para los ordinarios, y el juicio es verbal?.
Que follón, mil gracias
21/11/2007 09:45
La cuestión es sencilla:

Se demanda al conductor como presunto responsable de los hechos. A la cía de seguros como responsable civil directa en virtud de la póliza de seguro contratada y al dueño del vehículo como responsable civil subsidiario ex art. 1903 del código civil.

A la actora en este caso se le ha colado demandar al dueño del automóvil (si bien es recomendable para curarse en salud, puede suceder que no pase nada si no se le demanda, pues lo importante es demandar a conductor y a Compañía).

Por lo tanto, amplía la demanda contra el responsable civil subsidiario, es decir, el dueño, por si las moscas.

Traerlo de testigo, la verdad, no sirve para nada, o sirve de muy poco. Porque lo que interesa es dilucidar la mecánica del accidente y, si no estaba allí, poco va a poder decir el dueño al respecto.

21/11/2007 18:14
Buenas Data, gracias por contestar.

Al que demandaron en un principio no fue al conductor sino unicamente al propietario y a la compañía de Seguros, por eso yo cite al conductor como testigo.

Un día antes de la vista me la suspenden porque amplian la demanda y demandan tambien al conductor que figuraba ya como testigo, además utilizan para la ampliación un articulo, en concreto el 401.2 de la LEC que es de aplicación para el juicio ordinario, y éste es un juicio verbal ¿ Que opinas?
21/11/2007 19:32
Vaya, me centré en lo otro y con las prisas no me dí cuenta del tema procesal, al margen de confundir al dueño con el conductor.

Pues parece que no sería admisible dicha ampliación y debiera inadmitirse de oficio. Si se admite la ampliación, cabría recurso.
29/11/2007 20:19
Muy buenas Data:
Al final no recurrí pues de lo que estudié parece ser que si cabía dicha acumulación, aunque sigo sin tenerlo muy claro.

El hecho es que en su día cuando demandaron solamente al propietario del vehículo, presente reconvención.

Ahora que han demandado también al conductor ¿ Tendría que presentar nuevo escrito de reconvención? Entiendo que no, porque considero que no tiene legitimación para reclamar los daños de un vehículo que no es suyo ¿ no?.

Es mi primer asunto de tráfico y estoy pez.

Muchas gracias
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Solámente han demandado al propietario del vehículo y a la compañia de Seguros, debían haber demandado también al conductor del vehículo? ¿ Entonces, que lo cito como testigo? Muchas gracias
22/10/2007 10:10
Hola. yo creo que puedes citarlo como testigo, y en cuanto a la necesidad de haberlo demandado previamente como requisito necesario para que te estimen la demanda, yo creo que no es necesario puesto que el art. 76 LCS permite la acción directa del perjudicado contra el asegurador.
22/10/2007 10:33
Muchas gracias, es que claro aunque la responsabilidad sea solidaria pensaba que en la demanda debían demandar a todos( propietario, conductor y compañía) y tambien me chocaba que el que se ve implicado en el accidente ( el conductor) vaya como testigo en vez de como demandado.
22/10/2007 13:34
pero tú entonces que eres, el letrado de la parte demandada?
Lo normal es demandar siempre a los 3, es lo que la mayoría de gente suele hacer. Imagino que en este caso en que el actor ha planteado así la demanda, habrá sido un despiste. no obstante, léete el art 76 LCS, según él, podría ser admisible incluso la demanda sólo contra la aseguradora.
Y a tí te interesa citar al conductor como testigo tuyo si con su testimonio puedes demostrar que él no fue el responsbale del accidente o que hubo concurrencia de culpas.
22/10/2007 22:02
Si yo soy la parte demandada.
Muchas grarcias Patrito me has sido de gran ayuda
20/11/2007 20:15
Hola foreros:
cite al conductor como testigo y me lo admitieron , el juicio lo tenía mañana, pero se ha suspendido porque la actora ha solicitado en virtud del artículo 401.2 de la LEC la ampliación de la demada al conductor que ya figuraba como testigo , el cual iba a comparecer en calidad de testigo mañana.
¿ Esta bien hecha está ampliación? ¿ Ahora de testigo pasa a demandado? ¿ Es de aplicación el artículo 401 de la L.E.C, ya que este articulo es de aplicación para los ordinarios, y el juicio es verbal?.
Que follón, mil gracias
21/11/2007 09:45
La cuestión es sencilla:

Se demanda al conductor como presunto responsable de los hechos. A la cía de seguros como responsable civil directa en virtud de la póliza de seguro contratada y al dueño del vehículo como responsable civil subsidiario ex art. 1903 del código civil.

A la actora en este caso se le ha colado demandar al dueño del automóvil (si bien es recomendable para curarse en salud, puede suceder que no pase nada si no se le demanda, pues lo importante es demandar a conductor y a Compañía).

Por lo tanto, amplía la demanda contra el responsable civil subsidiario, es decir, el dueño, por si las moscas.

Traerlo de testigo, la verdad, no sirve para nada, o sirve de muy poco. Porque lo que interesa es dilucidar la mecánica del accidente y, si no estaba allí, poco va a poder decir el dueño al respecto.

21/11/2007 18:14
Buenas Data, gracias por contestar.

Al que demandaron en un principio no fue al conductor sino unicamente al propietario y a la compañía de Seguros, por eso yo cite al conductor como testigo.

Un día antes de la vista me la suspenden porque amplian la demanda y demandan tambien al conductor que figuraba ya como testigo, además utilizan para la ampliación un articulo, en concreto el 401.2 de la LEC que es de aplicación para el juicio ordinario, y éste es un juicio verbal ¿ Que opinas?
21/11/2007 19:32
Vaya, me centré en lo otro y con las prisas no me dí cuenta del tema procesal, al margen de confundir al dueño con el conductor.

Pues parece que no sería admisible dicha ampliación y debiera inadmitirse de oficio. Si se admite la ampliación, cabría recurso.
29/11/2007 20:19
Muy buenas Data:
Al final no recurrí pues de lo que estudié parece ser que si cabía dicha acumulación, aunque sigo sin tenerlo muy claro.

El hecho es que en su día cuando demandaron solamente al propietario del vehículo, presente reconvención.

Ahora que han demandado también al conductor ¿ Tendría que presentar nuevo escrito de reconvención? Entiendo que no, porque considero que no tiene legitimación para reclamar los daños de un vehículo que no es suyo ¿ no?.

Es mi primer asunto de tráfico y estoy pez.

Muchas gracias