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Tribunal de lo social . juicio incapacidad permanente .

692 Comentarios
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04/09/2013 09:40
La tomografía de coherencia óptica (OCT) es una prueba diagnóstica usada en oftalmología que aporta información muy importante sobre el estado de diferentes estructuras del ojo, sobre todo de la retina y el nervio óptico.

Mediante emisión de luz y su reflexión en los tejidos del ojo, nos proporciona una imagen de las diferentes estructuras y sus capas a modo de escáner on una resolución de micras, pudiendo valorar la existencia de alteraciones por muy pequeñas que están sean.

Puede estudiar la cornea, el iris, el cristalino pero su principal aplicación es el estudio de las enfermedades de la retina (diabéticos, degeneraciones maculares, miopes, etc.) y del nervio óptico (principalmente glaucoma) y los resultados de los tratamientos aplicados sobre ellos. Resulta pues una prueba fundamental en estas enfermedades.
Que yo sepa , y he leido mucho al respecto , mediante una OCT no pueden cuantificar tus valores de AV , para eso tienen su prueba de AV específica , lo que ayuda mucho es a valorar la coherencia existente entre el estado de retina y mácula con la visión de cada paciente .
Los valores de mi AV son siempre exáctamente iguales , ya que llegados a estos extremos de baja visión no hay mucho margen , tan sólo de empeoramiento .
Un saludo y que Santa Lucía nos conserve la vista que nos queda .
04/09/2013 00:36
he estado esta mañana en el oftálmico y me han hecho una OTC y tenía OI contar dedos y OD 0.4. He perdido en un ojo y el otro me ha subido a lo que he tenido siempre. En el anterior informe ponía tenía 0.3 y 0.05 y que no justificaba esa agudeza visual.
Pregunto cual es la correcta porque yo no noto diferencia solo que a veces lo veo más nítido que otras y aumque veo las letras no las distingo bien sin embargo hoy solo me han hecho la prueba esta de coherencia y no he tenido que leer.
Fernando tu tenías una agudeza parecida y te habían hecho OCT? Te dianosticaron otra AV. distinta o la misma?. Lo único que se me ocurre que sea por la ambiopia que tengo y lo que pierde uno lo gana el otro. no sé
28/08/2013 23:05
bueno,,,,,,,,por fin, un rayo de luz IPT,COCEDIDA DESDE EL 20 DE AGOSTO,ahora a esperar la sentencia del juez, aver si coinsiden, si es asi devolucion de cotisacion de 2 años, que hace que se puso la demanda, me parese mentira, que esto me este pasando
26/08/2013 16:48
Estas equivocado Oscar.Te pueden llamar hasta la edad de jubilación ordinaria.Cada 2-4-6 años eso es aleatorio.
26/08/2013 14:26
No te fies de eso , Oscar . Un vecino mío tiene una IPA desde octubre del 94 , y me dijo hace un mes que tiene que ir a revisión de incapacidad a principios de septiembre . Asímismo me comenta que hacía 3 años y medio que no le habían llamado y que no esperaba que lo volvieran a llmar con sus 59 años . Cuando llamó al INSS le dijeron que debía presentarse obligatoriamente a dicha revisión , y a todas las que le soliciten hasta que alcanze su edad de jubilación .
25/08/2013 23:42
Fernando te voy a corregir con respecto a un post donde pusiste (Autor: fernando II Fecha: 22/08/2013
Todas las incapacidades existentes son permanentes , tanto la parcial , como la total , como la absoluta . Ten por cierto que aunque os hayan concedido una , sea cual sea , son todas REVISABLES hasta la edad de jubilación).
Hasta la jubilacion no te pueden llamar cada dos años si tus lesiones son suceptibles de mejoria pero una vez pasados 10 años desde la concesion de la IPT o IPA ya no se revisa y es de por vida tengas la edad que tengas yo tengo 35 si me la conceden(ojala) hasta que no tenga yo 45 años no seria definitivo eso si revisable cad dos años como minimo o cuando ellos quieran pero debe haber un intervalo de 2 años desde cada revision
24/08/2013 14:23
No se q decirte . Vaya caso complejo donde los haya . Celebrado el juicio y en espera de sentencia , a l la vez el EVI te propone para IP . No se como interpretarlo , pero me reitero en lo dicho , primará la sentencia del juez .
Salvo mejor opinión .
23/08/2013 13:27
no no, fernando esta resolucion no es la del juzgado, esta es que el dia 7 paso,por la isnpecion medica, y le derivaron a que solicitara la incapacidad permanente...la solicitamos el dia ocho,y hace 2 dias que nos llego el dichoso mensaje, que comento mas arriba....................Ahora son dos espera,la resolucion del expediente,y por otro lado la resolucion del juez,que espero que sea ahora en septiembre, pero yo esperaba que esta por parte de la seguridad social se concluyera antes,pero en fin a espera queda,ya despues de 4 años lo mismo da 20 dias mas o menos
23/08/2013 09:13
No te impacientes . Ten por seguro que el único dato fiable que vas a tener es el que dicte el juez que haya instruido tu caso . Si la sentencia te ha sido favorable , el INSS lo que hará será ratificar el expediente de acuerdo con la sentencia . Lo de los mensjes de texto es correcto , a un amigo mío le llegó un mensaje similar al tuyo en el que le decían que su expediente había sido resuelto y a los 10 días le llegó la carta en la que le concedían una IPP por correo certificado . Es decir lo que haya dicho el juez es lo que te van a dar .
Un saludo .
22/08/2013 22:45
uhhh que perdido estoy...ayer resibi un mensaje en el movil, que desia.....La seguridad Social, le informa, que su incapacidad temporal, se ha resuelto, en inicio de incapacidad permanente, en breve recibira la notificacion...ayer fue un alegron, pero hoy leyendo otra vez el mensaje, ya tengo bastantes dudas,ademas a las 12 me he personado en la s social yno tengo ningun expediente abierto de hecho me ha dicho el administratibo que es muy raro, porque el mando los papeles ayer a las 2, cuando el mensaje lo recibi a las nueve de la mañana, ¿puede que me hallan querido gastar una broma, alguien mandandome ese mensaje uhhhhhh que horror, pordios esto es desesperante...........que alguien me de un poquito de esperanza, y me saque de esta gran duda por favor
22/08/2013 17:50
Yo recurriré en caso de perder como hacen ellos si pierden. Recurren todas las sentencias desfavorables como no les cuesta nada lo pagamos todos
22/08/2013 17:44
Fernando tienes razón hay gente que la Revisan cada dos años por eso yo pido ya informes de todas las consultas
Lo mio no tiene curación a no ser que avance la ciencia lo tengo desde pequeño. Y puede empeorar. Me enterado que en primera instancia suele ser mas benebolo dependiendo del caso y que suelen tirar para seguridad social
22/08/2013 06:36
Todas las incapacidades existentes son permanentes , tanto la parcial , como la total , como la absoluta . Ten por cierto que aunque os hayan concedido una , sea cual sea , son todas REVISABLES hasta la edad de jubilación . Por eso , aunque el juez manifieste en su sentencia que te considera afecto de incapacidad , te pueden llamar para revisarte en un tiempo , que generalmente viene puesto en la sentencia . Los casos que yo conozco de incapacidad los han llamado periodicamente cada dos años ., debiendo aportar los informes médicos para que evaluen si ha habido una posible mejora .
21/08/2013 16:21
Hola permanente quiere decir que no se provee mejoría a corto plazo o que se desconoce el tiempo de recuperación. Si estas pendiente de juicio sera para que se den o alcanzar una incapacidad mayor de la que ya tiene. Un saludo
21/08/2013 15:15
que injuzta es esta vida,despues de 4 años de lucha y juicios,tenerse que alegrar, por reconoserle a mi marido, una incapacidad permanente.por cierto fernando ll ¿que se entiende por permanente? esta ya se la han consedido, por peticion del tribunal medico, ahora tenemos pediente la resolucion del juicio,ahora si que estoy perdida, por favor que alguien entendido en el tema me responda........y a los que estais en espera animo y fuerzas para aguantar esta situacion, porque al final, la verdad siempre vense animo, animo,y animo,
18/08/2013 23:28
si el 11 de septiembre lo tengo en enero tengo otro con la mutua por no permitirme un administtrativo ver al medico antes mis dolores y coger recaida
Al fnal en la revision de la mutua enmayo me diagnosticaron desgaste en protesis y me operarn en julio ya k todos los años mi ayuntamiento me llaman para tecnico en una feria de teatro y despues de un dia el medico de cabecera al verme el antebrazo decicio k no trabajase mas debido a mis dolores km eran insufibles con lo cual estoy de baja por inss (antes estaba cobrando kla ayuda familiar) la cual en esta nueva baja no me la estoy comiendo y cobro mas que antes (con ayuda 426) ante mi nueva baja unos 950 al mes hasta k me llame o tribunal medico o salga algoen el juicio faborable a mi
A durante todo mi periodod de alta e puesto muchas kejas a mutua y solicite ser visto por traumatologo del servicio andaluz de salud ademas de tener que ir de urgencias ante episodios de dolor y engarrotamiento del antebrazo
17/08/2013 21:20
Gracias a tod@s por vuestros consejos .
Esto es lo que tiene tener tanto tiempo hasta el día del juicio , que piensas tanto que le ves pegas a todo ........
Oscar , ya te falta poquito para el tuyo , ¿¿ no ?? . Ya nos irás contan@s .do .
Una vez más os doy las gracias por atender mis dudas . Sois muy amables .
17/08/2013 18:17
fernando II.

Creo que NO debes preocuparte.

Como bien dices, es improbable que te llamen del SEPE (INEM) para trabajar con la que está cayendo.
De todas formas, en el supuesto de que fuera así, el INEM te llamaría para que te PRESENTASES a una entrevista de trabajo. Eso NO quiere decir que tengas concedido el puesto de trabajo. Tendrías que superar la entrevista con la empresa y que el empresario te considerara apto para trabajar en la empresa.
El SEPE NO puede imponer un trabajador a una empresa.
Si le explicas a la empresa los problemas de salud que tienes, que estás a la espera de una revisión por la IPT y presentas la documentación que lo acredite, NO te contratará.

Por lo tanto, tú tranquilo. No pienses en eso. Es casi imposible que ocurra.

Un saludo.
17/08/2013 17:57
Animo Fernandó, no te preocupes si te llaman, por lo menos en Cástilla y león, si te presentas en la oficina del paro y les dices que estas pendiente de una revisión para la IPT y les llevas el informe del forense no te llamaran. De todos modos el Medico de Familia o la inspección medica (no el evi), te pueden dar la baja, basándose en el imformé del forense, este si se lo pides diciendolé para que es seguro que te da una copia,(la gente no es tan mala como muchos dicen y procuran ayudar, al que lo necesita. Un saludo.
17/08/2013 16:33
Totalmente de acuerdo contigo Fernando, una cosa es querer y otra poder. Aqui en Cataluña tenemos un dicho " la feina ben feta no te preu"....." El trabajo bien echo no tiene precio", y tu estas dando los pasos firmes y concisos.
Lo que pasa es que la espera es tediosa y si no hay muchos ingresos, pues imagina......pero no queda otra.
Cada vez que da menos para el juicio.
Saludos.

PD: Paciencia .........divino tesoro