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Trato de favor por parte del administrador en presupuestos por coeficiente

6 Comentarios
 
Trato de favor por parte del administrador en presupuestos por coeficiente
08/10/2017 13:06
El administrador de la comunidad convoca próxima Junta Ordinaria de Propietarios después de más de un año sin hacer ninguna…

Plantea, como ya es costumbre, tres presupuestos para el ejercicio 2017/2018:

El primero, por CUOTA FIJA MENSUAL para toda la Comunidad, como hasta ahora se hace: Los 4 locales a 38€ y las 74 viviendas a 50€. El importe del presupuesto asciende a treinta y cuatro mil ciento setenta y nueve euros con ochenta y tres céntimos de euro (34.179,83€).

El segundo, por Coeficiente, con igual presupuesto que el primero: treinta y cuatro mil ciento setenta y nueve euros con ochenta y tres céntimos de euro (34.179,83€).

El tercero, también por Coeficiente, pero con un incremento de cinco mil cuatrocientos sesenta y un euro con trece céntimos de euro (5461,13€) donde el presupuesto asciende a un total de treinta y nueve mil seiscientos cuarenta euros con noventa y seis céntimos de euro (39.640,96€).

Esto no tendría ningún problema si no fuera porque el Sr. Administrador no aplica correctamente el porcentaje de cada Local y Vivienda que corresponde al 2º y 3º presupuesto, me explico:

El local nº1, que está destinado a un “Garaje” de “treinta y siete plazas” (no todos los propietarios tienen plaza de garaje y algunos propietarios de plaza de garaje NO viven en la Comunidad), le corresponde un coeficiente del 15,046%.
Según el Administrador, en sus cálculos, el GARAJE debe pagar mensualmente doscientos diez euros con dieciocho céntimos de euro (210,18€), cuando en realidad debería pagar, si aplicamos el coeficiente ya indicado y que viene reflejado en las Escrituras del Edificio, la cantidad mensual de cuatrocientos veintiocho euros con cincuenta y cinco céntimos de euro (428,55€).

¿Se imaginan donde va a parar la diferencia entre 428,55€ y 210,18€…? Pues sí, esos doscientos dieciocho euros con treinta y siete céntimos de euro (218,37€) se reparten entre los tres locales restantes y las setenta y cuatro viviendas. Me he tomado el tiempo necesario para averiguarlo. ¿Por qué hace eso? Esperemos que lo aclare en la Junta.

Por poner unos ejemplos de las viviendas:
A la vivienda número 69 con un coeficiente del 1,2427%.
En el 1º presupuesto, cuota fija, paga mensualmente cincuenta euros (50,00€)
En el 2º presupuesto, por coeficiente, el Administrador dice que debe pagar mensualmente 38,78€, cuando en realidad debería pagar, si aplicamos el coeficiente ya indicado y que viene reflejado en las Escrituras del Edificio, la cantidad mensual de 35,39€.
Sí, hay una diferencia de TRES EUROS CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE EURO (3,39€) que corresponden al Garaje, si no, de qué.
En el 3º presupuesto, según el Administrador debe pagar 45,43€ cuando en realidad debería pagar 41,05€.

La vivienda número 21 le corresponde un coeficiente de 1,0392%. En el 1º presupuesto, cuota fija, paga mensualmente cincuenta euros (50,00€). En el 2º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 32,43€. En el 3º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 38,00€.

La vivienda número 27 le corresponde un coeficiente de 2,1944%. En el 1º presupuesto, cuota fija, paga mensualmente cincuenta euros (50,00€). En el 2º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 68,49€. En el 3º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 80,25€.

La vivienda número 62 le corresponde un coeficiente de 0,9205%. En el 1º presupuesto, cuota fija, paga mensualmente cincuenta euros (50,00€). En el 2º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 28,71€. En el 3º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 33,64€.

Si en Junta se aprobara por mayoría simple el 2º o 3º presupuesto con los datos aportados por el Administrador, es decir, con las cuotas que presenta y que son erróneas, ¿Podemos exigir que se aplique el coeficiente conforme establece la L.P.H. o debemos ponernos de acuerdo y denunciarlo en el juzgado? ¿Con un solo Propietario que denuncie es más que suficiente o se necesitan más Propietarios?

Gracias si hay respuestas y pido disculpas por la extensión del escrito. Saludos.
08/10/2017 14:15
camarlengo
Me olvidé decir:
Que el porcentaje que el Administrador aplica al GARAJE, en el 2º presupuesto, no es el 15,046% que realmente le corresponde, aplica el 7,379%.
34.179,83 x 15,046% = 5.142,6972 : 12 = 428,5581 (salvo error).
34.179,83 x 7,379% = 2.522,1296 : 12 = 210,17746 (salvo error).

Que el porcentaje que el Administrador aplica al GARAJE, en el 3º presupuesto, no es del 15,046% que realmente le corresponde, aplica el 6,3626%.
39.640,96 x 15,046% = 5.964,3788 : 12 = 497,03156
39.640,96 x 6,3626% = 2.522,1957 : 12 = 210,18297
08/10/2017 15:38
camarlengo
La verdad que tanto numero marea, no podria ser un poco mas excueto?
08/10/2017 18:31
camarlengo
Las cuotas comunitarias deben soportarse en base a los coeficientes de participación de cada co-propietario ( piso, local, parking) que figuran en el título escriturado de la Propiedad Horizontal de la finca, o bien de los cambios posteriormente aprobados por la Comunidad en voto unánime y debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad.
Fuera de esta lógica, resulta impugnable por las partes que se consideren perjudicadas con los repartos que imponga el Administrador comunitario.
En esta próxima Reunión ordinaria de Propietarios tendrás ocasión de demandar explicaciones por los desajustes que denuncias y actuar en consecuencia.
08/10/2017 21:24
amadeo2002
Ud. perdone si se ha sentido molesto o mareado, pero considero que para poder explicar este tema era necesario ponerlo tal y como digo. La próxima vez igual no será necesario decir lo que digo. Saludos.
08/10/2017 23:42
Petrus
Núnca he denunciado en temas de Propiedad horizontal y, si no es molestia por su parte, me gustaría que me indicara a qué juzgado debo dirigir mi denuncia. Necesito llevar Procurador y Abogado o vale mi simple denuncia por escrito. En estos casos, suele ser favorable a quien demanda o al demandado, no lo tengo muy claro. Otra cosa: ¿Quién corre con los gastos?. Llevo tiempo desconectado de temas de Comunidades por temas de salud, pero ese es otro tema diferente que no viene al caso.
Decir también que en mi comunidad hay muchos morosos, más de los que deberían y las deudas crecen y crecen sin que veamos soluciones.
En caso de que un propietario deba más de 5.000€ ¿es motivo para pedir un embargo de su vivienda para que satisfaga dicha cantidad?
Gracias si hay respuestas. Saludos.
10/10/2017 11:24
camarlengo
Una explicación posible es que el garaje no tenga los mismos gastos/servicios que el resto de la comunidad y se aplique un "coeficiente" un poco diferente, y me explico:
En cuanto a gastos generales de la comunidad: luz, agua, ascensores, seguro comunitario, gastos de gestoría, gastos bancarios,... tendría que pagar por su coeficiente real en escrituras (15.04% que dice usted), pero puede que esté exento de otros gastos, como puede ser: limpieza de escaleras, luz escaleras y otros gastos de zonas comunes a los cuales los garajes no tengan acceso, serían diferentes grupos de gastos en los cuales cada uno debe pagar en función de su coeficiente real en escrituras y el "coeficiente de grupo". Esto es bastante normal, y lógico, lo que suele dar como resultado que las viviendas pagan un poco más y los garajes/locales comerciales un poco menos ya que disfrutan de menos servicios.
De todas formas estos términos se los debería explicar claramente su gestor, que para eso le pagan, y salvo que estén exentos en estatutos (que muchas veces lo están), ser aceptados en la reunión

Saludos
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Trato de favor por parte del administrador en presupuestos por coeficiente
08/10/2017 13:06
El administrador de la comunidad convoca próxima Junta Ordinaria de Propietarios después de más de un año sin hacer ninguna…

Plantea, como ya es costumbre, tres presupuestos para el ejercicio 2017/2018:

El primero, por CUOTA FIJA MENSUAL para toda la Comunidad, como hasta ahora se hace: Los 4 locales a 38€ y las 74 viviendas a 50€. El importe del presupuesto asciende a treinta y cuatro mil ciento setenta y nueve euros con ochenta y tres céntimos de euro (34.179,83€).

El segundo, por Coeficiente, con igual presupuesto que el primero: treinta y cuatro mil ciento setenta y nueve euros con ochenta y tres céntimos de euro (34.179,83€).

El tercero, también por Coeficiente, pero con un incremento de cinco mil cuatrocientos sesenta y un euro con trece céntimos de euro (5461,13€) donde el presupuesto asciende a un total de treinta y nueve mil seiscientos cuarenta euros con noventa y seis céntimos de euro (39.640,96€).

Esto no tendría ningún problema si no fuera porque el Sr. Administrador no aplica correctamente el porcentaje de cada Local y Vivienda que corresponde al 2º y 3º presupuesto, me explico:

El local nº1, que está destinado a un “Garaje” de “treinta y siete plazas” (no todos los propietarios tienen plaza de garaje y algunos propietarios de plaza de garaje NO viven en la Comunidad), le corresponde un coeficiente del 15,046%.
Según el Administrador, en sus cálculos, el GARAJE debe pagar mensualmente doscientos diez euros con dieciocho céntimos de euro (210,18€), cuando en realidad debería pagar, si aplicamos el coeficiente ya indicado y que viene reflejado en las Escrituras del Edificio, la cantidad mensual de cuatrocientos veintiocho euros con cincuenta y cinco céntimos de euro (428,55€).

¿Se imaginan donde va a parar la diferencia entre 428,55€ y 210,18€…? Pues sí, esos doscientos dieciocho euros con treinta y siete céntimos de euro (218,37€) se reparten entre los tres locales restantes y las setenta y cuatro viviendas. Me he tomado el tiempo necesario para averiguarlo. ¿Por qué hace eso? Esperemos que lo aclare en la Junta.

Por poner unos ejemplos de las viviendas:
A la vivienda número 69 con un coeficiente del 1,2427%.
En el 1º presupuesto, cuota fija, paga mensualmente cincuenta euros (50,00€)
En el 2º presupuesto, por coeficiente, el Administrador dice que debe pagar mensualmente 38,78€, cuando en realidad debería pagar, si aplicamos el coeficiente ya indicado y que viene reflejado en las Escrituras del Edificio, la cantidad mensual de 35,39€.
Sí, hay una diferencia de TRES EUROS CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE EURO (3,39€) que corresponden al Garaje, si no, de qué.
En el 3º presupuesto, según el Administrador debe pagar 45,43€ cuando en realidad debería pagar 41,05€.

La vivienda número 21 le corresponde un coeficiente de 1,0392%. En el 1º presupuesto, cuota fija, paga mensualmente cincuenta euros (50,00€). En el 2º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 32,43€. En el 3º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 38,00€.

La vivienda número 27 le corresponde un coeficiente de 2,1944%. En el 1º presupuesto, cuota fija, paga mensualmente cincuenta euros (50,00€). En el 2º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 68,49€. En el 3º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 80,25€.

La vivienda número 62 le corresponde un coeficiente de 0,9205%. En el 1º presupuesto, cuota fija, paga mensualmente cincuenta euros (50,00€). En el 2º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 28,71€. En el 3º presupuesto debe pagar, según el Administrador: 33,64€.

Si en Junta se aprobara por mayoría simple el 2º o 3º presupuesto con los datos aportados por el Administrador, es decir, con las cuotas que presenta y que son erróneas, ¿Podemos exigir que se aplique el coeficiente conforme establece la L.P.H. o debemos ponernos de acuerdo y denunciarlo en el juzgado? ¿Con un solo Propietario que denuncie es más que suficiente o se necesitan más Propietarios?

Gracias si hay respuestas y pido disculpas por la extensión del escrito. Saludos.
08/10/2017 14:15
camarlengo
Me olvidé decir:
Que el porcentaje que el Administrador aplica al GARAJE, en el 2º presupuesto, no es el 15,046% que realmente le corresponde, aplica el 7,379%.
34.179,83 x 15,046% = 5.142,6972 : 12 = 428,5581 (salvo error).
34.179,83 x 7,379% = 2.522,1296 : 12 = 210,17746 (salvo error).

Que el porcentaje que el Administrador aplica al GARAJE, en el 3º presupuesto, no es del 15,046% que realmente le corresponde, aplica el 6,3626%.
39.640,96 x 15,046% = 5.964,3788 : 12 = 497,03156
39.640,96 x 6,3626% = 2.522,1957 : 12 = 210,18297
08/10/2017 15:38
camarlengo
La verdad que tanto numero marea, no podria ser un poco mas excueto?
08/10/2017 18:31
camarlengo
Las cuotas comunitarias deben soportarse en base a los coeficientes de participación de cada co-propietario ( piso, local, parking) que figuran en el título escriturado de la Propiedad Horizontal de la finca, o bien de los cambios posteriormente aprobados por la Comunidad en voto unánime y debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad.
Fuera de esta lógica, resulta impugnable por las partes que se consideren perjudicadas con los repartos que imponga el Administrador comunitario.
En esta próxima Reunión ordinaria de Propietarios tendrás ocasión de demandar explicaciones por los desajustes que denuncias y actuar en consecuencia.
08/10/2017 21:24
amadeo2002
Ud. perdone si se ha sentido molesto o mareado, pero considero que para poder explicar este tema era necesario ponerlo tal y como digo. La próxima vez igual no será necesario decir lo que digo. Saludos.
08/10/2017 23:42
Petrus
Núnca he denunciado en temas de Propiedad horizontal y, si no es molestia por su parte, me gustaría que me indicara a qué juzgado debo dirigir mi denuncia. Necesito llevar Procurador y Abogado o vale mi simple denuncia por escrito. En estos casos, suele ser favorable a quien demanda o al demandado, no lo tengo muy claro. Otra cosa: ¿Quién corre con los gastos?. Llevo tiempo desconectado de temas de Comunidades por temas de salud, pero ese es otro tema diferente que no viene al caso.
Decir también que en mi comunidad hay muchos morosos, más de los que deberían y las deudas crecen y crecen sin que veamos soluciones.
En caso de que un propietario deba más de 5.000€ ¿es motivo para pedir un embargo de su vivienda para que satisfaga dicha cantidad?
Gracias si hay respuestas. Saludos.
10/10/2017 11:24
camarlengo
Una explicación posible es que el garaje no tenga los mismos gastos/servicios que el resto de la comunidad y se aplique un "coeficiente" un poco diferente, y me explico:
En cuanto a gastos generales de la comunidad: luz, agua, ascensores, seguro comunitario, gastos de gestoría, gastos bancarios,... tendría que pagar por su coeficiente real en escrituras (15.04% que dice usted), pero puede que esté exento de otros gastos, como puede ser: limpieza de escaleras, luz escaleras y otros gastos de zonas comunes a los cuales los garajes no tengan acceso, serían diferentes grupos de gastos en los cuales cada uno debe pagar en función de su coeficiente real en escrituras y el "coeficiente de grupo". Esto es bastante normal, y lógico, lo que suele dar como resultado que las viviendas pagan un poco más y los garajes/locales comerciales un poco menos ya que disfrutan de menos servicios.
De todas formas estos términos se los debería explicar claramente su gestor, que para eso le pagan, y salvo que estén exentos en estatutos (que muchas veces lo están), ser aceptados en la reunión

Saludos