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Usufructo de vivienda

5 Comentarios
 
16/05/2014 11:59
Buenos días totecam,

En ese caso, en que la vivienda es 100% de su propiedad, si usted se casa y muere sin haber realizado testamento, la propiedad la heredan sus descendientes, es decir sus hijos, pero su mujer en el momento del fallecimiento, tiene derecho al usufructo del tercio de mejora. Esto en la práctica se traduce en el derecho de uso y disfrute de la vivienda. El derecho de usufructo es vitalicio, por lo que tendrá vigencia hasta que fallezca la viuda.

Si hiciera testamento, también puede dejar por escrito esta previsión que es legal, pero que nunca está de más dejarlo puesto expresamente.

Si su patrimonio es más extenso, y a parte de la vivienda tiene más bienes o dinero, incluidos vehículos acciones y demás, puede hacer el reparto que quiera, teniendo en cuenta que siempre tiene que respetar el derecho de legítima de su hijo. Puede incluso disponer una cláusula de usufructo universal, lo que implica que su mujer podrá disfrutar de todo su patrimonio, y a la muerte de ella, será cuando su hijo adquiera el pleno disfrute de todos sus bienes.

Espero haberle sido de ayuda, quedo a su disposición para lo que necesite,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
16/05/2014 11:17
La vivienda es al 100% mia, y quiero que siga estando en mi propiedad, solo que al casarme mi mujero quede con el usufructo (osea que si muero no puedan echarla).
15/05/2014 08:38
ana Belén, el usufructo viudal del cónyuge que sobrevive está regulado en el Código civil junto con las legítimas. Es un derecho que grava la propiedad que adquieren los herederos forzosos. De manera que si su idea es únicamente dejarle el usufructo de la vivienda, no estará perjudicando las legítimas.

14/05/2014 16:47
Buenas tardes.

Lo aconsejable es hacer testamento indicando como quiere que se reparta su herencia para el caso de fallecimiento, respetando la legitima que establece la ley. Si no lo hace puede tener problemas en el futuro, pues su heredero legal será su hijo y habría que ver si se afectan o no las legítimas y demás.

Un saludo
14/05/2014 13:29
Para poder responder adecuadamente a su consulta necesitaría que previamente me contestara a estas preguntas:
¿La casa donde usted vive es suya de manera privativa?

Si la casa era un bien ganancial, ¿se liquidó la sociedad de gananciales? ¿Cómo se adjudicó la vivienda? ¿Al 50%?


Quedo a su disposición para lo que necesite,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
Usufructo de vivienda
14/05/2014 12:51
Hola mi pregunta es sencilla, yo estoy divorciado desde hace cinco años y tengo un hijo en común con mi ex. Actualmente tengo otra pareja y estamos pensando en casarnos. Una vez que nos casemos ella adquiere el derecho a usufructo en caso de que ami me pasase algo o tendríamos que hacer testamento para que mi ex no la echase.
Usufructo de vivienda | PorticoLegal
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Usufructo de vivienda

5 Comentarios
 
16/05/2014 11:59
Buenos días totecam,

En ese caso, en que la vivienda es 100% de su propiedad, si usted se casa y muere sin haber realizado testamento, la propiedad la heredan sus descendientes, es decir sus hijos, pero su mujer en el momento del fallecimiento, tiene derecho al usufructo del tercio de mejora. Esto en la práctica se traduce en el derecho de uso y disfrute de la vivienda. El derecho de usufructo es vitalicio, por lo que tendrá vigencia hasta que fallezca la viuda.

Si hiciera testamento, también puede dejar por escrito esta previsión que es legal, pero que nunca está de más dejarlo puesto expresamente.

Si su patrimonio es más extenso, y a parte de la vivienda tiene más bienes o dinero, incluidos vehículos acciones y demás, puede hacer el reparto que quiera, teniendo en cuenta que siempre tiene que respetar el derecho de legítima de su hijo. Puede incluso disponer una cláusula de usufructo universal, lo que implica que su mujer podrá disfrutar de todo su patrimonio, y a la muerte de ella, será cuando su hijo adquiera el pleno disfrute de todos sus bienes.

Espero haberle sido de ayuda, quedo a su disposición para lo que necesite,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
16/05/2014 11:17
La vivienda es al 100% mia, y quiero que siga estando en mi propiedad, solo que al casarme mi mujero quede con el usufructo (osea que si muero no puedan echarla).
15/05/2014 08:38
ana Belén, el usufructo viudal del cónyuge que sobrevive está regulado en el Código civil junto con las legítimas. Es un derecho que grava la propiedad que adquieren los herederos forzosos. De manera que si su idea es únicamente dejarle el usufructo de la vivienda, no estará perjudicando las legítimas.

14/05/2014 16:47
Buenas tardes.

Lo aconsejable es hacer testamento indicando como quiere que se reparta su herencia para el caso de fallecimiento, respetando la legitima que establece la ley. Si no lo hace puede tener problemas en el futuro, pues su heredero legal será su hijo y habría que ver si se afectan o no las legítimas y demás.

Un saludo
14/05/2014 13:29
Para poder responder adecuadamente a su consulta necesitaría que previamente me contestara a estas preguntas:
¿La casa donde usted vive es suya de manera privativa?

Si la casa era un bien ganancial, ¿se liquidó la sociedad de gananciales? ¿Cómo se adjudicó la vivienda? ¿Al 50%?


Quedo a su disposición para lo que necesite,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
Usufructo de vivienda
14/05/2014 12:51
Hola mi pregunta es sencilla, yo estoy divorciado desde hace cinco años y tengo un hijo en común con mi ex. Actualmente tengo otra pareja y estamos pensando en casarnos. Una vez que nos casemos ella adquiere el derecho a usufructo en caso de que ami me pasase algo o tendríamos que hacer testamento para que mi ex no la echase.