Hola; A ver si alguien me puede aclarar una cosa segun mi convenio colectivo me pertenecen 2 dias por alumbramiento de mi esposa, pues bien mi duda es si mi mujer da a luz estando yo de vacaciones esos dos dias los pierdo.
entiendo que sí, esos dos días se disfrutan despues del parto. Lo que puedes diferir y elegir cuando disfrutar es el permiso por parternidad, dentro del periodo establecido.
La nueva ley de igualdad dice "Artículo 59. Vacaciones. Sin perjuicio de las mejoras que pudieran derivarse de acuerdos suscritos entre la Administración General del Estado o los organismos públicos vinculados o dependientes de ella con la representación de los empleados y empleadas al servicio de la Administración Pública, cuando el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal derivada del embarazo, parto o lactancia natural, o con el permiso de maternidad, o con su ampliación por lactancia, la empleada pública tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya terminado el año natural al que correspondan. Gozarán de este mismo derecho quienes estén disfrutando de permiso de paternidad." Si bien esto se refiere al nuevo permiso por paternidad de 13 dias, ¿no seria logico que tambien aplicase a los dias concedidos por convenio?? Alguna idea..?
Pero cuidado!, sucede con el permiso de paternidad, pero dentro del ámbito de la Administración Pública.
En el régimen general no existe esa prevision para el permiso de paternidad (derecho a disfrtuarlo en fecha distinta a las vacaciones).
En cualquier caso, en la práctica tampoco deberia ser un problema, ya que así como el permiso de dos dias por nacimiento de hijo, salvo mejora por convenio, debe coincidir el inicio de su disfrute con el momento del nacimiento, en el caso del permiso de paternidad hay una mayor flexibilidad, ya que puede disfrutarse desde el momento en que finaliza el permiso por nacimiento de hijo hasta trascurrido el periodo de descanso de maternidad (como mínimo 16 semanas). Así que pudiendo elegir, ¿quien lo cogerá justo en fechas en las que ya tiene señaladas vacaciones?
En cuanto a que si sería lógico garantizar el poder disfrutar el permiso por nacimiento de hijo en fechas distintas a las vacaciones..., en fin, habrá opiniones para todos los gustos, pero si pensamos en la que, entiendo, es la finalidad básica de dicho permiso, es decir, garantizar la disponibilidad del padre para que durante al menos dos dias pueda dedicarse a eso, es decir al nacimiento de su hijo, estar junto a la madre, trámtes, etc, eso se consigue aún estando de vacaciones (de hecho, ello aún le confiere una mayor disponibilidad en esos momentos). Recordad que el permiso es por "nacimiento" de hijo (así como el de paternidad se supone que es el poder atender durante ese tiempo con mayor disponibilidad al hijo). ¿Qué sentido tendira un permiso "por nacimiento" un mes despues del parto?.
Bueno, el tema de que durante las vacaciones tengas tiempo de dedicarte a tramites y demas, creo que abre la puerta a interpretar las vacaciones como un tiempo de asuntos propios y no un periodo de descanso. Creo que la finalidad de los permisos y de las vacaciones son distintas, otra cosa es que voluntariamente hagas lo que creas oportuno durante ellas. Del mismo modo, se le podria computar a todos los padres el permiso por nacimiento como vacaciones, en vez de permiso. Creo que este permiso en concreto deberia desligarse de las vacaciones por su excepcionalidad e imprevisibilidad..(aunque lo mismo podriamos decir de las bajas y ya tenemos el lio...)
No es necesario. El permiso viene dado por el hecho de ser padre. Incluso, por ponerse ya a desbarrar un poco y con supuestos surrealistas, pero por si sirve para que se vea más claro, incluso si el padre no es el marido el permiso sería para el madre, no para el cónyuge de la madre (así, si tengo un hijo con el butanero, y queda oficialmente reconocida su paternidad, el permiso será para el butanero, no para el marido cornudo, je,je).