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Uso y disfrute vivienda familiar.

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Uso y disfrute vivienda familiar.
09/09/2006 14:29
Quiero exponer una situación que se me está dando porque quiero salir de la duda y saber si puedo iniciar una "demanda de modificación de medidas" y/o con desahucio de mi ex-esposa de la vivenda.
Mi estado actual es de divorciado.Cuando se dictó la sentencia de separación por demanda concentiosa interpuesta por mí,se fijó en uno de los puntos de aquella que el uso y disfrute de la viivenda correspondia a mi hija -que contaba con 11 años- y a su madre;osea,mi ex-mujer.Pués bién,el tiempo ha pasado y me encuentro con la siguiente situación. En la vivienda viven y conviven las siguientes personas: Mi exmujer,(está cobrando subsidio por desempleo) su pareja de hecho,(desde hace 4 años);mi hija que ya cuenta con 19,(le estoy pasando la pensión alimenticia) y que desde el pasado dia 6 de agosto ya me ha hecho abuelito;osea, que ya tiene una nena y su novio que tiene 20 años y que está trabajando con contrato fijo también convive en el piso.
Si las cuentas no me fallan,conviven DOS PAREJAS formales y un nene.No pagan alquiler,no pagan el IBI, (que lo hago yo) y no pagan la hipotéca, porque la estoy pagando yo...Resulta que el piso se escrituró después de estar divorciados y lo compré yo.Ella se desentendió.
Ahora vienen las dos preguntas:1ª.- Puedo interponer una demanda de modificación de medidas, en el sentido de que mi ex-mujer y su pareja abandonen la vivienda? 2ª.- Puedo solicitar en dicha demanda el cese de la pensión alimenticia formalmente;aunque de "motu propio" le siga pasando a mi hija la cantidad fijada?Les rogaria que me aclararan estas dos cuestiones que se me han planteado.Muchas gracias.
09/09/2006 16:42
Puede.
Puede pedir ahora que su hija es mayor de edad, que el uso y disfrute del piso se le conceda a Vd. en igualdad de condiciones, eso si, deberá estudiarse ingresos de unos y otros.
Puede y debe solicitar la extinción de la pensión alimenticia. Seguir pasando la pensión ya extinguida, me parece peligroso y sentar un precedente.
Debería con toda la documentación de la que disponga, acudir a un abogado que le asesore en función de la misma de las posibilidades o viabilidad del caso.
Todo dependerá de las pruebas de las que disponga, y de cómo suela decantarse el juzgado o su audiencia provincial. POr ello, es mejor que lo consulte cuanto antes.
09/09/2006 17:30
Estimada Patricia: Ante todo,darte las gracias por haber respondido de una forma tan objetiva a mi consulta;me has dado un ápice de esperanza ante la demanda que tenia pensado poner.Te diré que el mismo abogado que me llevó la demanda de separación y de divorcio será el mismo que me lleve esta otra que pienso interponer.Creo que es lo mas sensato;él ya cuenta con toda la información sobre el caso.Te diré que la situación se está dando en Gran Canaria;en el partido judicial de Stª Mª de Guia, (Las Palmas) por lo que será la Audiencia de dicha capital la que en su dia falle;ya que mi ex-mujer es muy dada a recurrrirme -sistemáticamente- todas las sentencias dictadas en primera instancia y que he ganado en segunda, hasta con imposición de costas a ella...
Considero -objetivamente- que es una frescura desorbitada el hecho de que mi ex-mujer conviva con su pareja y mi hija con la suya, en la vivienda que es de mi exclusiva propiedad; y digo exclusiva porque como ya dije en mi primer artículo publicado, ella se desentendió a la hora de poder comprar el piso conmigo...
El lunes próximo -sin mas demora- pienso ir a la consulta de mi abogado y exponerle esta situación del todo rocambolesca, para darle instrucciones al respecto y -después de escucharlo- decirle que inicie la demanda de modificación de medidas.
Espero seguir recibiendo consultas al caso expuesto.Considero que al final seremos todos los beneficiados; de un lado, ustedes -los profesionales del derecho- y del otro, nosotros -los que ofrecemos la causística-
Por el momento,nada mas.Muchas gracias.Atentamente,Juan Manuel.
09/09/2006 17:57
Estimado Juan Manuel:
Si creo que es un abuso la situación que describe. Y si está contento con su abogado, lo más acertado es no cambiar precisamente por lo que dice, él conoce el caso ya. Desconozco cómo está fallando la Audiencia Provincial de su zona, y creo que es una de las razones por las que debe exponerlo a su abogado, él si tendrá acceso a esa información de primera mano, incluso a través de otros compañeros, y éso le facilitará bastante las cosas para decidir si tiene alguna posibilidad o no.
Sólo puedo decirle que en la Audiencia Provincial de Asturias, hay sentencias favorables, pero son muchos los aspectos probatorios que hay que dejar bien atados antes de lanzarse al coso. Mucha suerte.
09/09/2006 18:05
Hola de nuevo,Patricia.Sobre los aspectos probatorios,creo que no tendré problemas;mi ex-suegra, (q.e.p.d.) me decia que temia de mi el hecho de que "me metia en el ojo de una aguja...".Je,je.Tengo acceso a ciertas bases de datos con las que podré demostrar: La pensión que cobra mi ex y cuantia;la empresa donde trabaja su pareja,tiempo llevado en la empresa y cuantia de su sueldo; idem de mi yerno jovencito e idem de mi hija....Hay que tener amigos hasta en el infierno...Yo los tengo en La Administración.Es el mejor sitio...
09/09/2006 18:24
Me encantaria que la colaboradora de la web, Ana Fernández expusiera su opinión y parecer personal sobre el tema expuesto.He leido algunos mensajes publicados por ella y me parecen muy buenos.Afina muchisimo...y de eso se trata.Muchas gracias.Juan Manuel.
09/09/2006 18:44
Alguien me puede decir de qué modo o forma puedo probar -con miras a interponer la demanda de marras- que la pareja de mi ex-mujer convive con ella en el piso, cuando resulta que tanto en el padrón de habitantes,como en las bases de datos de la Agencia Tributaria y otros organismos de La Administración consta en el domicilio de sus padres?Es evidente que mi ex- es algo astuta; sabe perfectamente -porque me conoce- que será solo cuestión de dias...Lo que tarde en amarrar algunas cosas.
09/09/2006 19:28
Conoce si la correspondencia le llega a la pareja de su ex-mujer a su domicilio?, sería tal vez una buena forma de probar que reside en dicho domicilio, o incluso la dirección que tenga en su cuentas bancarias,..., sino me temo que tal vez debería contratar a un detective que probase documental y graficamente dicha convivencia.
Suerte, un saludo.
09/09/2006 19:41
Gracias Elena,por su aportación;es muy estimable.La tendré en cuenta.Juan Manuel.
09/09/2006 21:11
La correspondencia del buzón, ni se le ocurra tocarla y mucho menos, presentarla como documental o se juega un procedimiento penal si lo denuncian o se querellan contra Vd. Lo más seguro es un detective que pruebe que duerme todas las noches ahi, puede acudir como testigo a ratificarse en su informe. Y cuantos testigos tenga dispuestos a declarar, naturalmente.
10/09/2006 01:00
Gracias Patricia.Cierto;me jugaria un supuesto delito contra la intimidad,el derecho a la propia imágen...sic.Art.197.1 del C.P.De todas formas, ni se me habia pasado por la cabeza lo de cogerle del buzón a la pareja de mi ex- su correspondencia para presentarla como prueba.Produciría el efecto "boomerang" y la verdad es que seria contraproducente para mi.Aparte que -por mi profesión- formo parte de un eslabón del sistema en el que estoy para hacer cumplir La Ley,no para incumplirla;sería poco ético por mi parte...
Tendré que emplear el único medio de prueba que me queda;que no es otro que el de valerme de los servicios de un profesional al efecto, como bien me indicaste en tu articulo.Así las cosas, solo me queda ser paciente y esperar...
10/09/2006 16:20
Hola Patricia.Se me antoja una pregunta relacionada con el momento en el que se interpone la demanda;cuando se materializa por la acción de presentarla en el juzgado.Es aconsejable o no "informar" o poner en sobreaviso a la otra parte de mis intenciones?En todo caso,entiendo que lo lógico seria contratar primero al detective para que pudiera probar que el sujeto pernocta y vive en el piso;de lo contrario, levantaria la liebre y se iria todo al traste.El susodicho cambiaria hasta de hábitos y costumbres al conocer mis intenciones...No crées?
10/09/2006 16:55
No, los delitos son de violación del derecho a la intimidad y de violación de la correspondencia.

Yo primero, me haría con las pruebas, y luego, plantearía la demanda, y si como apuntas no hay posibilidad de acuerdo previo ¿para qué avisas? Sin perjuicio de que hasta que se dicte sentencia, es posible siempre llegar al acuerdo (transacción judicial) y pedir que éste se homologue por el juez (luego, se puede ejecutar si se incumple). Vamos a ser consecuentes. Aqui de lo que se trata, es de una extinción porque no ha habido posibilidad de acuerdo y por lo que apuntas, una cara dura impresionante ... por tanto, por pura estrategia procesal, yo plantearía el acuerdo iniciado el procedimiento para no dar tiempo a crear una situación aparente para así evitar la extinción.

Cuanto más calladito estés, más posibilidades tendrás. Primero, las pruebas, sin ellas ... no hay nada que hacer.
10/09/2006 17:11
Ja,ja,ja,ja.Me has hecho reir con lo de "una cara dura impresionante..."Si,es asi;lo peor de todo es que mi propia hija también lo está copiando de su madre y,si la dejo, es capaz que me deja el piso cuando pase a la situación de reserva.Je,je.Como ya la conozco -me refiero a mi ex- argumentará que vivo en un pabellón de La Guardia Civil...Bla.bla.bla.Por cierto,no te habia comentado que también tuve que presentar -antes de los dos primeros años de la separación- otra demanda de modificación de medidas, en el sentido de que el juzgado le rebajara la cantidad que le habia fijadoen concepto de "pensión compensatoria".Pués bien.Se lo gané en primera instancia y me lo recurrió en segunda.La Audiencia de Las Palmas confirmó la primera y la condenó en costas...Toda una odisea.Por eso te comenté ayer que su "modus operandi" es recurrirme todas las demandas que le voy interponiendo...De pelicula.
10/09/2006 17:25
Pues hombre, ya tienes posibilidades si extinguiste la pensión. ¿Alegaste la convivencia con otra persona? Porque si es así y lo admitieron, y es la misma persona, pues probando que continúa la convivencia, que tu yerno tiene ingresos, etc., tienes posibilidades. Salvo por lo de tu vivienda, claro, que siendo creativos ...
10/09/2006 17:35
Verás.Te cuento: El juzgado en su dia me fijó -como pensión compensatoria- 24 mensualidades, sin perjuicio de rebajarlas y/o extinguirlas antes de tiempo,si cambiaba su situación -de ama de casa- .Como comenzó a trabajar y lo pude demostrar documentalmente, es por lo que le rebajaron la pensión compensatoria.En aquella época, el motivo de la interposición de la demanda de modificación no lo fué porque conviviera con ella su actual pareja -que ni siquiera la conocia todavia- sino porque, como ya te indiqué, comenzó a trabajar.
Oye, no entiendo a que te querias referir cuando has dicho lo de "salvo por lo de tu vivienda..."
10/09/2006 18:11
¿La vivienda es de ambos? ¿O está a tu nombre?
10/09/2006 18:15
De todos modos, creo que voy a tener que acostumbrarme a ver a mi nietecita -de tan solo un mes- por las fotos digitales que tengo de ella en un archivo, en el pc.Je,je.Mi hija me pasará factura y me hará lo que su madre me hizo a mi: Llevar a rajatabla el régimen de visitas y permitir que solo estuviera conmigo los fines de semana alternos.Asi desde los 11a. hasta que ella ya venia a mi casa cada vez que queria.Ese es el precio que tenemos que pagar los padres ante la intransigencia de algunas descerebradas - como soy optimista y creo en la mujer- solo he dicho "algunas";osea, afortunadamente son una minoria las que utilizan a los hijos como moneda de cambio y chantaje, creyendo que con eso van a "fastidiar" al padre, cuando, en realidad, están alimentando odio,rencores y una infancia privada del cariño y apego de la figura paterna -tan importante como la de la madre- consiguiendo con ello hasta que peligre la salud emocional del menor.
10/09/2006 18:17
Disculpa Patricia, creo que mientras escribia el articulo anterior,me preguntaste sobre la propiedad de la vivienda.Te invito a que leas el primer articulo publicado por mí y así saldrás de dudas.Gracias.
10/09/2006 18:49
No queda claro, por eso pregunto. :-D
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09/09/2006 14:29
Quiero exponer una situación que se me está dando porque quiero salir de la duda y saber si puedo iniciar una "demanda de modificación de medidas" y/o con desahucio de mi ex-esposa de la vivenda.
Mi estado actual es de divorciado.Cuando se dictó la sentencia de separación por demanda concentiosa interpuesta por mí,se fijó en uno de los puntos de aquella que el uso y disfrute de la viivenda correspondia a mi hija -que contaba con 11 años- y a su madre;osea,mi ex-mujer.Pués bién,el tiempo ha pasado y me encuentro con la siguiente situación. En la vivienda viven y conviven las siguientes personas: Mi exmujer,(está cobrando subsidio por desempleo) su pareja de hecho,(desde hace 4 años);mi hija que ya cuenta con 19,(le estoy pasando la pensión alimenticia) y que desde el pasado dia 6 de agosto ya me ha hecho abuelito;osea, que ya tiene una nena y su novio que tiene 20 años y que está trabajando con contrato fijo también convive en el piso.
Si las cuentas no me fallan,conviven DOS PAREJAS formales y un nene.No pagan alquiler,no pagan el IBI, (que lo hago yo) y no pagan la hipotéca, porque la estoy pagando yo...Resulta que el piso se escrituró después de estar divorciados y lo compré yo.Ella se desentendió.
Ahora vienen las dos preguntas:1ª.- Puedo interponer una demanda de modificación de medidas, en el sentido de que mi ex-mujer y su pareja abandonen la vivienda? 2ª.- Puedo solicitar en dicha demanda el cese de la pensión alimenticia formalmente;aunque de "motu propio" le siga pasando a mi hija la cantidad fijada?Les rogaria que me aclararan estas dos cuestiones que se me han planteado.Muchas gracias.
09/09/2006 16:42
Puede.
Puede pedir ahora que su hija es mayor de edad, que el uso y disfrute del piso se le conceda a Vd. en igualdad de condiciones, eso si, deberá estudiarse ingresos de unos y otros.
Puede y debe solicitar la extinción de la pensión alimenticia. Seguir pasando la pensión ya extinguida, me parece peligroso y sentar un precedente.
Debería con toda la documentación de la que disponga, acudir a un abogado que le asesore en función de la misma de las posibilidades o viabilidad del caso.
Todo dependerá de las pruebas de las que disponga, y de cómo suela decantarse el juzgado o su audiencia provincial. POr ello, es mejor que lo consulte cuanto antes.
09/09/2006 17:30
Estimada Patricia: Ante todo,darte las gracias por haber respondido de una forma tan objetiva a mi consulta;me has dado un ápice de esperanza ante la demanda que tenia pensado poner.Te diré que el mismo abogado que me llevó la demanda de separación y de divorcio será el mismo que me lleve esta otra que pienso interponer.Creo que es lo mas sensato;él ya cuenta con toda la información sobre el caso.Te diré que la situación se está dando en Gran Canaria;en el partido judicial de Stª Mª de Guia, (Las Palmas) por lo que será la Audiencia de dicha capital la que en su dia falle;ya que mi ex-mujer es muy dada a recurrrirme -sistemáticamente- todas las sentencias dictadas en primera instancia y que he ganado en segunda, hasta con imposición de costas a ella...
Considero -objetivamente- que es una frescura desorbitada el hecho de que mi ex-mujer conviva con su pareja y mi hija con la suya, en la vivienda que es de mi exclusiva propiedad; y digo exclusiva porque como ya dije en mi primer artículo publicado, ella se desentendió a la hora de poder comprar el piso conmigo...
El lunes próximo -sin mas demora- pienso ir a la consulta de mi abogado y exponerle esta situación del todo rocambolesca, para darle instrucciones al respecto y -después de escucharlo- decirle que inicie la demanda de modificación de medidas.
Espero seguir recibiendo consultas al caso expuesto.Considero que al final seremos todos los beneficiados; de un lado, ustedes -los profesionales del derecho- y del otro, nosotros -los que ofrecemos la causística-
Por el momento,nada mas.Muchas gracias.Atentamente,Juan Manuel.
09/09/2006 17:57
Estimado Juan Manuel:
Si creo que es un abuso la situación que describe. Y si está contento con su abogado, lo más acertado es no cambiar precisamente por lo que dice, él conoce el caso ya. Desconozco cómo está fallando la Audiencia Provincial de su zona, y creo que es una de las razones por las que debe exponerlo a su abogado, él si tendrá acceso a esa información de primera mano, incluso a través de otros compañeros, y éso le facilitará bastante las cosas para decidir si tiene alguna posibilidad o no.
Sólo puedo decirle que en la Audiencia Provincial de Asturias, hay sentencias favorables, pero son muchos los aspectos probatorios que hay que dejar bien atados antes de lanzarse al coso. Mucha suerte.
09/09/2006 18:05
Hola de nuevo,Patricia.Sobre los aspectos probatorios,creo que no tendré problemas;mi ex-suegra, (q.e.p.d.) me decia que temia de mi el hecho de que "me metia en el ojo de una aguja...".Je,je.Tengo acceso a ciertas bases de datos con las que podré demostrar: La pensión que cobra mi ex y cuantia;la empresa donde trabaja su pareja,tiempo llevado en la empresa y cuantia de su sueldo; idem de mi yerno jovencito e idem de mi hija....Hay que tener amigos hasta en el infierno...Yo los tengo en La Administración.Es el mejor sitio...
09/09/2006 18:24
Me encantaria que la colaboradora de la web, Ana Fernández expusiera su opinión y parecer personal sobre el tema expuesto.He leido algunos mensajes publicados por ella y me parecen muy buenos.Afina muchisimo...y de eso se trata.Muchas gracias.Juan Manuel.
09/09/2006 18:44
Alguien me puede decir de qué modo o forma puedo probar -con miras a interponer la demanda de marras- que la pareja de mi ex-mujer convive con ella en el piso, cuando resulta que tanto en el padrón de habitantes,como en las bases de datos de la Agencia Tributaria y otros organismos de La Administración consta en el domicilio de sus padres?Es evidente que mi ex- es algo astuta; sabe perfectamente -porque me conoce- que será solo cuestión de dias...Lo que tarde en amarrar algunas cosas.
09/09/2006 19:28
Conoce si la correspondencia le llega a la pareja de su ex-mujer a su domicilio?, sería tal vez una buena forma de probar que reside en dicho domicilio, o incluso la dirección que tenga en su cuentas bancarias,..., sino me temo que tal vez debería contratar a un detective que probase documental y graficamente dicha convivencia.
Suerte, un saludo.
09/09/2006 19:41
Gracias Elena,por su aportación;es muy estimable.La tendré en cuenta.Juan Manuel.
09/09/2006 21:11
La correspondencia del buzón, ni se le ocurra tocarla y mucho menos, presentarla como documental o se juega un procedimiento penal si lo denuncian o se querellan contra Vd. Lo más seguro es un detective que pruebe que duerme todas las noches ahi, puede acudir como testigo a ratificarse en su informe. Y cuantos testigos tenga dispuestos a declarar, naturalmente.
10/09/2006 01:00
Gracias Patricia.Cierto;me jugaria un supuesto delito contra la intimidad,el derecho a la propia imágen...sic.Art.197.1 del C.P.De todas formas, ni se me habia pasado por la cabeza lo de cogerle del buzón a la pareja de mi ex- su correspondencia para presentarla como prueba.Produciría el efecto "boomerang" y la verdad es que seria contraproducente para mi.Aparte que -por mi profesión- formo parte de un eslabón del sistema en el que estoy para hacer cumplir La Ley,no para incumplirla;sería poco ético por mi parte...
Tendré que emplear el único medio de prueba que me queda;que no es otro que el de valerme de los servicios de un profesional al efecto, como bien me indicaste en tu articulo.Así las cosas, solo me queda ser paciente y esperar...
10/09/2006 16:20
Hola Patricia.Se me antoja una pregunta relacionada con el momento en el que se interpone la demanda;cuando se materializa por la acción de presentarla en el juzgado.Es aconsejable o no "informar" o poner en sobreaviso a la otra parte de mis intenciones?En todo caso,entiendo que lo lógico seria contratar primero al detective para que pudiera probar que el sujeto pernocta y vive en el piso;de lo contrario, levantaria la liebre y se iria todo al traste.El susodicho cambiaria hasta de hábitos y costumbres al conocer mis intenciones...No crées?
10/09/2006 16:55
No, los delitos son de violación del derecho a la intimidad y de violación de la correspondencia.

Yo primero, me haría con las pruebas, y luego, plantearía la demanda, y si como apuntas no hay posibilidad de acuerdo previo ¿para qué avisas? Sin perjuicio de que hasta que se dicte sentencia, es posible siempre llegar al acuerdo (transacción judicial) y pedir que éste se homologue por el juez (luego, se puede ejecutar si se incumple). Vamos a ser consecuentes. Aqui de lo que se trata, es de una extinción porque no ha habido posibilidad de acuerdo y por lo que apuntas, una cara dura impresionante ... por tanto, por pura estrategia procesal, yo plantearía el acuerdo iniciado el procedimiento para no dar tiempo a crear una situación aparente para así evitar la extinción.

Cuanto más calladito estés, más posibilidades tendrás. Primero, las pruebas, sin ellas ... no hay nada que hacer.
10/09/2006 17:11
Ja,ja,ja,ja.Me has hecho reir con lo de "una cara dura impresionante..."Si,es asi;lo peor de todo es que mi propia hija también lo está copiando de su madre y,si la dejo, es capaz que me deja el piso cuando pase a la situación de reserva.Je,je.Como ya la conozco -me refiero a mi ex- argumentará que vivo en un pabellón de La Guardia Civil...Bla.bla.bla.Por cierto,no te habia comentado que también tuve que presentar -antes de los dos primeros años de la separación- otra demanda de modificación de medidas, en el sentido de que el juzgado le rebajara la cantidad que le habia fijadoen concepto de "pensión compensatoria".Pués bien.Se lo gané en primera instancia y me lo recurrió en segunda.La Audiencia de Las Palmas confirmó la primera y la condenó en costas...Toda una odisea.Por eso te comenté ayer que su "modus operandi" es recurrirme todas las demandas que le voy interponiendo...De pelicula.
10/09/2006 17:25
Pues hombre, ya tienes posibilidades si extinguiste la pensión. ¿Alegaste la convivencia con otra persona? Porque si es así y lo admitieron, y es la misma persona, pues probando que continúa la convivencia, que tu yerno tiene ingresos, etc., tienes posibilidades. Salvo por lo de tu vivienda, claro, que siendo creativos ...
10/09/2006 17:35
Verás.Te cuento: El juzgado en su dia me fijó -como pensión compensatoria- 24 mensualidades, sin perjuicio de rebajarlas y/o extinguirlas antes de tiempo,si cambiaba su situación -de ama de casa- .Como comenzó a trabajar y lo pude demostrar documentalmente, es por lo que le rebajaron la pensión compensatoria.En aquella época, el motivo de la interposición de la demanda de modificación no lo fué porque conviviera con ella su actual pareja -que ni siquiera la conocia todavia- sino porque, como ya te indiqué, comenzó a trabajar.
Oye, no entiendo a que te querias referir cuando has dicho lo de "salvo por lo de tu vivienda..."
10/09/2006 18:11
¿La vivienda es de ambos? ¿O está a tu nombre?
10/09/2006 18:15
De todos modos, creo que voy a tener que acostumbrarme a ver a mi nietecita -de tan solo un mes- por las fotos digitales que tengo de ella en un archivo, en el pc.Je,je.Mi hija me pasará factura y me hará lo que su madre me hizo a mi: Llevar a rajatabla el régimen de visitas y permitir que solo estuviera conmigo los fines de semana alternos.Asi desde los 11a. hasta que ella ya venia a mi casa cada vez que queria.Ese es el precio que tenemos que pagar los padres ante la intransigencia de algunas descerebradas - como soy optimista y creo en la mujer- solo he dicho "algunas";osea, afortunadamente son una minoria las que utilizan a los hijos como moneda de cambio y chantaje, creyendo que con eso van a "fastidiar" al padre, cuando, en realidad, están alimentando odio,rencores y una infancia privada del cariño y apego de la figura paterna -tan importante como la de la madre- consiguiendo con ello hasta que peligre la salud emocional del menor.
10/09/2006 18:17
Disculpa Patricia, creo que mientras escribia el articulo anterior,me preguntaste sobre la propiedad de la vivienda.Te invito a que leas el primer articulo publicado por mí y así saldrás de dudas.Gracias.
10/09/2006 18:49
No queda claro, por eso pregunto. :-D