Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vacaciones pagadas cuando me despidan.

1 Comentarios
 
Vacaciones pagadas cuando me despidan.
30/03/2021 12:31
Buenos días mi pareja entro en una empresa el día 4 de Enero y hoy la piden que de las vacaciones y la dicen que solo la dan Vacaciones o la cuentan hasta agosto y que el medio año que llevara de vacaciones a partir de agosto hasta Diciembre que se lo pagarán el dia que se vaya o que la despidan y le ha pedido a la jefa que se lo de por escrito y le ha dicho que allí no dan nada por escrito y que así mal va.
No estoy muy puesto en las nuevas leyes pero esto creo que no es legal y queria saber la forma de actuar por que me parece un atropello total a los derechos de un trabajador.
Esta tarde iba a hablar con su jefe para que le diese una explicación.
Por favor me podríais dar luz sobre este tema y la forma de actuar ante la impotencia de que si no tragas te vas a la calle.
Gracias
11/04/2021 19:36
Hola. La regla general es que las vacaciones computan desde enero a diciembre pero hay empresas o incluso convenios colectivos como el de la limpieza de Catalunya que se computan de septiembre a agosto.
Debe quedar claro dicho cómputo pues de esa forma cuando la persona cesa o le despiden tiene derecho a quie las vacaciones se las computen desde el mes de septiembre anterior hasta el día del cese.
Saludos
Vacaciones pagadas cuando me despidan. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vacaciones pagadas cuando me despidan.

1 Comentarios
 
Vacaciones pagadas cuando me despidan.
30/03/2021 12:31
Buenos días mi pareja entro en una empresa el día 4 de Enero y hoy la piden que de las vacaciones y la dicen que solo la dan Vacaciones o la cuentan hasta agosto y que el medio año que llevara de vacaciones a partir de agosto hasta Diciembre que se lo pagarán el dia que se vaya o que la despidan y le ha pedido a la jefa que se lo de por escrito y le ha dicho que allí no dan nada por escrito y que así mal va.
No estoy muy puesto en las nuevas leyes pero esto creo que no es legal y queria saber la forma de actuar por que me parece un atropello total a los derechos de un trabajador.
Esta tarde iba a hablar con su jefe para que le diese una explicación.
Por favor me podríais dar luz sobre este tema y la forma de actuar ante la impotencia de que si no tragas te vas a la calle.
Gracias
11/04/2021 19:36
Hola. La regla general es que las vacaciones computan desde enero a diciembre pero hay empresas o incluso convenios colectivos como el de la limpieza de Catalunya que se computan de septiembre a agosto.
Debe quedar claro dicho cómputo pues de esa forma cuando la persona cesa o le despiden tiene derecho a quie las vacaciones se las computen desde el mes de septiembre anterior hasta el día del cese.
Saludos