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Urgencias-hospitalización

2 Comentarios
 
Urgencias-hospitalización
13/12/2019 19:13
Buenas tardes, estoy en el convenio del contact center y la semana pasada estuve ingresado en urgencias desde el lunes a las 8:30 hasta el martes a las 13:00. No me pasan a planta por falta de camas. Inmediatamente mi médico me da la baja desde ese lunes hasta hoy.

Según el Art. 63 del convenio y cito:

“En el supuesto de que se produzca hospitalización, independientemente del día de la hospitalización y de la duración de la misma, se complementará al 100 % del salario Convenio desde el primer día de la baja por IT.”

Ahora la empresa alega que no me pagará el 100% porque en el justificante del hospital no indica que estuve “hospitalizado” o “ingresado” ya que al estar en urgencias el Hospital no lo ha querido reflejar así.

Pero al haber pernoctado (siendo atendido, no esperando, claro esta), ¿no debería considerarse hospitalización y que me abonen el 100%? Es decir, laboralmente, ¿que se considera entonces hospitalización?

Muchas gracias de antemano.
13/12/2019 21:49
Telemarking2019
Si pernoctó una noche ya cumple el requisito legal, tiene dicho al 100 % desde el primer día y mientras dure la IT, con el documento de ingreso es suficiente.
14/12/2019 16:21
Jamgrrhh28
Muchas gracias, es lo que yo entendía después de varias búsquedas en la web. Sin embargo, creo que mi empresa no me lo pondrá fácil... Hay algún artículo o algo en lo que pueda basar este argumento de “hospitalización=Pernoctacion”?
Gracias de antemano.
Urgencias-hospitalización | PorticoLegal
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Urgencias-hospitalización
13/12/2019 19:13
Buenas tardes, estoy en el convenio del contact center y la semana pasada estuve ingresado en urgencias desde el lunes a las 8:30 hasta el martes a las 13:00. No me pasan a planta por falta de camas. Inmediatamente mi médico me da la baja desde ese lunes hasta hoy.

Según el Art. 63 del convenio y cito:

“En el supuesto de que se produzca hospitalización, independientemente del día de la hospitalización y de la duración de la misma, se complementará al 100 % del salario Convenio desde el primer día de la baja por IT.”

Ahora la empresa alega que no me pagará el 100% porque en el justificante del hospital no indica que estuve “hospitalizado” o “ingresado” ya que al estar en urgencias el Hospital no lo ha querido reflejar así.

Pero al haber pernoctado (siendo atendido, no esperando, claro esta), ¿no debería considerarse hospitalización y que me abonen el 100%? Es decir, laboralmente, ¿que se considera entonces hospitalización?

Muchas gracias de antemano.
13/12/2019 21:49
Telemarking2019
Si pernoctó una noche ya cumple el requisito legal, tiene dicho al 100 % desde el primer día y mientras dure la IT, con el documento de ingreso es suficiente.
14/12/2019 16:21
Jamgrrhh28
Muchas gracias, es lo que yo entendía después de varias búsquedas en la web. Sin embargo, creo que mi empresa no me lo pondrá fácil... Hay algún artículo o algo en lo que pueda basar este argumento de “hospitalización=Pernoctacion”?
Gracias de antemano.