Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Uso y disfrute de Terraza en Ático

2 Comentarios
 
16/01/2011 07:36
Hola Jose Ignacio :
Le comento, usted parece tener todo en regla en los registros en cuanto a la titularidad y uso de la terraza, que ya es mucho.
Hay antecedentes de que la terraza antes que usted fuera su actual propietario, ya tuvo problemas de gotera, la que actualmente causa problemas a su vecino, y parece estar localizado en un lugar concreto.
La comunidad lo soluciono, pero sigue dando problemas, lo cual indica, por una parte si se pusieron a arreglarlo tienen claro que la responsabilidad de arreglo de averia es de ellos, sino no se hubieran hecho cargo, pero no lo han solucionado bien, porque sigue dando gotera, la responsabilidad sigue siendo de la comunidad, pues es un elemento comun, de mantenimiento comunitario, usted es responsable de su limpieza y de su mantenimiento en cuestion de materiales, osea, que por un uso negligente no cause problemas en su estructura, pero la negligencia hay que demostrarla, por un uso normal de la terraza no es imputable a su persona la negligencia, el propietario del anterior piso ha pecado en la venta del piso por esconder un defecto de forma, y aunque no es imputable a su comunidad, tambien es cierto la que comunidad seguro que sabian que el piso estaba en venta y que anteriormente habia tenido problemas de gotera.
Yo tuve un caso parecido en el año 2000, en un atico 13, con terraza de unos 40 metros cuadrados, que para mas inri, esta terraza se habia construido con posterioridad a la antiguedad primaria del edificio, realmente su construccion en sus inicios no fue muy legal, y cuando yo lo compre tampoco me informaron que habia estado dando problemas de humedad en el piso 12, posteriormente la vecina de abajo que quiso encasquetar el problema, que es cuando me entere de que con los propietarios anteriores, y me plantee solucionar yo el problema pagando de mi bolsillo una nueva capa asfaltica de calidad, pero llame el perito de mi seguro, que localizo la gotera, situandola mirando tanto mi piso como el de abajo, la comunidad no esaba por la labor, y me estuve asesorando, yo no habia construido la terraza, pero era responsable subsidiaria, pero como hacia 12 años que se habia construido, habia prescrito, con lo que no se me podia imputar a mi, y la comunidad tuvo que solucionar el problema, creo personalmente que su comunidad no puede clausurar su terraza, en ningun caso, usted puede demandarles en todo caso porque su arreglo es de responsabilidad comunitaria, y el vecino de abajo tampoco tiene que sufrir humedades.
Espero le salga bien.
16/01/2011 00:22
Jose Ignacio, yo tengo un problema parecido con mi terraza y como veo que esto paso ya hace años, me gustaría saber como se solucionó. Mi comunidad tambien quiere que yo pague la impermeabilización de mi terraza.
Muchas gracias por adelantado
Uso y disfrute de terraza en ático
14/03/2003 12:36
Acabo de comprar un piso ático con una terraza que es la cubierta del resto del edificio y sólo accesible desde mi vivienda. En concreto en las Normas de Comunidad registradas aparece. "La titularidad del dominio del piso tercero ático, lleva inherente la facultad de usar a perpetuidad toda la zona de terrazas localizada en dicha planta, y ello de forma gratuita y con la sola obligación de atender su limpieza y conservación".
El propietario de uno de los dos pisos de la planta inmediata inferior me ha enseñado una marca en el techo de su vivienda producida por una gotera, aparentemente procedente de la terraza de la que soy usufructuario.
En reciente junta monográfica de la comunidad me han informado que la última reparación se hizo hace 3 meses y por cuenta de la comunidad pero que no parece resuelta la avería y proponen una reparación total de la terraza (120 metros).
En la misma junta me plantean que es probable que la responsabilidad de los gastos no sean de la comunidad sino de la propiedad del ático (actualmente mío). Dicen que anteriormente no lo habían podido aclarar porque el anterior propietario a partir de un momento adoptó la postura de que si querían que él se hiciera cargo de los gastos que le denunciaran. Por otro lado nadie me ha dicho que se hiciera un mal uso de la terraza.
La ayuda que solicito es para poder responder a la comunidad de la forma más vinculante posible de una vez por todas:
- Aclarando los derechos y obligaciones míos y de la comunidad en relación con el uso y servidumbres, así como de la responsabilidad del gasto.
- Dado que en las Normas de Comunidad se indica que debo responder a "... la sola obligación de atender su limpieza y conservación", aclarar lo de "atender su conservación" en qué se debe materializar.
-¿Podría la comunidad decidir obras aunque no estén plenamente justificadas? Por ejemplo, algunos comentarios que se hicieron en la junta: levantar toda la terraza esgrimiendo la búsqueda de la solución definitiva, aún cuando la avería parece estar localizada en un punto. O decidir asfaltar el suelo de la terraza con capa de producto aislante, sin ocuparse del resultado estético. O proceder al cierre de la terraza.
- Puesto que la avería ya existía cuando compré y no se me había avisado ¿debería tomar alguna medida de defensa jurídica?
- ¿Existe alguna entidad que pueda/deba dar una respuesta vinculante a estas dudas?
- ¿Sería suficiente con jurisprudencia?
Gracias.
Uso y disfrute de Terraza en Ático | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Uso y disfrute de Terraza en Ático

2 Comentarios
 
16/01/2011 07:36
Hola Jose Ignacio :
Le comento, usted parece tener todo en regla en los registros en cuanto a la titularidad y uso de la terraza, que ya es mucho.
Hay antecedentes de que la terraza antes que usted fuera su actual propietario, ya tuvo problemas de gotera, la que actualmente causa problemas a su vecino, y parece estar localizado en un lugar concreto.
La comunidad lo soluciono, pero sigue dando problemas, lo cual indica, por una parte si se pusieron a arreglarlo tienen claro que la responsabilidad de arreglo de averia es de ellos, sino no se hubieran hecho cargo, pero no lo han solucionado bien, porque sigue dando gotera, la responsabilidad sigue siendo de la comunidad, pues es un elemento comun, de mantenimiento comunitario, usted es responsable de su limpieza y de su mantenimiento en cuestion de materiales, osea, que por un uso negligente no cause problemas en su estructura, pero la negligencia hay que demostrarla, por un uso normal de la terraza no es imputable a su persona la negligencia, el propietario del anterior piso ha pecado en la venta del piso por esconder un defecto de forma, y aunque no es imputable a su comunidad, tambien es cierto la que comunidad seguro que sabian que el piso estaba en venta y que anteriormente habia tenido problemas de gotera.
Yo tuve un caso parecido en el año 2000, en un atico 13, con terraza de unos 40 metros cuadrados, que para mas inri, esta terraza se habia construido con posterioridad a la antiguedad primaria del edificio, realmente su construccion en sus inicios no fue muy legal, y cuando yo lo compre tampoco me informaron que habia estado dando problemas de humedad en el piso 12, posteriormente la vecina de abajo que quiso encasquetar el problema, que es cuando me entere de que con los propietarios anteriores, y me plantee solucionar yo el problema pagando de mi bolsillo una nueva capa asfaltica de calidad, pero llame el perito de mi seguro, que localizo la gotera, situandola mirando tanto mi piso como el de abajo, la comunidad no esaba por la labor, y me estuve asesorando, yo no habia construido la terraza, pero era responsable subsidiaria, pero como hacia 12 años que se habia construido, habia prescrito, con lo que no se me podia imputar a mi, y la comunidad tuvo que solucionar el problema, creo personalmente que su comunidad no puede clausurar su terraza, en ningun caso, usted puede demandarles en todo caso porque su arreglo es de responsabilidad comunitaria, y el vecino de abajo tampoco tiene que sufrir humedades.
Espero le salga bien.
16/01/2011 00:22
Jose Ignacio, yo tengo un problema parecido con mi terraza y como veo que esto paso ya hace años, me gustaría saber como se solucionó. Mi comunidad tambien quiere que yo pague la impermeabilización de mi terraza.
Muchas gracias por adelantado
Uso y disfrute de terraza en ático
14/03/2003 12:36
Acabo de comprar un piso ático con una terraza que es la cubierta del resto del edificio y sólo accesible desde mi vivienda. En concreto en las Normas de Comunidad registradas aparece. "La titularidad del dominio del piso tercero ático, lleva inherente la facultad de usar a perpetuidad toda la zona de terrazas localizada en dicha planta, y ello de forma gratuita y con la sola obligación de atender su limpieza y conservación".
El propietario de uno de los dos pisos de la planta inmediata inferior me ha enseñado una marca en el techo de su vivienda producida por una gotera, aparentemente procedente de la terraza de la que soy usufructuario.
En reciente junta monográfica de la comunidad me han informado que la última reparación se hizo hace 3 meses y por cuenta de la comunidad pero que no parece resuelta la avería y proponen una reparación total de la terraza (120 metros).
En la misma junta me plantean que es probable que la responsabilidad de los gastos no sean de la comunidad sino de la propiedad del ático (actualmente mío). Dicen que anteriormente no lo habían podido aclarar porque el anterior propietario a partir de un momento adoptó la postura de que si querían que él se hiciera cargo de los gastos que le denunciaran. Por otro lado nadie me ha dicho que se hiciera un mal uso de la terraza.
La ayuda que solicito es para poder responder a la comunidad de la forma más vinculante posible de una vez por todas:
- Aclarando los derechos y obligaciones míos y de la comunidad en relación con el uso y servidumbres, así como de la responsabilidad del gasto.
- Dado que en las Normas de Comunidad se indica que debo responder a "... la sola obligación de atender su limpieza y conservación", aclarar lo de "atender su conservación" en qué se debe materializar.
-¿Podría la comunidad decidir obras aunque no estén plenamente justificadas? Por ejemplo, algunos comentarios que se hicieron en la junta: levantar toda la terraza esgrimiendo la búsqueda de la solución definitiva, aún cuando la avería parece estar localizada en un punto. O decidir asfaltar el suelo de la terraza con capa de producto aislante, sin ocuparse del resultado estético. O proceder al cierre de la terraza.
- Puesto que la avería ya existía cuando compré y no se me había avisado ¿debería tomar alguna medida de defensa jurídica?
- ¿Existe alguna entidad que pueda/deba dar una respuesta vinculante a estas dudas?
- ¿Sería suficiente con jurisprudencia?
Gracias.