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vacaciones escolares

1 Comentarios
 
09/04/2012 17:50
Si el Punto de Encuentro Familiar plantea un cambio de hora es de entender que es porque la imposibilidad de la otra parte de recoger al menor a la hora estipulada está comprobado.
Es de suponer que si Vd. tampoco puede entregar al menor a otra hora deberá acreditarlo para evidenciar su buena voluntad en cumplir el régimen de visitas y que no pueda parecer un intento de incumplir visitas.
Vacaciones escolares
09/04/2012 17:41
Buenas tardes a todos, me ha surgido un problema y no se muy bien como actuar, agradecería sus consejos; pues bien les pongo un poco en antecedentes; mi pareja tiene una orden de alejamiento hacia mi y una sentencia aun no firme por violencia de género; por este motivo el intercambio del menor debe producirse en un punto de encuentro. Mañana se tenía que llevar al menor para disfrutar de su periodo de vacaciones escolares y hoy mismo, profesionales del P.E.F me comunican que no puede recogerlo a la hora que marca el protocolo del P.E.F.
Me plantean la posibilidad de retrasar la hora, pero a mi me es imposible entregarlo a una distinta a la que marca el P.E.F, mis preguntas son: estoy obligada a entregar el menor cuando este señor quiera?, constituiría el no intercambio un incumplimiento del régimen de visitas?, debería comparecer yo en el P.E.F para demostrar que si el intercambio no se lleva a cabo no es por no presentarme?

Muy agradecida.
vacaciones escolares | PorticoLegal
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09/04/2012 17:50
Si el Punto de Encuentro Familiar plantea un cambio de hora es de entender que es porque la imposibilidad de la otra parte de recoger al menor a la hora estipulada está comprobado.
Es de suponer que si Vd. tampoco puede entregar al menor a otra hora deberá acreditarlo para evidenciar su buena voluntad en cumplir el régimen de visitas y que no pueda parecer un intento de incumplir visitas.
Vacaciones escolares
09/04/2012 17:41
Buenas tardes a todos, me ha surgido un problema y no se muy bien como actuar, agradecería sus consejos; pues bien les pongo un poco en antecedentes; mi pareja tiene una orden de alejamiento hacia mi y una sentencia aun no firme por violencia de género; por este motivo el intercambio del menor debe producirse en un punto de encuentro. Mañana se tenía que llevar al menor para disfrutar de su periodo de vacaciones escolares y hoy mismo, profesionales del P.E.F me comunican que no puede recogerlo a la hora que marca el protocolo del P.E.F.
Me plantean la posibilidad de retrasar la hora, pero a mi me es imposible entregarlo a una distinta a la que marca el P.E.F, mis preguntas son: estoy obligada a entregar el menor cuando este señor quiera?, constituiría el no intercambio un incumplimiento del régimen de visitas?, debería comparecer yo en el P.E.F para demostrar que si el intercambio no se lleva a cabo no es por no presentarme?

Muy agradecida.