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¿un acuerdo de subida de renta en un contrato de alquiler se considera como un nuevo contrato?

3 Comentarios
 
¿un acuerdo de subida de renta en un contrato de alquiler se considera como un nuevo contrato?
20/05/2020 00:38
Un contrato del 29 de junio de 2013 a partir del tercer año se ha ido prorrogando anualmente con el IPC, se acuerda con el inquilino incrementar este año la renta de alquiler porque no está acorde con el mercado actual de alquileres. En este caso, ¿se considera nuevo contrato y debe durar 5 años más por la nueva legislación, o se puede considerar sólo un cambio del contrato de 2013 con la legislación de entonces, siguiendo con prórrogas anuales?. Gracias.
20/05/2020 10:15
alquila
Depende de cómo se realice la operación:

Si se firma un nuevo contrato, con nueva fecha y condiciones, es un nuevo contrato.

Si se firma un "Anexo al contrato de fecha ..." en el que solamente se acuerda variar la renta, sigue en vigor el contrato antiguo, con su nuevo anexo.

En rigor, esto tampoco es así, exactamente, porque lo que posiblemente ocurra, en un contrato del año 2013 (y sin perjuicio de que su lectura detallada indique otra cosa), es que ya esté en tácita reconducción, del art. 1566 del Código Civil, y lo que se interpreta desde el punto de vista legal es que cada año nace un nuevo contrato con las mismas condiciones que el que termina.

La reconducción puede ser por años, si se fijó en el contrato originario una renta anual aunque se pague dividida en plazos mensuales, o puede ser por meses, si en ese mismo contrato originario la renta se determinó de forma mensual. Y siempre, claro, que no haya cláusulas que digan otra cosa: de ahí la importancia de leer todo el contrato.

Podría estudiarse también que el anexo exprese claramente que es un "Anexo de una prórroga anual del contrato de fecha... con variación de renta". Pero no creo que valga la pena, salvo que las relaciones entre las partes sean muy problemáticas.
20/05/2020 10:16
alquila
Se me olvidada: sin perjuicio de opinión fundada en mejor derecho.
20/05/2020 12:32
alquila
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
¿un acuerdo de subida de renta en un contrato de alquiler se considera como un nuevo contrato? | PorticoLegal
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¿un acuerdo de subida de renta en un contrato de alquiler se considera como un nuevo contrato?

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¿un acuerdo de subida de renta en un contrato de alquiler se considera como un nuevo contrato?
20/05/2020 00:38
Un contrato del 29 de junio de 2013 a partir del tercer año se ha ido prorrogando anualmente con el IPC, se acuerda con el inquilino incrementar este año la renta de alquiler porque no está acorde con el mercado actual de alquileres. En este caso, ¿se considera nuevo contrato y debe durar 5 años más por la nueva legislación, o se puede considerar sólo un cambio del contrato de 2013 con la legislación de entonces, siguiendo con prórrogas anuales?. Gracias.
20/05/2020 10:15
alquila
Depende de cómo se realice la operación:

Si se firma un nuevo contrato, con nueva fecha y condiciones, es un nuevo contrato.

Si se firma un "Anexo al contrato de fecha ..." en el que solamente se acuerda variar la renta, sigue en vigor el contrato antiguo, con su nuevo anexo.

En rigor, esto tampoco es así, exactamente, porque lo que posiblemente ocurra, en un contrato del año 2013 (y sin perjuicio de que su lectura detallada indique otra cosa), es que ya esté en tácita reconducción, del art. 1566 del Código Civil, y lo que se interpreta desde el punto de vista legal es que cada año nace un nuevo contrato con las mismas condiciones que el que termina.

La reconducción puede ser por años, si se fijó en el contrato originario una renta anual aunque se pague dividida en plazos mensuales, o puede ser por meses, si en ese mismo contrato originario la renta se determinó de forma mensual. Y siempre, claro, que no haya cláusulas que digan otra cosa: de ahí la importancia de leer todo el contrato.

Podría estudiarse también que el anexo exprese claramente que es un "Anexo de una prórroga anual del contrato de fecha... con variación de renta". Pero no creo que valga la pena, salvo que las relaciones entre las partes sean muy problemáticas.
20/05/2020 10:16
alquila
Se me olvidada: sin perjuicio de opinión fundada en mejor derecho.
20/05/2020 12:32
alquila
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.