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Tribunal de arbitraje para desahucio e impagos ?

3 Comentarios
 
Tribunal de arbitraje para desahucio e impagos ?
13/01/2009 15:04
Hola a todos:

voy a plantear una duda, algo que se esta poniendo muy de moda. incluso hay empresas dedicadas a ello y ademas la comunicdad demadrid lo esta haciendo con su plan alquila, y es el llamado arbitraje,el cual el inquilno y arrendador aceptan a la firma de l contrato someterse al tribunal de arbitraje tambien llamado AEADE Para acudir a esta vía de solución de conflictos es imprescindible que las partes, tanto propietario como inquilino, firmen un convenio arbitral de AEADE anexo al contrato de arrendamiento, para que en caso de conflicto estén sometidos al arbitraje de Aeade para solucionarlo.
.
Esto acelera supuestamente mucho el desahucio y el cobro de la dueuda en caso de haberla, mediante el arbitraje aeade el propietario obtiene un laudo (sentencia firme) en 25 - 30 días. (Por la vía judicial un juez dicta sentencia (no firme) en más de 8 meses de media
El laudo arbitral equivale a una sentencia judicial firme y, por tanto, es también un título ejecutivo. Si la parte condenada no cumple voluntariamente, éste se ejecuta judicialmente, igual que una sentencia, ante el Juzgado de Primera Instancia. Es decir, en el caso de impago, el juez únicamente deberá poner la fecha de desahucio y embargar bienes.

La ejecución de un laudo arbitral tarda el mismo tiempo que la ejecución de una sentencia judicial, la media que tardan los juzgados es de 3 meses aprox. pero dependen de la rapidez o lentitud de cada juzgado. El arbitraje acorta la fase declarativa (hasta obtener laudo - sentencia) que en arbitraje se obtiene el laudo en 20 - 30 días a diferencia de los juzgado que tardan entre 6 u 8 meses en obtener un sentencia.


Mi preguta es:
Esto que se esta poniendo tan de moda y hay incluso organismos oficiales qu elo estan haciendo, es legal ? no es legal ? es alegal ? pongamonos en el caso del inquilino qu eni paga ni se va y ademas pasa de las notificaciones esto acorta el proceso ? es cierto lo del laudo ? se echa al imnquilino moroso a la calle en un corto espacio de tiempo ?

me gustaria los letrados que leeis el foro,saber si esto es legal o no, si sirve para algo o no ,pudiera servir a muchos que ya nos la han dao con queso.

un saludo a todos
13/01/2009 20:17
La Ley de Enjuiciamiento Civil , ya propuso una solución para , entre otros, los problemas derivados del incumplimiento , en el arrendamiento . Las Oficinas de Señalamiento Inmediato, dentro de un ámbito estrictamente judicial .

Los Poderes Públicos, ignorando, la propuesta del legislador, optaron por impulsar una figura jurídica, antigua ya , en la legislación española , el convenio arbitral o arbitraje , que es totalmente legal , y está amparado por una ley .

Pero en esencia el convenio arbitral, está pensado y orientado para conflictos de comercio internacionales, en los que las Cámaras de Comercio , configuran la labor de arbitraje de manera fundamental .

Pero el gobierno, consideró que para todo roto hay un descosido, y empezó a crear sociedades públicas , y otras privadas , encaminadas al arrendamiento.

Si te interesa el tema , está tratado en

www.elalquiler.info


Saludos.
14/01/2009 11:57
Por supuesto que es legal el proceso arbitral para solucionar el problema del retraso en los procedimientos de desahucio.Quienes llevan a cabo los arbitrajes son unas Insituciones arbitrales que por medio de sus arbitros dictan los laudos, que tienen la misma validez que una sentencia.Esto puede durar muy poco tiempo (aprox. 2 meses).El problema efectivamente esta en el caso de tener que llegar a la ejecucion judicial.
Si estan funiconando varias Instituciones arbitrales, lo importante es saber si son o no especilaistas en arrendamientos y por tanto llevaran el proceso arbitral correctamente.
Es muy interesante que os leais la Orden 61/2008 de 4 de Marzo, donde la CM crea el Consejo Arbitral para el alquiler, cuya funcion fundamental es la de establecer un sistema arbitral unico para el caso de los arrendamiento de vivienda sometidos al plan alquila de la CM, y por ello, establecer una serie de convenios conlas distintas instituciones arbitrales para que sean ellas las que adminsitren el arbitraje, pero el Consejo supervisara y facilitara esos procesos arbitrales, dando garantias al ciudadano para que su proceso sea rápido y eficaz.
14/01/2009 16:16
muchas gracias por la respuesta, ahora surgen o me surgen los siguientes problemas y es lo siguiente, buscando en internet veo que aqui no hay nada claro o bien esto del arbitraje cada juez lo interpreta de una manera diferente y os cuento:
Ha habido problemas y hay en el anexo al contrato por ejemplo como estas :

según la nueva ley de arbitraje y las modificaciones en la del consumidor no tengo, como consumidor final, OBLIGACIÓN DE SOMETERME A ARBITRAJE DISTINTO DEL DE CONSUMO Y ADEMÁS, ES ILEGAL LA SUMISIÓN A ARBITRAJES PRIVADOS EN EL MOMENTO DE LA FIRMA DEL CONTRATO
entonces si es ilegal eso para que seguir ?

añado mas cosas

Es ilegal la práctica de incluir clausulas de sometimiento a arbitrajes privados en un contrato antes de que surja la discordia. Esto lo dice la ley en vigor

Añadir esta cláusula al contrato lo hace NULO DE PLENO DERECHO



según Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la de protección de los consumidores y usuarios del 84 en vigor, la cuál cataloga al usuario final de un alquiler que no sea empresa o sociedad como un consumidor y por tanto convierte en nulos los contratos en los que se le someta a arbitrajes privados como éste de AEADE-

entonces uno ya dice a ver el arbitraje para desahucios es legal ?

ahoras ya lo definitivo es una sentencia (ojo hay mas ) que no tiene desperdicio en la cual el juez de primera instacia de la comunidad de madrid anula el laudo de desahucio argumentandolo que ha sido derogada el poder pactar el sometimoiento a arbitraje dando a entender que solo se puede iniciar y promover un desahucio por la jurisdicion ordinaria y con carater EXCLUSIVO dejo el link por la imposibilidad de copiarlo


http://el-latigo.tripod.com/id26.html

dicho esto y perdonar mi desconocimiento pero a mi entender esta sentecia claramente indica que los laudos dictados por tribunbal de arbitraje en materia de desahucio son nulos y no sirven por lo tanto todo aquel qu elo tenga en su contrato tiene un contrato ilegal o nulo si es que es asi como se lo llama en derecho

Si alguien me lo acalra o me corrije mejor pero yo lo entiendo asi, lo qie no entiendo es como lo siguen haciendo y peor aun entidades como la communidad d emadrid que somete al arbitraje un desahucio ¿ esto me lo explicais ¿ si yo soy un inquilino golfo le tiro abajo el contrato no le pago y alargo el proceso ni se sabe mas aun d elo habitual

Gracias de nuevo
Un saludo