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vacaciones pagadas

2 Comentarios
 
23/04/2012 21:13
muchas gracias por la alcaracion, un saludo
23/04/2012 16:41
Las vacaciones no se pueden abonar, salvo que sea una finalización de cto y se las deban, por lo tanto es lo que usted negocie, eso sucede en muchas empresas, lo que suelen hacer es pagarle medio mes por esa quincena, pero claro, el trabajador no exento de razón reclamará que se lo abonen como H.E. ya que el cjomputo de horas anuales ya ha sido realizado, el problema es que las empresas no quieren pagarlas como H.E. y como ya se ha cumplido el año pues se las quieren abona.
Lo que debe hacer el trabajador es decirle a su empresa que se lo abonen como exceso de jornada y por tanto como H. E., ya que por otra parte las vacaciones no se pueden abonar y que de no hacerlo así presentara una reclamación de cantidad ante el juzgado de lo social.
por otra parte, veo que esas vascaciones no son las vacaciones normales sino la acumulación de festivos trabajados, bien aquí el tratamiento debería ser el que según nos diga el convenio de referencia en cuanto a su abono, ya que los festivos son retribuidos y no recuperables, es decir no deberían de trabajarse, si asi lo hace los convenios suelen tratar el tema con abono de H:E ademas de un plus, (algunos convenios dicen el 75% mas), pero claro aquí ya es lo que doga el cnovenio.
Vacaciones pagadas
22/04/2012 21:55
hola, queria saber si cuando te pagan unas vacaciones de invierno (festivos trabajados durante el año) deben pagartelas como salario normal o el doble del salario, un saludo a todo el foro.muchas gracias
vacaciones pagadas | PorticoLegal
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23/04/2012 21:13
muchas gracias por la alcaracion, un saludo
23/04/2012 16:41
Las vacaciones no se pueden abonar, salvo que sea una finalización de cto y se las deban, por lo tanto es lo que usted negocie, eso sucede en muchas empresas, lo que suelen hacer es pagarle medio mes por esa quincena, pero claro, el trabajador no exento de razón reclamará que se lo abonen como H.E. ya que el cjomputo de horas anuales ya ha sido realizado, el problema es que las empresas no quieren pagarlas como H.E. y como ya se ha cumplido el año pues se las quieren abona.
Lo que debe hacer el trabajador es decirle a su empresa que se lo abonen como exceso de jornada y por tanto como H. E., ya que por otra parte las vacaciones no se pueden abonar y que de no hacerlo así presentara una reclamación de cantidad ante el juzgado de lo social.
por otra parte, veo que esas vascaciones no son las vacaciones normales sino la acumulación de festivos trabajados, bien aquí el tratamiento debería ser el que según nos diga el convenio de referencia en cuanto a su abono, ya que los festivos son retribuidos y no recuperables, es decir no deberían de trabajarse, si asi lo hace los convenios suelen tratar el tema con abono de H:E ademas de un plus, (algunos convenios dicen el 75% mas), pero claro aquí ya es lo que doga el cnovenio.
Vacaciones pagadas
22/04/2012 21:55
hola, queria saber si cuando te pagan unas vacaciones de invierno (festivos trabajados durante el año) deben pagartelas como salario normal o el doble del salario, un saludo a todo el foro.muchas gracias