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vacaciones en liquidacion

6 Comentarios
 
Vacaciones en liquidacion
27/11/2010 11:34
en la empresa donde trabajo me van a mandar al paro y me dicen que no me figuran las vacaciones pendientes de disfrutar porque ya me las paga el inem, es que esto me suena raro, me podeis orientar, gracias
27/11/2010 11:42
jajajajajajajajaja, vaya chispa tienen en tu empresa, jajajajajaja

Me rio, no por tu situación, sino porque no se puede decir semejante tontería y quedarse tan ancho.

Tus vacaciones pendientes de disfrutar, las deben de pagar en el finiquito, junto con la paga o pagas extras pendientes de cobro.

Esos días de vacaciones, los deben de cotizar a continuación de tu baja en la empresa, es decir, si eres baja en la empresa el día 30 de noviembre y te deben 10 días de vacaciones, deben cotizar esos días del 1 al 10 de diciembre, fecha a partir de la cual puedes solicitar la prestación por desempleo.

Esos días cotizados a continuación de tu baja en la empresa, saldrán relflejados en tu vida laboral (pide una para comprobar que lo han hecho bien) bajo en epígrafe "vacaciones retribuidas no disfrutadas" o similar.

En el Certificado de empresa destinado al INEM también las deben reflejar.

Vamos, no tienen gracia ni na los jodios, aunque a ti seguro que no te hacen ni pizca de gracia.

Un saludo y suerte.
27/11/2010 11:52
si ya me huelo que eso no es así, lo que quieren hacerme creer es que si me figuran 10 dias en la liquidación, pues esos dias me los van a descontar de lo que me corresponda de subsidio, no sé si me explico, si tengo dos meses de subsidio me pagarian un mes y 20 dias, en cambio si no los ponen, cobraria los dos meses (en caso de no encontrar curro antes claro), lo que yo pensaba y creo que es así, es que si figuran los 10 dias, el inem no empezará a abonar el subsidio hasta pasados esos 10 dias, pero al tiempo que me corresponda de paro no le afecta ¿es así verdad?
27/11/2010 11:54
No, no te los descuentan, tu prestación, completa, comenzará una vez hayas finalizado los días de vacaciones. Asi que estás en lo cierto.

Un saludo.
27/11/2010 11:58
Muchas gracias sabiondo, voy a empezar a prepararme para lo que voy a decir el día que me pongan la liquidación delante, por cierto, si no estoy conforme con ella ¿no la firmo? y puedo pedir una copia para llevarla donde yo quiera y que me la revisen antes de firmar.
27/11/2010 12:03
Fírmala como "no conforme". Ello no debería impedir que te paguen ya lo que de momento te ofrecen, sin perjuicio de que tu puedas seguir reclamando lo que entiendes de te corresponde.
Y evidentemente llevate tu copia para que pueda ser estudiada por un profesional si es el caso.

Y evidentemente, lo que te han dicho en tu empresa es una auténtica majadería como ya muy bien te ha explicado Sabiondo. ¿cómo se puede tener tanto morro para tratar de dar a entender algo así???
27/11/2010 12:06
Gracias a todos por haberme contestado, ya contaré como acabamos, igual salimos en el periodico ¡ja,ja!