Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

uso privativo de una zona comun

3 Comentarios
 
Uso privativo de una zona comun
08/05/2009 19:47
Buenas tardes.
Quisiera , si es posible que alguien me explicara que es exactamente "hacer un uso privativo de una zona común".
Llevo viviendo en una casa con jardin toda mi vida, era de mis padres y ahora es mia y de mis hermanos, de repente formamos una comunidad de vecinos y resulta que lo que toda la vida hicimos, eso es tomar el sol en el jardin, hacer barbacoas, etc, pues resulta que ahora se prohibe porque según ellos es hacer un uso privativo de una zona comun. ¿Es esto legal? Una actividad que se hizo desde mucho antes de existir comunidad se puede prohibir ahora, debo decir que en la escritura y bajo el enunciado ESTATUTO JURIDICO DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL no pone ninguna prohibición al respecto.
Muchas gracias.
08/05/2009 20:27
Pero, ¿como una una casa que no formaba parte de una Comunidad, ha pasado despues a formar parte de la misma?.
¿Hay una División Horizontal que describa cuales son las zonas comunes, las zonas privativas y las zonas de uso privativo?.
08/05/2009 21:24
Gracias Acriton por tu pronta respuesta.
Pues era una casa familiar, de mis padres, en la cual hacíamos una vida más o menos normal, con una convivencia más o menos normal, me imagino que como en cualquier familia, a la muerte de mis padres hemos heredado los hijos y unos años después de heredar y debido a supuestas desavenencias se ha creado una comunidad de vecinos o de propietarios.
En esa casa siempre hemos convivido más o menos sin problemas, repito como en cualquier familia, con las disputas lógicas entre hermanos y entre hijos y padres, en el jardín hemos realizado todos barbacoas, fiestas, jugado al balón, tomado el sol, en fin lo que cualquiera realiza cuando su casa tiene jardín o patio, yo concretamente desde el principio cuando era la casa de mis padres he tenido conejos y gallinas, , sin que nunca hubiera existido problema alguno.
Pues desde que se ha creado la famosa comunidad a mi no me autorizan a tener mis animales porque dicen que hago un "uso privativo de una zona común" y a mis hijos no se les permite jugar en el jardín con casitas de lona o similares o hacer barbacoas por el mismo motivo, "hacer uso privativo de elemento común".
¿Es esto legal? En lo que yo entiendo que son los estatutos de la propiedad no pone restricción alguna a nada, simplemente menciona lo que son elementos comunes, pero nada más.
Muchas gracias.
10/05/2009 19:03
Por lo que yo entiendo de un uso privativo de un elemento comun por poner un ejemplo, Yo vivía antes en una finca de 6 alturas, en la cual teníamos solo 6 viviendas una por altura, a cada vivienda le correspondía un rellano de escalera, pues un uso privativo de un elemento común seria, que algún propietario usara su rellano como si fuese una terracita, un almacén o un trasterito. Eso sería para mi opinión lo que tú expones
Ahora bien si tú tienes una parcela, o un jardín, que pueda ser comunitario pero que solo tienes acceso tu a él desde tu vivienda, puedes hacer la actividad que quieras, jugar, tomar el sol…etc. Lo único que pasaría es que cualquier vecino tendría el mismo derecho que tu, pero claro como no podrían acceder a dicho jardín si no es pasando por tu propiedad si tu no quisieras ellos no podrían hacer nada.
Pero eso de que haces uso privativo de un elemento común, no es así, ya que tú no te niegas a que nadie pueda hacer nada en el jardín, solo que te niegas a que accedan desde tu vivienda.
uso privativo de una zona comun | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

uso privativo de una zona comun

3 Comentarios
 
Uso privativo de una zona comun
08/05/2009 19:47
Buenas tardes.
Quisiera , si es posible que alguien me explicara que es exactamente "hacer un uso privativo de una zona común".
Llevo viviendo en una casa con jardin toda mi vida, era de mis padres y ahora es mia y de mis hermanos, de repente formamos una comunidad de vecinos y resulta que lo que toda la vida hicimos, eso es tomar el sol en el jardin, hacer barbacoas, etc, pues resulta que ahora se prohibe porque según ellos es hacer un uso privativo de una zona comun. ¿Es esto legal? Una actividad que se hizo desde mucho antes de existir comunidad se puede prohibir ahora, debo decir que en la escritura y bajo el enunciado ESTATUTO JURIDICO DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL no pone ninguna prohibición al respecto.
Muchas gracias.
08/05/2009 20:27
Pero, ¿como una una casa que no formaba parte de una Comunidad, ha pasado despues a formar parte de la misma?.
¿Hay una División Horizontal que describa cuales son las zonas comunes, las zonas privativas y las zonas de uso privativo?.
08/05/2009 21:24
Gracias Acriton por tu pronta respuesta.
Pues era una casa familiar, de mis padres, en la cual hacíamos una vida más o menos normal, con una convivencia más o menos normal, me imagino que como en cualquier familia, a la muerte de mis padres hemos heredado los hijos y unos años después de heredar y debido a supuestas desavenencias se ha creado una comunidad de vecinos o de propietarios.
En esa casa siempre hemos convivido más o menos sin problemas, repito como en cualquier familia, con las disputas lógicas entre hermanos y entre hijos y padres, en el jardín hemos realizado todos barbacoas, fiestas, jugado al balón, tomado el sol, en fin lo que cualquiera realiza cuando su casa tiene jardín o patio, yo concretamente desde el principio cuando era la casa de mis padres he tenido conejos y gallinas, , sin que nunca hubiera existido problema alguno.
Pues desde que se ha creado la famosa comunidad a mi no me autorizan a tener mis animales porque dicen que hago un "uso privativo de una zona común" y a mis hijos no se les permite jugar en el jardín con casitas de lona o similares o hacer barbacoas por el mismo motivo, "hacer uso privativo de elemento común".
¿Es esto legal? En lo que yo entiendo que son los estatutos de la propiedad no pone restricción alguna a nada, simplemente menciona lo que son elementos comunes, pero nada más.
Muchas gracias.
10/05/2009 19:03
Por lo que yo entiendo de un uso privativo de un elemento comun por poner un ejemplo, Yo vivía antes en una finca de 6 alturas, en la cual teníamos solo 6 viviendas una por altura, a cada vivienda le correspondía un rellano de escalera, pues un uso privativo de un elemento común seria, que algún propietario usara su rellano como si fuese una terracita, un almacén o un trasterito. Eso sería para mi opinión lo que tú expones
Ahora bien si tú tienes una parcela, o un jardín, que pueda ser comunitario pero que solo tienes acceso tu a él desde tu vivienda, puedes hacer la actividad que quieras, jugar, tomar el sol…etc. Lo único que pasaría es que cualquier vecino tendría el mismo derecho que tu, pero claro como no podrían acceder a dicho jardín si no es pasando por tu propiedad si tu no quisieras ellos no podrían hacer nada.
Pero eso de que haces uso privativo de un elemento común, no es así, ya que tú no te niegas a que nadie pueda hacer nada en el jardín, solo que te niegas a que accedan desde tu vivienda.