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Vacaciones y erte con reducción de jornada

1 Comentarios
 
Vacaciones y erte con reducción de jornada
19/07/2020 03:23
La cuestión es:
un trabajador que ha venido realizando una jornada completa (8 horas), desde el día 1 de enero y hasta el 31 de julio, sin haber disfrutado vacaciones.
A partir del día 1 de agosto, se le incluye en un ERTE por causas productivas con reducción de jornada al 50%, es decir desde el día 1 de agosto y hasta el 31 de diciembre vendrá a realizar una jornada de 4 horas diarias.
¿Que vacaciones le corresponden, teniendo en cuenta que el calendario establece 22 días laborables?
-¿ 22 días como a cualquier otro trabajador que no se viera afectado por esta medida?
- o bien sus vacaciones se verían incrementadas a 35 días, a razón del siguiente calculo:
Devengo de vacaciones en jornada de 8 horas del 1 de enero al 31 de julio,?7 meses x 1,83 días laborables devengados cada mes=12,83*
Pero estos días al ser devengados en jornadas de 8 horas y ser disfrutados una vez iniciado el ERTE, en jornadas de 4 horas, se convertirían en el doble 25,66 días
Días devengados de 1 de agosto a 31de diciembre = 5 meses x 1,83 días laborables devengados cada mes=9,15

Total 25,66 9,15=34,81 , es decir 35 días


El recalculo del cobro de las vacaciones tengo claro que se haría por separado los días devengados a 8 horas y los días devengados a 4 horas.
Lo que no tengo tan claro es el número de días.
¿Como lo veis ?
19/07/2020 14:24
Yo de mayor quiero un Jefe como usted, (je, ironía), vamos a ver hágase usted la pregunta de otra forma, si contrato un trabajador a media jornada todo el año que le tengo que dar 44 días de vacaciones?
Con independencia de la jornada las vacaciones son las mismas, en este caso 22 días laborales.
El cálculo de la nómina para esas vacaciones seria 7 meses a jornada completa y 4 a jornada parcial ya que según parece las vacaciones las va a disfrutar después de los 7 meses a jornada completa y a jornada parcial serán los 4 meses restantes.
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Vacaciones y erte con reducción de jornada
19/07/2020 03:23
La cuestión es:
un trabajador que ha venido realizando una jornada completa (8 horas), desde el día 1 de enero y hasta el 31 de julio, sin haber disfrutado vacaciones.
A partir del día 1 de agosto, se le incluye en un ERTE por causas productivas con reducción de jornada al 50%, es decir desde el día 1 de agosto y hasta el 31 de diciembre vendrá a realizar una jornada de 4 horas diarias.
¿Que vacaciones le corresponden, teniendo en cuenta que el calendario establece 22 días laborables?
-¿ 22 días como a cualquier otro trabajador que no se viera afectado por esta medida?
- o bien sus vacaciones se verían incrementadas a 35 días, a razón del siguiente calculo:
Devengo de vacaciones en jornada de 8 horas del 1 de enero al 31 de julio,?7 meses x 1,83 días laborables devengados cada mes=12,83*
Pero estos días al ser devengados en jornadas de 8 horas y ser disfrutados una vez iniciado el ERTE, en jornadas de 4 horas, se convertirían en el doble 25,66 días
Días devengados de 1 de agosto a 31de diciembre = 5 meses x 1,83 días laborables devengados cada mes=9,15

Total 25,66 9,15=34,81 , es decir 35 días


El recalculo del cobro de las vacaciones tengo claro que se haría por separado los días devengados a 8 horas y los días devengados a 4 horas.
Lo que no tengo tan claro es el número de días.
¿Como lo veis ?
19/07/2020 14:24
Yo de mayor quiero un Jefe como usted, (je, ironía), vamos a ver hágase usted la pregunta de otra forma, si contrato un trabajador a media jornada todo el año que le tengo que dar 44 días de vacaciones?
Con independencia de la jornada las vacaciones son las mismas, en este caso 22 días laborales.
El cálculo de la nómina para esas vacaciones seria 7 meses a jornada completa y 4 a jornada parcial ya que según parece las vacaciones las va a disfrutar después de los 7 meses a jornada completa y a jornada parcial serán los 4 meses restantes.