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Una casa para dos

1 Comentarios
 
Una casa para dos
14/07/2017 18:50
hola. la casa de mi padre que un día vamos a heredar mi hermano y yo estamos de acuerdo los tres en que la parte de la vivienda se la quede mi hermano y yo el garaje y el patio. se debería dividir la casa mediante dos escrituras? o mientras nos llevemos bien puede haber una sola escritura pero que recoja estas condiciones?
18/07/2017 09:52
masivo
Esto es lo de siempre, "mientras os llevéis bien" no hace falta división, la propiedad de todo el edificio será de ambos y como os lleváis bien sabréis cada uno qué parte podréis disfrutar, pero legalmente seréis corresponsables y propietarios ambos del 50% de todo el edificio, con las fricciones que pueda haber sobre reparaciones y demás. Para curaros en salud, y que os sigáis llevando bien vosotros y sobre todo vuestros hijos o herederos, mejor que hagáis la división horizontal y tengáis cada uno vustra propiedad con escrituras e inscrita en el registro. No tiene por qué ser ahora, puede ser en el momento de la herencia, que de momento es de tu padre y puede disponer de su propiedad como él quiera.
Una casa para dos | PorticoLegal
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14/07/2017 18:50
hola. la casa de mi padre que un día vamos a heredar mi hermano y yo estamos de acuerdo los tres en que la parte de la vivienda se la quede mi hermano y yo el garaje y el patio. se debería dividir la casa mediante dos escrituras? o mientras nos llevemos bien puede haber una sola escritura pero que recoja estas condiciones?
18/07/2017 09:52
masivo
Esto es lo de siempre, "mientras os llevéis bien" no hace falta división, la propiedad de todo el edificio será de ambos y como os lleváis bien sabréis cada uno qué parte podréis disfrutar, pero legalmente seréis corresponsables y propietarios ambos del 50% de todo el edificio, con las fricciones que pueda haber sobre reparaciones y demás. Para curaros en salud, y que os sigáis llevando bien vosotros y sobre todo vuestros hijos o herederos, mejor que hagáis la división horizontal y tengáis cada uno vustra propiedad con escrituras e inscrita en el registro. No tiene por qué ser ahora, puede ser en el momento de la herencia, que de momento es de tu padre y puede disponer de su propiedad como él quiera.