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Urbanizar en suelo consolidado, o el caso del solar mutante

3 Comentarios
 
27/02/2007 15:09
Por lo que dices de intentar entender al técnico municipal, te comento que me estoy volviendo loca de darle vueltas y vueltas al asunto, y de verdad que no entiendo que mi terreno sea solar si hago la casa en un sitio y no lo sea si lo hago en el otro...
Yo por mi parte pienso que lo más lógico sería que pavimentase el Ayto, y en todo caso pusiese una farola en el callejón, que el Ayto pidiese subvención a la Diputación para realizar esa obra (de igual manera que está haciendo con el resto del casco histórico) y que, de la parte no subvencionada, repercutiese en contribución especial a TODOS los propietarios que tenemos frente en ese callejón, pero desde luego, no endosarme a mi la papeleta de pavimentar, etc el callejón entero; pues gracias a que es cortito, porque si llega a ser de 500 metros de longitud...
Saludos.
27/02/2007 15:04
Gracias jecc por tu respuesta.
Acerca de tu hipótesis sobre si me podrían poner objeciones por no respetar la tipología del casco histórico, te diré que también he tenido que presentar el proyecto ante la comisión de Patrimonio, y me han dado el visto bueno, es decir, que mi casa no "desentona".
27/02/2007 14:56
a ese tipo de cosas me refería en el tema "Carrera Profesional", cuando decía "que las hay a miles", que "nuestra Administración funciona bastante mal, y abusa de prácticas no adecuadas"

con una entrevista de un abogado con el técnico municipal y un escrito ... con 100 euros bien pagados, quizá se le daría solución al tema

un callejón en un casco histórico tiene inicialmente visos de permanencia, porque la tendencia generalizada es el mantenimiento de las alineaciones y la tipología ... y un callejón en casco histórico mal pavimentado y sin servicios es, sobre todo, un problema municipal, algo a lo que tiene que dar solución el ayuntamiento

en cuanto al número de servicios a instalar, obviamente será el necesario y a cargo del ayuntamiento, aunque sólo sea alumbrado público

por otra parte está el asunto de tu proyecto. No quiero ser yo quien prejuzgue tu proyecto, que desconozco y supongo que estará bien motivado ... pero tal vez podrían poner objeciones, si entienden que no respeta la tipología de las edificaciones del casco histórico, en particular que su fachadas contradicen la forma de evolución histórica del parcelario.

Los cascos históricos son el resultado de mil decisiones a lo largo de los tiempos, y esas decisiones, aunque en general fueros individuales y libres, suelen responder a una lógica ... y es esa lógica la que les hace durables y atractivos por encima de las peculiaridades individuales de una construcción u otra

mi recomendación es que reflexiones sobre el tema una vez más, que esta vez lo hagas sólo por tratar de entender al técnico municipal ... y, si tras hacerlo crees que está equivocado, que bien puede estarlo, hagas valer tu derecho

Urbanizar en suelo consolidado, o el caso del solar mutante
27/02/2007 11:32
Hola a todos.
El año pasado compré en el pueblo donde vivo una casa, en el centro del pueblo, casco histórico, suelo urbano consolidado; provincia Valladolid. Esta casa da a tres calles. La calle A está pavimentada con hormigón y tiene canalizaciones de agua, alcantarillado, alumbrado público.., la calle B con adoquín (también con todas las canalizaciones) y el callejón C está pavimentado con hormigón pero tiene unos "parches". El citado callejón es un fondo de saco, es decir, no tiene salida, y tampoco tiene ninguna canalización de alcantarillado, etc.
La casa tiene todos los servicios, aunque ahora no hay contrato de suministro de luz y agua, por ejemplo, si que los ha tenido en el pasado, por lo que dichas conexiones ya están dentro de la casa. Lo mismo pasa con el alcantarillado.
Bien. La idea era derribar la casa (está en estado ruinoso) y construir una nueva. Donde mejor me venía era hacer la casa con fachada a la calle B y al callejón C. Cuando solicito la licencia de obras, me la deniegan porque el técnico municipal opina que "para que alcance la condición de solar, EL FRENTE RESIDENCIAL debe dar a un vial urbanizado, por lo que debe realizar las canalizaciones de alcantarillado, agua, electricidad y pavimentación..."
Y aquí es donde empiezo a no entender.
Según mi corto entendimiento, la condición de solar se aplica a los terrenos, es decir, a "superficies de suelo urbano... que cuenten con acceso por vía pavimentada abierta al uso público y servicios urbanos de abastecimiento de agua potable, evacuación de aguas residuales a red de saneamiento, suministro de energía eléctrica, alumbrado público.." (art 22 Ley 5/1999 de urbanismo CyL). Pues bien, por alguna razón, me están condicionando la cualidad de solar a la situación de mi futura vivienda; es decir, si la casa tuviese fachada a la calle A, o a la calle B, este terreno sí sería solar, pero como da al callejón C, entonces no es solar. Yo creía que la condición de solar es previa a la construcción y no consecuencia de ella, por eso me gustaría saber si es que me estoy perdiendo algo.
Porque además me exigen que urbanice todo el callejón, teniendo en cuenta que todos los propietarios con frente de parcela a ese callejón, contamos con todos los suministros dentro de nuestras respectivas propiedades... y las nuevas canalizaciones no serían de utilidad para nadie.
¿Hay algo que no estoy teniendo en cuenta?
Gracias de antemano
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3 Comentarios
 
27/02/2007 15:09
Por lo que dices de intentar entender al técnico municipal, te comento que me estoy volviendo loca de darle vueltas y vueltas al asunto, y de verdad que no entiendo que mi terreno sea solar si hago la casa en un sitio y no lo sea si lo hago en el otro...
Yo por mi parte pienso que lo más lógico sería que pavimentase el Ayto, y en todo caso pusiese una farola en el callejón, que el Ayto pidiese subvención a la Diputación para realizar esa obra (de igual manera que está haciendo con el resto del casco histórico) y que, de la parte no subvencionada, repercutiese en contribución especial a TODOS los propietarios que tenemos frente en ese callejón, pero desde luego, no endosarme a mi la papeleta de pavimentar, etc el callejón entero; pues gracias a que es cortito, porque si llega a ser de 500 metros de longitud...
Saludos.
27/02/2007 15:04
Gracias jecc por tu respuesta.
Acerca de tu hipótesis sobre si me podrían poner objeciones por no respetar la tipología del casco histórico, te diré que también he tenido que presentar el proyecto ante la comisión de Patrimonio, y me han dado el visto bueno, es decir, que mi casa no "desentona".
27/02/2007 14:56
a ese tipo de cosas me refería en el tema "Carrera Profesional", cuando decía "que las hay a miles", que "nuestra Administración funciona bastante mal, y abusa de prácticas no adecuadas"

con una entrevista de un abogado con el técnico municipal y un escrito ... con 100 euros bien pagados, quizá se le daría solución al tema

un callejón en un casco histórico tiene inicialmente visos de permanencia, porque la tendencia generalizada es el mantenimiento de las alineaciones y la tipología ... y un callejón en casco histórico mal pavimentado y sin servicios es, sobre todo, un problema municipal, algo a lo que tiene que dar solución el ayuntamiento

en cuanto al número de servicios a instalar, obviamente será el necesario y a cargo del ayuntamiento, aunque sólo sea alumbrado público

por otra parte está el asunto de tu proyecto. No quiero ser yo quien prejuzgue tu proyecto, que desconozco y supongo que estará bien motivado ... pero tal vez podrían poner objeciones, si entienden que no respeta la tipología de las edificaciones del casco histórico, en particular que su fachadas contradicen la forma de evolución histórica del parcelario.

Los cascos históricos son el resultado de mil decisiones a lo largo de los tiempos, y esas decisiones, aunque en general fueros individuales y libres, suelen responder a una lógica ... y es esa lógica la que les hace durables y atractivos por encima de las peculiaridades individuales de una construcción u otra

mi recomendación es que reflexiones sobre el tema una vez más, que esta vez lo hagas sólo por tratar de entender al técnico municipal ... y, si tras hacerlo crees que está equivocado, que bien puede estarlo, hagas valer tu derecho

Urbanizar en suelo consolidado, o el caso del solar mutante
27/02/2007 11:32
Hola a todos.
El año pasado compré en el pueblo donde vivo una casa, en el centro del pueblo, casco histórico, suelo urbano consolidado; provincia Valladolid. Esta casa da a tres calles. La calle A está pavimentada con hormigón y tiene canalizaciones de agua, alcantarillado, alumbrado público.., la calle B con adoquín (también con todas las canalizaciones) y el callejón C está pavimentado con hormigón pero tiene unos "parches". El citado callejón es un fondo de saco, es decir, no tiene salida, y tampoco tiene ninguna canalización de alcantarillado, etc.
La casa tiene todos los servicios, aunque ahora no hay contrato de suministro de luz y agua, por ejemplo, si que los ha tenido en el pasado, por lo que dichas conexiones ya están dentro de la casa. Lo mismo pasa con el alcantarillado.
Bien. La idea era derribar la casa (está en estado ruinoso) y construir una nueva. Donde mejor me venía era hacer la casa con fachada a la calle B y al callejón C. Cuando solicito la licencia de obras, me la deniegan porque el técnico municipal opina que "para que alcance la condición de solar, EL FRENTE RESIDENCIAL debe dar a un vial urbanizado, por lo que debe realizar las canalizaciones de alcantarillado, agua, electricidad y pavimentación..."
Y aquí es donde empiezo a no entender.
Según mi corto entendimiento, la condición de solar se aplica a los terrenos, es decir, a "superficies de suelo urbano... que cuenten con acceso por vía pavimentada abierta al uso público y servicios urbanos de abastecimiento de agua potable, evacuación de aguas residuales a red de saneamiento, suministro de energía eléctrica, alumbrado público.." (art 22 Ley 5/1999 de urbanismo CyL). Pues bien, por alguna razón, me están condicionando la cualidad de solar a la situación de mi futura vivienda; es decir, si la casa tuviese fachada a la calle A, o a la calle B, este terreno sí sería solar, pero como da al callejón C, entonces no es solar. Yo creía que la condición de solar es previa a la construcción y no consecuencia de ella, por eso me gustaría saber si es que me estoy perdiendo algo.
Porque además me exigen que urbanice todo el callejón, teniendo en cuenta que todos los propietarios con frente de parcela a ese callejón, contamos con todos los suministros dentro de nuestras respectivas propiedades... y las nuevas canalizaciones no serían de utilidad para nadie.
¿Hay algo que no estoy teniendo en cuenta?
Gracias de antemano