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Trámites Ejecución de Sentencia.

9 Comentarios
 
28/04/2014 22:56
Gracias Nuria, he leído el convenio y lo que se indica es que cuando la hija sea independiente se podría vender el piso... . No hay hipoteca, ni carga alguna. Creo que lo sencillo sería vender el piso de mutuo acuerdo, pero ella no quiere, sólo desea que me gaste un pastón en la solicitud de la liquidación de bienes..., y mientras que corra el tiempo y ella disfrutando del bien comunitario.
No obstante, lo que tú me has comentado, es lo mejor, solicitar tb, poder residir en mi piso por temporadas al igual que ella.
Gracias nuevamente Nuria.
Y gracias a Meritxell por el interés. Saludos.
28/04/2014 16:10
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
26/04/2014 12:20
Mire a ver si en el convenio dice que el piso se lo adjudican en proindiviso, si lo dice así, está liquidado y ahora, son comunidad de bienes y no, sociedad de gananciales. Si es así, puede acudir directamente a la división de la cosa común (ojo si hay hipoteca que no esté pagada al menos, en un 50%).
Siendo su hija independiente, lo único que cabe es modificar las medidas y solicitar la atribución del uso y disfrute bien indefinido, temporalizado o por turnos hasta la liquidación (si no está hecha) o hasta la venta (si está hecha).
Todo ésto, tomado con prudencia sin ver la documentación. Un saludo.
24/04/2014 21:38
Gracias Nuria, pero hay un apartado que no te entiendo y es donde dices "si no se liquidó en el convenio la sociedad...". En el convenio liquidamos todo menos el piso que es donde ella reside.
- Otra pregunta. Puedo solicitar al juez poder residir temporadas en mi piso, al igual que ella?. Es viable?, viendo el poco interés que tiene en comprarme mi parte... .
Saludos y gracias Nuria.
24/04/2014 20:40
Mikell:
1º. Si no liquidó expresamente en el convenio la sociedad, si, es necesario (salvo que se pongan de acuerdo en la venta) acudir a la liquidación de la sociedad y luego, si ella se niega a vender, a una división de la cosa común. (Es decir, 2 procedimientos judiciales).
2º. Depende de los bienes que existan, no sólo se liquida la vivienda, también los enseres, el coche, las cuentas corrientes, planes de pensiones, etc.

Acudir a un abogado no implica iniciar el pleito, se puede ir a consultar cualquier duda y solicitar un presupuesto sin compromiso.

Un saludo.
23/04/2014 21:39
Gracias Nuria, sé que lo sencillo sería ir a un abogado y que sea él quien te dirija..., pero antes de dar ese paso, quisiera informarme sobre el proceso, sobre todo el económico. Yo con mi ex, no tengo nada que liquidar excepto el piso. Y claramente en el convenio se dijo que en cto. nuestra hija fuera independiente el piso se vendería.
MI pregunta es:
- Es necesario la liquidación de bienes gananciales?. O bien de forma automática se debería ejecutar el convenio o la sentencia, una vez cumplido el principal requisito.
- Es caro ese procedimiento?.
Gracias.
23/04/2014 19:39
No, no he dicho nada de gastos a medias. Quien solicita la liquidación paga sus gastos y la otra parte, los suyos. Cosa distinta es cómo se distribuyen los bienes al liquidar (si no estuvieran liquidados). Mikell, la mejor solución es coger los documentos y pedir a un abogado que le explique el proceso, no se liará con lo que podamos decirle aqui y podrá adoptar una decisión más acorde con su verdadera situación. Un saludo.
23/04/2014 15:38
Nuria, perdona por no haber respondido antes, pero he estado de vacaciones... , y ya sabes. Respecto al tema planteado, te he entendido que en el caso de que fuera yo, quien solicitara la liquidación de los bienes, podría solicitar que los gastos se pagaran a medias...?.
- Qué posibilidades tengo de que así fuera?.
Gracias y un abrazo.
13/04/2014 12:43
Lo primero que debe hacer es comprobar:
1º. Si está sometida a derecho común o foral (lo segundo si está, por ejemplo, en Cataluña o Aragón). Si es lo segundo, lo que voy a decir después, puede no ser aplicable porque tendrá Vd. una legislación específica.
3º. Si su régimen matrimonial es el ganancial, debe comprobar si tiene convenio regulador, si ha liquidado la sociedad en el mismo.
4º. Si no ha liquidado la sociedad ganancial, debe acudir a un procedimiento judicial de liquidación, con abogado y procurador (no es ejecución de sentencia).
5º. Si ha liquidado, el piso ahora está en régimen de comunidad de bienes en el que cada uno, tendrá establecido un % en proindiviso. En este caso, yo le requeriría previamente mediante burofax con acuse de recibo y certificación literal de texto de conformidad con el contenido de lo que esté acordado judicialmente respecto al piso (mejor que se lo redacte un abogado), tras lo cual, deberá acudir a un procedimiento judicial de división de la cosa común donde, o uno de Vds. compra la vivienda o sale a subasta pública.
Aunque hayan liquidado en convenio regulador y acordado la venta, esa sentencia no es ejecutable en el proceso de familia, pues existe un procedimiento específico para dividir la cosa común. Acuda a un abogado, pida un presupuesto de los gastos (procurador y peritos incluidos) si no tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita y, si está conforme con el importe y la forma de los pagos, etc., firme una hoja de encargo profesional (deberán darle una de las copias firmadas por ambos).
No veo posible solicitar la indemnización por alquiler, si puede reclamar el % que corresponda de los gastos que Vd. haya asumido en su totalidad y que afecten a la propiedad.
Un saludo.
Trámites ejecución de sentencia.
12/04/2014 08:38
Hola, me gustaría saber qué trámites se llevaría a cabo en la solicitud de una Ejecución de Sentencia de Divorcio. Seré lo más breve posible:
- Me divorcié hace 12 años y el piso se lo quedó mi ex hasta que nuestra hija fuera independiente económicamente. Según sentencia judicial lo es desde el año 2011.
- He solicitado la venta del piso, alquiler, o bien que me compre mi parte. Y la respuesta es NO.
A mí el piso no me interesa, está pagado y sólamente deseo hacerme con mi 50 % del inmueble, como me corresponde por derecho. Mis preguntas son:
1- Qué pasos he de seguir? .
2- Qué precio tiene este procedimiento.
3- Quién paga el procedimiento, si la sentencia dice claramente..., hasta que nuestra hija sea independiente económicamente, hecho éste, aprobado por la juez desde el año 2011.
- Puedo solicitar una indemnización en concepto de alquiler de mi 50 %, desde la extinción de la manutención?.
- Todas aquellas sugerencias que consideréis oportunas, os lo agredecería. Uno se encuentra un tanto perdido y bloqueado. Gracias y un saludo.
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28/04/2014 22:56
Gracias Nuria, he leído el convenio y lo que se indica es que cuando la hija sea independiente se podría vender el piso... . No hay hipoteca, ni carga alguna. Creo que lo sencillo sería vender el piso de mutuo acuerdo, pero ella no quiere, sólo desea que me gaste un pastón en la solicitud de la liquidación de bienes..., y mientras que corra el tiempo y ella disfrutando del bien comunitario.
No obstante, lo que tú me has comentado, es lo mejor, solicitar tb, poder residir en mi piso por temporadas al igual que ella.
Gracias nuevamente Nuria.
Y gracias a Meritxell por el interés. Saludos.
28/04/2014 16:10
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
26/04/2014 12:20
Mire a ver si en el convenio dice que el piso se lo adjudican en proindiviso, si lo dice así, está liquidado y ahora, son comunidad de bienes y no, sociedad de gananciales. Si es así, puede acudir directamente a la división de la cosa común (ojo si hay hipoteca que no esté pagada al menos, en un 50%).
Siendo su hija independiente, lo único que cabe es modificar las medidas y solicitar la atribución del uso y disfrute bien indefinido, temporalizado o por turnos hasta la liquidación (si no está hecha) o hasta la venta (si está hecha).
Todo ésto, tomado con prudencia sin ver la documentación. Un saludo.
24/04/2014 21:38
Gracias Nuria, pero hay un apartado que no te entiendo y es donde dices "si no se liquidó en el convenio la sociedad...". En el convenio liquidamos todo menos el piso que es donde ella reside.
- Otra pregunta. Puedo solicitar al juez poder residir temporadas en mi piso, al igual que ella?. Es viable?, viendo el poco interés que tiene en comprarme mi parte... .
Saludos y gracias Nuria.
24/04/2014 20:40
Mikell:
1º. Si no liquidó expresamente en el convenio la sociedad, si, es necesario (salvo que se pongan de acuerdo en la venta) acudir a la liquidación de la sociedad y luego, si ella se niega a vender, a una división de la cosa común. (Es decir, 2 procedimientos judiciales).
2º. Depende de los bienes que existan, no sólo se liquida la vivienda, también los enseres, el coche, las cuentas corrientes, planes de pensiones, etc.

Acudir a un abogado no implica iniciar el pleito, se puede ir a consultar cualquier duda y solicitar un presupuesto sin compromiso.

Un saludo.
23/04/2014 21:39
Gracias Nuria, sé que lo sencillo sería ir a un abogado y que sea él quien te dirija..., pero antes de dar ese paso, quisiera informarme sobre el proceso, sobre todo el económico. Yo con mi ex, no tengo nada que liquidar excepto el piso. Y claramente en el convenio se dijo que en cto. nuestra hija fuera independiente el piso se vendería.
MI pregunta es:
- Es necesario la liquidación de bienes gananciales?. O bien de forma automática se debería ejecutar el convenio o la sentencia, una vez cumplido el principal requisito.
- Es caro ese procedimiento?.
Gracias.
23/04/2014 19:39
No, no he dicho nada de gastos a medias. Quien solicita la liquidación paga sus gastos y la otra parte, los suyos. Cosa distinta es cómo se distribuyen los bienes al liquidar (si no estuvieran liquidados). Mikell, la mejor solución es coger los documentos y pedir a un abogado que le explique el proceso, no se liará con lo que podamos decirle aqui y podrá adoptar una decisión más acorde con su verdadera situación. Un saludo.
23/04/2014 15:38
Nuria, perdona por no haber respondido antes, pero he estado de vacaciones... , y ya sabes. Respecto al tema planteado, te he entendido que en el caso de que fuera yo, quien solicitara la liquidación de los bienes, podría solicitar que los gastos se pagaran a medias...?.
- Qué posibilidades tengo de que así fuera?.
Gracias y un abrazo.
13/04/2014 12:43
Lo primero que debe hacer es comprobar:
1º. Si está sometida a derecho común o foral (lo segundo si está, por ejemplo, en Cataluña o Aragón). Si es lo segundo, lo que voy a decir después, puede no ser aplicable porque tendrá Vd. una legislación específica.
3º. Si su régimen matrimonial es el ganancial, debe comprobar si tiene convenio regulador, si ha liquidado la sociedad en el mismo.
4º. Si no ha liquidado la sociedad ganancial, debe acudir a un procedimiento judicial de liquidación, con abogado y procurador (no es ejecución de sentencia).
5º. Si ha liquidado, el piso ahora está en régimen de comunidad de bienes en el que cada uno, tendrá establecido un % en proindiviso. En este caso, yo le requeriría previamente mediante burofax con acuse de recibo y certificación literal de texto de conformidad con el contenido de lo que esté acordado judicialmente respecto al piso (mejor que se lo redacte un abogado), tras lo cual, deberá acudir a un procedimiento judicial de división de la cosa común donde, o uno de Vds. compra la vivienda o sale a subasta pública.
Aunque hayan liquidado en convenio regulador y acordado la venta, esa sentencia no es ejecutable en el proceso de familia, pues existe un procedimiento específico para dividir la cosa común. Acuda a un abogado, pida un presupuesto de los gastos (procurador y peritos incluidos) si no tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita y, si está conforme con el importe y la forma de los pagos, etc., firme una hoja de encargo profesional (deberán darle una de las copias firmadas por ambos).
No veo posible solicitar la indemnización por alquiler, si puede reclamar el % que corresponda de los gastos que Vd. haya asumido en su totalidad y que afecten a la propiedad.
Un saludo.
Trámites ejecución de sentencia.
12/04/2014 08:38
Hola, me gustaría saber qué trámites se llevaría a cabo en la solicitud de una Ejecución de Sentencia de Divorcio. Seré lo más breve posible:
- Me divorcié hace 12 años y el piso se lo quedó mi ex hasta que nuestra hija fuera independiente económicamente. Según sentencia judicial lo es desde el año 2011.
- He solicitado la venta del piso, alquiler, o bien que me compre mi parte. Y la respuesta es NO.
A mí el piso no me interesa, está pagado y sólamente deseo hacerme con mi 50 % del inmueble, como me corresponde por derecho. Mis preguntas son:
1- Qué pasos he de seguir? .
2- Qué precio tiene este procedimiento.
3- Quién paga el procedimiento, si la sentencia dice claramente..., hasta que nuestra hija sea independiente económicamente, hecho éste, aprobado por la juez desde el año 2011.
- Puedo solicitar una indemnización en concepto de alquiler de mi 50 %, desde la extinción de la manutención?.
- Todas aquellas sugerencias que consideréis oportunas, os lo agredecería. Uno se encuentra un tanto perdido y bloqueado. Gracias y un saludo.