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Ucraniana casada con español

7 Comentarios
 
Ucraniana casada con español
09/03/2009 15:18
Hola, soy un español que se acaba de casar en Enero con una chica de Ucrania, pasados unas semanas mi mujer obtuvo un visado de 90 dias de duracion con el cual ha podido viajar a España. Ella quiere fijar su residencia aqui en España y nos gustaria saber si ella tiene derecho a un permiso de residencia o similar y en su caso a que organismo acudir para solicitarlo.
Si no tuviera derecho a un permiso de residencia querriamos saber que otra posibilidad tenemos de que ella resida en España con opcion de trabajar legalmente
10/03/2009 19:35
Si os habéis casado en Ucrania lo que tenéis que hacer es registrar el matrimonio en el consulado español, una vez registrado tu tendrás que reagruparla, para este trámite ella debe estar en su país.

Un saludo.
12/03/2009 16:40
Gracias por tu ayuda, te explico un poco mas.
Acabamos de solicitar la tarjeta DE RESIDENCIA de familiar de ciudadano de la union europea. Nos han dado cita para el 16 de Septiembre entregar elformulario X16 y otra documentacion. Hasta entonces quisiera saber que posibilidades existen para que ella pueda trabajar legalmente en España.
Por otra parte,su visado termina el 13 de Mayo, ¿como podria alargar su estancia legal en España?.
Bueno son muchas dudas,espero podais ayudarme. Gracias
12/03/2009 18:30
Hasta que se solicite la tarjeta no va a poder trabajar, respecto al visado si tenéis una cita para extranjería no tendréis problemas con el viisado y más estando casada con un español.

Un saludo.
13/03/2009 19:11
Debereis acudir al Registro Civil del lugar en el que estais empadronados para que se tramite un expediente sobre inscripción de matrimonio. Allí os informarán de toda la documentación que os van a exigir. Cuando hayan instruido el expediente lo mandarán al Registro Civil Central que será el competente en aprobarlo o no y practicar, en caso de aprobación, la inscripción del matrimonio.
Cuando tengais el Libro de Familia español y la certificación de matrimonio española podreis regularizar la situación de tu cónyuge en España.
Por cierto, si en la instrucción del expediente se intuye que se trata de un matrimonio de conveniencia no lo aprobarán.

Saludos y suerte,
jorome.
16/03/2009 17:06
Gracias ana y jorome. Antes dudaba si los tramites que estaba iniciando eran los correctos, ahora creo que si lo son, y que la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la union europea es lo que debo solicitar.
Libro de familia español ya tengo y mi matrimonio esta totalmente validado por España.
La unica duda que me queda es si es normal que me den cita para dentro de tantos meses (hasta el 16 de septiembre), si lo unico que tengo que hacer es entregar el formulario X16 acompañado de la documentacion que ya tengo.
Entiendo que para que me entreguen posteriormente la tarjeta fisicamente puedan demorarse un tiempo.
¿Seria posible solicitar esta tarjeta en alguna otra provincia, o es una lista unica?
Gracias de nuevo.
28/10/2012 03:42
Mi novia está ahora en España. Tiene un visado de 30 días.
La he empadronado en un pueblo de Cataluña.
Quiero casarme con ella rápidamente y no quiero que vuelva a Ucrania por el momento.
Que problemas se pueden derivar de ese procedimiento?
Muchas gracias.
28/10/2012 17:09
Hola.

Casarse en 30 días, es difícil, teniendo en cuenta que hay que tramitar un expediente matrimonial previo en el Registro Civil del municipio en el que esté empadronado cualquiera de los dos y ese procedimiento tarda.

Tiene dos opciones:

1.- Llevar adelante los trámites del expediente matrimonial previo en el Registro Civil y antes de que caduque el visado de ella, solicitar una prórroga de estancia en España, alegando que está a la espera de contraer matrimonio.

2.- Formalizar su relación como pareja estable mediante escritura pública, ante un notario, conforme lo establece la Ley del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia y luego, solicitar la inscripción en el Registro de Parejas Estables del Ayuntamiento del municipio donde ambos estén empadronados (si es que el Ayuntamiento tiene un Registro, no todos los Ayuntamientos de Cataluña lo tienen).

Una vez practicada la inscripción, que ella solicite la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

Hasta tanto, puede empezar los trámites del expediente matrimonial previo, de modo que, cuando ya esté todo listo para casarse, ella ya sea residente legal en España.

Un cordial saludo.
Ucraniana casada con español | PorticoLegal
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Ucraniana casada con español
09/03/2009 15:18
Hola, soy un español que se acaba de casar en Enero con una chica de Ucrania, pasados unas semanas mi mujer obtuvo un visado de 90 dias de duracion con el cual ha podido viajar a España. Ella quiere fijar su residencia aqui en España y nos gustaria saber si ella tiene derecho a un permiso de residencia o similar y en su caso a que organismo acudir para solicitarlo.
Si no tuviera derecho a un permiso de residencia querriamos saber que otra posibilidad tenemos de que ella resida en España con opcion de trabajar legalmente
10/03/2009 19:35
Si os habéis casado en Ucrania lo que tenéis que hacer es registrar el matrimonio en el consulado español, una vez registrado tu tendrás que reagruparla, para este trámite ella debe estar en su país.

Un saludo.
12/03/2009 16:40
Gracias por tu ayuda, te explico un poco mas.
Acabamos de solicitar la tarjeta DE RESIDENCIA de familiar de ciudadano de la union europea. Nos han dado cita para el 16 de Septiembre entregar elformulario X16 y otra documentacion. Hasta entonces quisiera saber que posibilidades existen para que ella pueda trabajar legalmente en España.
Por otra parte,su visado termina el 13 de Mayo, ¿como podria alargar su estancia legal en España?.
Bueno son muchas dudas,espero podais ayudarme. Gracias
12/03/2009 18:30
Hasta que se solicite la tarjeta no va a poder trabajar, respecto al visado si tenéis una cita para extranjería no tendréis problemas con el viisado y más estando casada con un español.

Un saludo.
13/03/2009 19:11
Debereis acudir al Registro Civil del lugar en el que estais empadronados para que se tramite un expediente sobre inscripción de matrimonio. Allí os informarán de toda la documentación que os van a exigir. Cuando hayan instruido el expediente lo mandarán al Registro Civil Central que será el competente en aprobarlo o no y practicar, en caso de aprobación, la inscripción del matrimonio.
Cuando tengais el Libro de Familia español y la certificación de matrimonio española podreis regularizar la situación de tu cónyuge en España.
Por cierto, si en la instrucción del expediente se intuye que se trata de un matrimonio de conveniencia no lo aprobarán.

Saludos y suerte,
jorome.
16/03/2009 17:06
Gracias ana y jorome. Antes dudaba si los tramites que estaba iniciando eran los correctos, ahora creo que si lo son, y que la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la union europea es lo que debo solicitar.
Libro de familia español ya tengo y mi matrimonio esta totalmente validado por España.
La unica duda que me queda es si es normal que me den cita para dentro de tantos meses (hasta el 16 de septiembre), si lo unico que tengo que hacer es entregar el formulario X16 acompañado de la documentacion que ya tengo.
Entiendo que para que me entreguen posteriormente la tarjeta fisicamente puedan demorarse un tiempo.
¿Seria posible solicitar esta tarjeta en alguna otra provincia, o es una lista unica?
Gracias de nuevo.
28/10/2012 03:42
Mi novia está ahora en España. Tiene un visado de 30 días.
La he empadronado en un pueblo de Cataluña.
Quiero casarme con ella rápidamente y no quiero que vuelva a Ucrania por el momento.
Que problemas se pueden derivar de ese procedimiento?
Muchas gracias.
28/10/2012 17:09
Hola.

Casarse en 30 días, es difícil, teniendo en cuenta que hay que tramitar un expediente matrimonial previo en el Registro Civil del municipio en el que esté empadronado cualquiera de los dos y ese procedimiento tarda.

Tiene dos opciones:

1.- Llevar adelante los trámites del expediente matrimonial previo en el Registro Civil y antes de que caduque el visado de ella, solicitar una prórroga de estancia en España, alegando que está a la espera de contraer matrimonio.

2.- Formalizar su relación como pareja estable mediante escritura pública, ante un notario, conforme lo establece la Ley del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia y luego, solicitar la inscripción en el Registro de Parejas Estables del Ayuntamiento del municipio donde ambos estén empadronados (si es que el Ayuntamiento tiene un Registro, no todos los Ayuntamientos de Cataluña lo tienen).

Una vez practicada la inscripción, que ella solicite la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

Hasta tanto, puede empezar los trámites del expediente matrimonial previo, de modo que, cuando ya esté todo listo para casarse, ella ya sea residente legal en España.

Un cordial saludo.