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Uso de la vivienda familiar y pensión compensatoria: dos limitaciones para rehacer la vida de las mujeres divorciadas.

13 Comentarios
 
Uso de la vivienda familiar y pensión compensatoria: dos limitaciones para rehacer la vida de las mujeres divorciadas.
18/05/2012 13:29

VIVIENDA FAMILIAR
Los señores políticos, en temas de problemas de pareja, venden la rapidez: expulsar, normalmente, al esposo y padre, del domicilio familiar. Bueno, viene en el Código Civil, en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y hasta en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ahora bien, nadie olvide que, salvo que la vivienda sea de madre, o de la familia de la madre, u otros casos, se puede considerar que esa vivienda familiar no es para rehacer la vida, es decir, vivir en la misma con otra persona, en plan de pareja.
Y sobre este tema, esto es lo que los señores jueces de familia reflexionaron en las JORNADAS JUECES DE FAMILIA 1, 2 Y 3 DE MARZO 2011.

c) No existe obstáculo para la aprobación de cláusulas contractuales incluidas en el convenio regulador por las que se establezca la extinción del derecho de uso por la convivencia marital del titular del derecho con una tercera persona en el domicilio familiar.

d) En caso de no haberse pactado en el convenio la extinción del derecho de uso por tal circunstancia, podrá solicitarse y obtenerse dicha medida a través del proceso de modificación de medidas, al considerar que la unidad familiar a cuyo favor se hizo la atribución del uso ha quedado sustancialmente alterada en su composición, dando lugar a una nueva unidad familiar, generándose una desafectación de la vivienda familiar respecto del uso inicialmente atribuido
PENSIÓN COMPENSATORIA
Ahora veamos el caso de las pensiones compensatorias, que con tanta alegría se exigen¿ Qué tal si se exigiera que se ponga en todas las sentencias y convenios Porque se exigen con razonamientos, pero me temo que nadie quiere calibrar la limitación que “impone” para nuevas relaciones amorosas:
“Código Civil - Artículo 101.
El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.
El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor. No obstante, los herederos de éste podrán solicitar del Juez la reducción o supresión de aquélla, si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a sus derechos en la legítima.”
Y es curioso, esa limitación amorosa, puede durar hasta después de la muerte del esposo.
Hablando claro, las pensiones compensatorias van contra intereses económicos de esposos, pero también contra intereses económicos de los hijos, en este pais que va a los SEIS MILLONES DE PARADOS, pero impone limitaciones “amorosas” a la mujer. ¿ Estamos todos informados, tanto hombres como mujeres ?.
Por supuesto, la vivienda familiar es, en muchos casos, la fonda del tío Pepe, y las pensiones compensatorias no están impidiendo relaciones amorosas, pero en fraude de ley. ¿ O no es así ?.


18/05/2012 16:32
buen articulo.

la verdad es que yo tengo una forma muy positiva de afrontar la vida y de ver las cosas, y no me gusta complicarmela en exceso:

si la vivienda es de ambos,se vende y punto. o una de las partes compra su parte a la otra.

respecto a lo de las pensiones compensatorias...bueno me imagino que habria que ver cada caso, pero es un concepto que de entrada no me gusta nada.

cada uno que se gane la vida como mejor pueda. a todos nos gusta que nso regalen las cosas, pero la realidad es muy distinta. a trabajar que da mucha salud.
18/05/2012 16:46
Yo renuncié a mi pensión compensatoria... tengo dos manos para trabajar y dar de comer a mi hijo. Ya por orgullo propio no me entra en la cabeza ser una mantenida de alguien con la que sentimentalmente no comparto nada. Es mi punto de vista habrá de todos los colores.
Me imagino si hubiera obrado yo al contrario pensión del ex marido y sueldo de nueva pareja.... asi cualquiera!!! La pensión compensatoria en el momento que una se pone a trabajar con contrato y alta en la seguridad social bye bye!! Se saca mas trabajando... pagas dobles, vacaciones pagadas, devoluciones en la renta... para mi no compensa nada pero nada vivir de la compensatoria..... eso no cotiza... piensen! Algún dia se querrán jubilar pero eso no cotiza, si te la dejan de pasar por que el ex está en paro.... la mujer no va a ir al paro a cobrar de ahí por que se le ha acabado la paguita.... etc etc.
18/05/2012 17:11
Por otra parte.... todo parece orientado a parejas jovenes activas y con posibilidades para entrar en el mercado laboral (que tengamos en cuenta como está el panorama)... pero hay matrimonios que deciden separarse a unas edades tardias.... una señora 50-60 años que se ha dedicado a limpiar su casa y criar hijos no sería justo?
22/05/2012 20:29
Contestando a nube 123.

El gran problema, en muchos casos, es que hay problemas sociales muy importantes. Y aunque sus ideas son maravillosas, la verdad es que los señores políticos, los que han llevado a este país a la ruina y a la desesperación, de todas siglas y pretendidas ideas, venden a la mujer casada su DERECHO de expulsar del domicilio familiar al marido. Sí, eso es lo que leen de las leyes que no quieren cambiar. Y eso viene tanto en el Código Civil, como en la Ley de Enjuiciamiento Civil, e incluso en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, como ya indicaba.
Me extraña, por tanto, que desconozca ese tema. Tal como indico, por lo que me temo que está en una nube que no quiere ver una realidad real, la expulsión de uno de los dos padres del domicilio familiar, predicado, vendido, sugerido, recomendado…..y aplicado. Normalmente, el esposo y padre. Utilizo el término esposo, aunque ahora hablan de cónyuges, pues el matrimonio, ahora, no es necesariamente, entre hombre y mujer.
¿ Y si una parte no quiere comprar la vivienda, o no puede, o ahora se vende mal ?. Bueno, eso es lo que hay.
En cuanto a las pensiones compensatorias, pues hay casi SEIS MILLONES DE PERSONAS PARADAS, y entre DOS A TRES MILLONES DE MUJERES EN PARO. Y los mismos señores políticos pues venden lo de la pensión compensatoria. Si fuera fácil encontrar un trabajo, pues el tema sería distinto. Nadie olvide que los jueces toman decisiones en un determinado momento, y si cambian las circunstancias, pues otra vez con abogado y procurador, y otro pleito.
Gracias por sus bonitas ideas, pero alguien decía que en cosas del pan, como hermanos, pero con el dinero como gitanos.
Y normalmente cuando hay problemas sociales nadie que tenga problemas sociales piensa en comprar o vender la vivienda, o en lo del trabajo, y eso está muy mal.
Gracias, de nuevo.
22/05/2012 20:37
Contestando a auga.

Bueno, en efecto, hay parejas que se separan en edades tardías, a partir de los 50 años, por ejemplo.
Bueno, pues si crió hijos, ¿ qué tal si los hijos echaran una mano ?. Esos problemas, serían menos si se repartieran entre el posible esposo obligado a pagar una posible pensión compensatoria y los hijos, a los que la mamá dedicó su juventud. Pero, eso lo debieran proponer los señores políticos.
Ahora bien, independientemente de los planteamientos presentados, tanto por Ud., como por nube 123, el tema de fondo no es ese, en principio, sino, rotundamente, la persona que ocupe vivienda familiar de la cual se ha expulsado al otro cónyuge no puede rehacer su vida sentimental en ese domicilio. Creo que eso debe quedar claro.
Y en cuanto a lo de la pensión compensatoria, pues la que se divorcie con 50 años por ejemplo, tiene que elegir entre tener una nueva relación amorosa y cobrar la pensión compensatoria.
En definitiva, no es tanto de si es correcto o no expulsar a alguien del domicilio familiar, o tener derecho a una pensión compensatoria, no, el tema expuesto es que esa vivienda familiar no se puede utilizar para “rehacer la vida con otra persona”, y lo mismo con las pensiones compensatorias, si se rehace la vida con otra persona, pues se pierde el derecho a la pensión compensatoria.
Hablando claro, son limitaciones a la vida personal de esas personas que expulsaron al esposo y padre del domicilio familiar o tienen una pensión compensatoria porque hay cerca de SEIS MILLONES DE PERSONAS EN PARO, problema que no provocan los esposos y padres que son expulsados del domicilio familiar, del cual son propietarios, en todo o en parte.
Y, por favor, que nadie hable que es a favor del INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR.
Expulsiones puras y duras, pero limitaciones legales a la utilización del domicilio familiar, o si tienes nueva pareja no debes cobrar pensión alguna del anterior marido.
23/05/2012 09:06
Yo no veo para nada una limitacion a la vida personal de las mujeres... perfectamente pueden volver a tener pareja (a mi eso de rehacer la vida por tener pareja me hace mucha gracia, si uno no saber reahacer su vida solo, mal asunto, pero en fin, ese es otro tema), simplemente, si tienen pareja, pierden una serie de privilegios... pasa igual con la pensiones de viudedad; si el beneficiario de una pension de viudedad (y no olvidemos que tambien los hombres las cobran) contrae nuevo matrimonio, pierde esa penson.
23/05/2012 09:34
contestando a fereto:

no desconozco ese tema. se de sobra como van las leyes, injustas por naturaleza, aunque no solo para el hombre, en mi caso, divorciada con una hija de 5 años que lleva 4 sin ver a su padre ni pasar pension, las leyes lo amparan porque es "su padre biologico".

claro que las personas pueden acogerse a las leyes, pero tambien pueden no hacerlo. y segun su refran "en cosas del pan, como hermanos, pero con el dinero como gitanos.", bueno, no creo que todo el mundo actue asi. yo prefiero actuar por principios, o incluso por amor propio.
renuncié a la compensatoria, le dejé el coche para el, pues lo compró de su dinero, viviamos de alquiler por lo que cada uno tiró para un lado, y los muebles , que fueron comprados en conjunto, se los llevó el. el motivo???no me merece la pena entrar en conflicto con una persona que no lo merece. yo me llevé lo unico que me importaba y tenia claro que no iba a dejar:mi hija, la cual, por cierto, el no quiso.

asi que quizas quien viva en una nube sea usted, por que ya ve, no todos los casos son iguales.


23/05/2012 19:20
Veo que en su caso, nube 123, no había bienes inmobiliarios, ni pensión compensatoria, por tanto, hay lo que hay.
Respeto su decisiones, pero, en cuanto a los hijos, son de los dos. ¿ Por qué no una CUSTODIA COMPARTIDA ?.
Eso de cambiar bienes, aunque no sean muchos, por una niña.
Me opongo a que alguien no se ocupe de su hijo, ni contribuya a sus gastos.
Tenga en cuenta que las leyes son interpretables, y son las mismas para gente en paro que para supermillonarios.
Perdone, si he ofendido, por igualar el nombre que Ud. utiliza con estar en las nubes. Reitero acepte mis disculpas.
En cuanto a si el padre no pasa lo que pueda estar acordado o decidido por pensión a la hija de ambos, eso es un delito que Ud. puede pedir que se juzgue y condene, o pedirlo por lo civil, que pague la pensión, y con embargo de bienes o sueldos.
Ésas son las leyes, puede utilizarlas.
Cada caso es una historia distinta. Pero a su hija la protegen las leyes, pero debe ser, en mi modesta opinión, la que debe EXIGIR que se cumplan.
Gracias por el debate.
23/05/2012 19:25
En cuanto a sarapiki. La realidad es que en una reunión de jueces se ha dicho que se puede pedir, HAY QUE PEDIRLO, que si entra un novio o pareja en casa ocupada, mayoritariamente son las mujeres, las mamás ,las que se quedan con el uso de la vivienda y los niños, que la mamá perdería el uso de la vivienda. Es decir, que eso de rehacer la vida, fabuloso, pero no en la vivienda de la que tiene sólo el uso, y cuya propiedad puede ser compartida o del papá de los niños.
No, si nadie impide nuevos amores, pero no en la casa de la que normalmente se ha exigido expulsar a un papá.
En estos foros hay muchas denuncias de que la mamá ha metido al novio a casa del papá que fue expulsado, de la cual tiene parte de la propiedad o la propiedad entera.
Sólo digo eso, amores y rehacer la vida, fabuloso, felicitaciones, pero no en la casa de la cual se tiene el uso. ¿ Me he explicado bien ?. Si no lo he conseguido, pues lo siento.
23/05/2012 19:57
no tiene que disculparse de nada, no me he sentido ofendida en ningun momento, no se preocupe.

se de sobra que las leyes "protegen" a mi hija en cuanto a pension se refiere, pero aqui, como en otros muchos casos, supongo que hay que ver "los intereses" de cada uno/a.
a mi no me merece la pena que un desconocido se lleve a una niña de 5 años que no quiere, por un puñado de euros. y digo esto por que en mi caso, el padre me amenazó de que en el momento que lo denunciase por la pension, vendria por la niña.
aparte de esto, como ya he dicho, se trata de una cuestion de principios, afortunadamente, yo puedo criar a mi hija sin ayuda de su padre, y si algun dia necesito ayuda, acudieré a mis padres, mi hermano, mis amigas...pero jamas a el.
yo considero, que si alguien no quiere ser padre, o madre, está en su derecho, que deje al resto del mundo ser feliz.

referente a mi caso cuando me separé. mi abogado me propuso pedir una compensatoria, pero yo me negué, el motivo??el mismo de antes, no quiero a mi lado un tipo que no quiere a mi hija, y mucho menos que me mantenga.
como ya he dicho, el se lo llevó todo(dinero de la cuenta bancaria incluido). quizas yo actué demasiado pasiva, pero es lo que sentia, y siento aun hoy, el tiempo me esta dando la razon, de que no me equivoque.
23/05/2012 20:26
El problema del piso no es que alguien no pueda rehacer su vida ,el problema del piso es más complejo ,y lo digo ,porque he visto muchos casos no ,ni uno, ni dos,ni tres.
El piso es un dardo envenenado,si no se tiene suficiente cabeza.
He visto y echado a mujeres de la casa de sus ex ,con 55,60 o más años.Y he visto como lloraban estas mujeres,porque no tenian donde ir.
Muchas veces no nos damos cuenta ,pero los niños crecen mucho más rápido de lo que nos pensamos,y siempre llega un momento que quien está ocupando una vivienda que no le pertenece tendrá que salir de ella .
24/05/2012 12:19
En efecto, hay situaciones muy duras, pero es porque el estado no quiere que se reflexione, al ejercer el derecho a divorciarse, y digo derecho porque así se contempla en la ley, ya que a partir de los tres años de contraído matrimonio, no hace falta justificarlo.
Pero como eso no se quiere ver, y no quiere que se reflexione, pues luego hay dramas.
Con mucha alegría los políticos "empujan" a las mujeres a denunciar, y, ojo, se respeta, pero es que la libertad que contempla la ley, es de libro, la realidad de muchos hombres y mujeres es que el divorcio, independientemente de quien lo pida, es un gran drama social.
Si, lloran las mujeres, pero cuando se "expulsa" a un padre del domicilio familiar nadie echa una lagrimita. Ningún juez pregunta dónde va a dormir, y si tiene dinero.
Un jubilado me dijo que pasó varios días sobre cartones, para dormir, y era verano. Luego fue absuelto.
Por tanto, menos reflexionar sobre leyes: interés superior del menor, parte más desfavorecida....y ver las cosas de frente.
Todos a la ruina.
Y un abogado no defiende contra la pobreza, y lo impone el estado para no estar en rebeldía procesal.
24/05/2012 12:20
Perdón, ponía que a partir de los tres años no hace falta justificar el matrimonio. Es a partir de los tres meses.
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18/05/2012 13:29

VIVIENDA FAMILIAR
Los señores políticos, en temas de problemas de pareja, venden la rapidez: expulsar, normalmente, al esposo y padre, del domicilio familiar. Bueno, viene en el Código Civil, en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y hasta en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ahora bien, nadie olvide que, salvo que la vivienda sea de madre, o de la familia de la madre, u otros casos, se puede considerar que esa vivienda familiar no es para rehacer la vida, es decir, vivir en la misma con otra persona, en plan de pareja.
Y sobre este tema, esto es lo que los señores jueces de familia reflexionaron en las JORNADAS JUECES DE FAMILIA 1, 2 Y 3 DE MARZO 2011.

c) No existe obstáculo para la aprobación de cláusulas contractuales incluidas en el convenio regulador por las que se establezca la extinción del derecho de uso por la convivencia marital del titular del derecho con una tercera persona en el domicilio familiar.

d) En caso de no haberse pactado en el convenio la extinción del derecho de uso por tal circunstancia, podrá solicitarse y obtenerse dicha medida a través del proceso de modificación de medidas, al considerar que la unidad familiar a cuyo favor se hizo la atribución del uso ha quedado sustancialmente alterada en su composición, dando lugar a una nueva unidad familiar, generándose una desafectación de la vivienda familiar respecto del uso inicialmente atribuido
PENSIÓN COMPENSATORIA
Ahora veamos el caso de las pensiones compensatorias, que con tanta alegría se exigen¿ Qué tal si se exigiera que se ponga en todas las sentencias y convenios Porque se exigen con razonamientos, pero me temo que nadie quiere calibrar la limitación que “impone” para nuevas relaciones amorosas:
“Código Civil - Artículo 101.
El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.
El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor. No obstante, los herederos de éste podrán solicitar del Juez la reducción o supresión de aquélla, si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a sus derechos en la legítima.”
Y es curioso, esa limitación amorosa, puede durar hasta después de la muerte del esposo.
Hablando claro, las pensiones compensatorias van contra intereses económicos de esposos, pero también contra intereses económicos de los hijos, en este pais que va a los SEIS MILLONES DE PARADOS, pero impone limitaciones “amorosas” a la mujer. ¿ Estamos todos informados, tanto hombres como mujeres ?.
Por supuesto, la vivienda familiar es, en muchos casos, la fonda del tío Pepe, y las pensiones compensatorias no están impidiendo relaciones amorosas, pero en fraude de ley. ¿ O no es así ?.


18/05/2012 16:32
buen articulo.

la verdad es que yo tengo una forma muy positiva de afrontar la vida y de ver las cosas, y no me gusta complicarmela en exceso:

si la vivienda es de ambos,se vende y punto. o una de las partes compra su parte a la otra.

respecto a lo de las pensiones compensatorias...bueno me imagino que habria que ver cada caso, pero es un concepto que de entrada no me gusta nada.

cada uno que se gane la vida como mejor pueda. a todos nos gusta que nso regalen las cosas, pero la realidad es muy distinta. a trabajar que da mucha salud.
18/05/2012 16:46
Yo renuncié a mi pensión compensatoria... tengo dos manos para trabajar y dar de comer a mi hijo. Ya por orgullo propio no me entra en la cabeza ser una mantenida de alguien con la que sentimentalmente no comparto nada. Es mi punto de vista habrá de todos los colores.
Me imagino si hubiera obrado yo al contrario pensión del ex marido y sueldo de nueva pareja.... asi cualquiera!!! La pensión compensatoria en el momento que una se pone a trabajar con contrato y alta en la seguridad social bye bye!! Se saca mas trabajando... pagas dobles, vacaciones pagadas, devoluciones en la renta... para mi no compensa nada pero nada vivir de la compensatoria..... eso no cotiza... piensen! Algún dia se querrán jubilar pero eso no cotiza, si te la dejan de pasar por que el ex está en paro.... la mujer no va a ir al paro a cobrar de ahí por que se le ha acabado la paguita.... etc etc.
18/05/2012 17:11
Por otra parte.... todo parece orientado a parejas jovenes activas y con posibilidades para entrar en el mercado laboral (que tengamos en cuenta como está el panorama)... pero hay matrimonios que deciden separarse a unas edades tardias.... una señora 50-60 años que se ha dedicado a limpiar su casa y criar hijos no sería justo?
22/05/2012 20:29
Contestando a nube 123.

El gran problema, en muchos casos, es que hay problemas sociales muy importantes. Y aunque sus ideas son maravillosas, la verdad es que los señores políticos, los que han llevado a este país a la ruina y a la desesperación, de todas siglas y pretendidas ideas, venden a la mujer casada su DERECHO de expulsar del domicilio familiar al marido. Sí, eso es lo que leen de las leyes que no quieren cambiar. Y eso viene tanto en el Código Civil, como en la Ley de Enjuiciamiento Civil, e incluso en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, como ya indicaba.
Me extraña, por tanto, que desconozca ese tema. Tal como indico, por lo que me temo que está en una nube que no quiere ver una realidad real, la expulsión de uno de los dos padres del domicilio familiar, predicado, vendido, sugerido, recomendado…..y aplicado. Normalmente, el esposo y padre. Utilizo el término esposo, aunque ahora hablan de cónyuges, pues el matrimonio, ahora, no es necesariamente, entre hombre y mujer.
¿ Y si una parte no quiere comprar la vivienda, o no puede, o ahora se vende mal ?. Bueno, eso es lo que hay.
En cuanto a las pensiones compensatorias, pues hay casi SEIS MILLONES DE PERSONAS PARADAS, y entre DOS A TRES MILLONES DE MUJERES EN PARO. Y los mismos señores políticos pues venden lo de la pensión compensatoria. Si fuera fácil encontrar un trabajo, pues el tema sería distinto. Nadie olvide que los jueces toman decisiones en un determinado momento, y si cambian las circunstancias, pues otra vez con abogado y procurador, y otro pleito.
Gracias por sus bonitas ideas, pero alguien decía que en cosas del pan, como hermanos, pero con el dinero como gitanos.
Y normalmente cuando hay problemas sociales nadie que tenga problemas sociales piensa en comprar o vender la vivienda, o en lo del trabajo, y eso está muy mal.
Gracias, de nuevo.
22/05/2012 20:37
Contestando a auga.

Bueno, en efecto, hay parejas que se separan en edades tardías, a partir de los 50 años, por ejemplo.
Bueno, pues si crió hijos, ¿ qué tal si los hijos echaran una mano ?. Esos problemas, serían menos si se repartieran entre el posible esposo obligado a pagar una posible pensión compensatoria y los hijos, a los que la mamá dedicó su juventud. Pero, eso lo debieran proponer los señores políticos.
Ahora bien, independientemente de los planteamientos presentados, tanto por Ud., como por nube 123, el tema de fondo no es ese, en principio, sino, rotundamente, la persona que ocupe vivienda familiar de la cual se ha expulsado al otro cónyuge no puede rehacer su vida sentimental en ese domicilio. Creo que eso debe quedar claro.
Y en cuanto a lo de la pensión compensatoria, pues la que se divorcie con 50 años por ejemplo, tiene que elegir entre tener una nueva relación amorosa y cobrar la pensión compensatoria.
En definitiva, no es tanto de si es correcto o no expulsar a alguien del domicilio familiar, o tener derecho a una pensión compensatoria, no, el tema expuesto es que esa vivienda familiar no se puede utilizar para “rehacer la vida con otra persona”, y lo mismo con las pensiones compensatorias, si se rehace la vida con otra persona, pues se pierde el derecho a la pensión compensatoria.
Hablando claro, son limitaciones a la vida personal de esas personas que expulsaron al esposo y padre del domicilio familiar o tienen una pensión compensatoria porque hay cerca de SEIS MILLONES DE PERSONAS EN PARO, problema que no provocan los esposos y padres que son expulsados del domicilio familiar, del cual son propietarios, en todo o en parte.
Y, por favor, que nadie hable que es a favor del INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR.
Expulsiones puras y duras, pero limitaciones legales a la utilización del domicilio familiar, o si tienes nueva pareja no debes cobrar pensión alguna del anterior marido.
23/05/2012 09:06
Yo no veo para nada una limitacion a la vida personal de las mujeres... perfectamente pueden volver a tener pareja (a mi eso de rehacer la vida por tener pareja me hace mucha gracia, si uno no saber reahacer su vida solo, mal asunto, pero en fin, ese es otro tema), simplemente, si tienen pareja, pierden una serie de privilegios... pasa igual con la pensiones de viudedad; si el beneficiario de una pension de viudedad (y no olvidemos que tambien los hombres las cobran) contrae nuevo matrimonio, pierde esa penson.
23/05/2012 09:34
contestando a fereto:

no desconozco ese tema. se de sobra como van las leyes, injustas por naturaleza, aunque no solo para el hombre, en mi caso, divorciada con una hija de 5 años que lleva 4 sin ver a su padre ni pasar pension, las leyes lo amparan porque es "su padre biologico".

claro que las personas pueden acogerse a las leyes, pero tambien pueden no hacerlo. y segun su refran "en cosas del pan, como hermanos, pero con el dinero como gitanos.", bueno, no creo que todo el mundo actue asi. yo prefiero actuar por principios, o incluso por amor propio.
renuncié a la compensatoria, le dejé el coche para el, pues lo compró de su dinero, viviamos de alquiler por lo que cada uno tiró para un lado, y los muebles , que fueron comprados en conjunto, se los llevó el. el motivo???no me merece la pena entrar en conflicto con una persona que no lo merece. yo me llevé lo unico que me importaba y tenia claro que no iba a dejar:mi hija, la cual, por cierto, el no quiso.

asi que quizas quien viva en una nube sea usted, por que ya ve, no todos los casos son iguales.


23/05/2012 19:20
Veo que en su caso, nube 123, no había bienes inmobiliarios, ni pensión compensatoria, por tanto, hay lo que hay.
Respeto su decisiones, pero, en cuanto a los hijos, son de los dos. ¿ Por qué no una CUSTODIA COMPARTIDA ?.
Eso de cambiar bienes, aunque no sean muchos, por una niña.
Me opongo a que alguien no se ocupe de su hijo, ni contribuya a sus gastos.
Tenga en cuenta que las leyes son interpretables, y son las mismas para gente en paro que para supermillonarios.
Perdone, si he ofendido, por igualar el nombre que Ud. utiliza con estar en las nubes. Reitero acepte mis disculpas.
En cuanto a si el padre no pasa lo que pueda estar acordado o decidido por pensión a la hija de ambos, eso es un delito que Ud. puede pedir que se juzgue y condene, o pedirlo por lo civil, que pague la pensión, y con embargo de bienes o sueldos.
Ésas son las leyes, puede utilizarlas.
Cada caso es una historia distinta. Pero a su hija la protegen las leyes, pero debe ser, en mi modesta opinión, la que debe EXIGIR que se cumplan.
Gracias por el debate.
23/05/2012 19:25
En cuanto a sarapiki. La realidad es que en una reunión de jueces se ha dicho que se puede pedir, HAY QUE PEDIRLO, que si entra un novio o pareja en casa ocupada, mayoritariamente son las mujeres, las mamás ,las que se quedan con el uso de la vivienda y los niños, que la mamá perdería el uso de la vivienda. Es decir, que eso de rehacer la vida, fabuloso, pero no en la vivienda de la que tiene sólo el uso, y cuya propiedad puede ser compartida o del papá de los niños.
No, si nadie impide nuevos amores, pero no en la casa de la que normalmente se ha exigido expulsar a un papá.
En estos foros hay muchas denuncias de que la mamá ha metido al novio a casa del papá que fue expulsado, de la cual tiene parte de la propiedad o la propiedad entera.
Sólo digo eso, amores y rehacer la vida, fabuloso, felicitaciones, pero no en la casa de la cual se tiene el uso. ¿ Me he explicado bien ?. Si no lo he conseguido, pues lo siento.
23/05/2012 19:57
no tiene que disculparse de nada, no me he sentido ofendida en ningun momento, no se preocupe.

se de sobra que las leyes "protegen" a mi hija en cuanto a pension se refiere, pero aqui, como en otros muchos casos, supongo que hay que ver "los intereses" de cada uno/a.
a mi no me merece la pena que un desconocido se lleve a una niña de 5 años que no quiere, por un puñado de euros. y digo esto por que en mi caso, el padre me amenazó de que en el momento que lo denunciase por la pension, vendria por la niña.
aparte de esto, como ya he dicho, se trata de una cuestion de principios, afortunadamente, yo puedo criar a mi hija sin ayuda de su padre, y si algun dia necesito ayuda, acudieré a mis padres, mi hermano, mis amigas...pero jamas a el.
yo considero, que si alguien no quiere ser padre, o madre, está en su derecho, que deje al resto del mundo ser feliz.

referente a mi caso cuando me separé. mi abogado me propuso pedir una compensatoria, pero yo me negué, el motivo??el mismo de antes, no quiero a mi lado un tipo que no quiere a mi hija, y mucho menos que me mantenga.
como ya he dicho, el se lo llevó todo(dinero de la cuenta bancaria incluido). quizas yo actué demasiado pasiva, pero es lo que sentia, y siento aun hoy, el tiempo me esta dando la razon, de que no me equivoque.
23/05/2012 20:26
El problema del piso no es que alguien no pueda rehacer su vida ,el problema del piso es más complejo ,y lo digo ,porque he visto muchos casos no ,ni uno, ni dos,ni tres.
El piso es un dardo envenenado,si no se tiene suficiente cabeza.
He visto y echado a mujeres de la casa de sus ex ,con 55,60 o más años.Y he visto como lloraban estas mujeres,porque no tenian donde ir.
Muchas veces no nos damos cuenta ,pero los niños crecen mucho más rápido de lo que nos pensamos,y siempre llega un momento que quien está ocupando una vivienda que no le pertenece tendrá que salir de ella .
24/05/2012 12:19
En efecto, hay situaciones muy duras, pero es porque el estado no quiere que se reflexione, al ejercer el derecho a divorciarse, y digo derecho porque así se contempla en la ley, ya que a partir de los tres años de contraído matrimonio, no hace falta justificarlo.
Pero como eso no se quiere ver, y no quiere que se reflexione, pues luego hay dramas.
Con mucha alegría los políticos "empujan" a las mujeres a denunciar, y, ojo, se respeta, pero es que la libertad que contempla la ley, es de libro, la realidad de muchos hombres y mujeres es que el divorcio, independientemente de quien lo pida, es un gran drama social.
Si, lloran las mujeres, pero cuando se "expulsa" a un padre del domicilio familiar nadie echa una lagrimita. Ningún juez pregunta dónde va a dormir, y si tiene dinero.
Un jubilado me dijo que pasó varios días sobre cartones, para dormir, y era verano. Luego fue absuelto.
Por tanto, menos reflexionar sobre leyes: interés superior del menor, parte más desfavorecida....y ver las cosas de frente.
Todos a la ruina.
Y un abogado no defiende contra la pobreza, y lo impone el estado para no estar en rebeldía procesal.
24/05/2012 12:20
Perdón, ponía que a partir de los tres años no hace falta justificar el matrimonio. Es a partir de los tres meses.