Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Valoración aceptación herencia

2 Comentarios
 
Valoración aceptación herencia
15/06/2012 20:08
Buenas tardes,

Mis hermanos quieren que acepte la herencia, pues hace más de veinte años de la muerte de mis padres (Yo vivo solo en la casa desde varios años), y ellos quieren que el valor de la casa se ponga el importe de 250.000 € (Sería el valor del mercado de hace 5 años, pues ahora vale menos), pero según el valor catastral es de 65.000 €.

Tengo las siguientes dudas:

1) Qué importe legal se tiene que poner en la aceptación de la herencia ante el notario?

2) Si se pone el importe de 250.000 €, y ahora vale 100.000 €, en qué me afectaría en el posible reparto de la harencia, ya que sólo se quiere aceptar la herencia, pues tienen miedo que me pueda quedar con la casa.

3) Si acepto poner el importe de 250.000 €, me pueden solicitar el pago despues si quieren vender la casa?.

Muchas gracias por vuestra colaboración y atención.

Saludos cordiales,
Jonathan García
16/06/2012 19:30
La Ley le ampara por cuanto puede "aceptar la herencia a beneficio de inventario", lo que es una aceptación condicional.
Si hay beneficio recoge su parte.
Si no ha beneficio no pueden reclamarle pérdidas.
Por tanto su mejor posición serísa no romperse la cabeza sobre valoraciones, cuentas, etc, y mejor que lo hagan los demás.
Salvo mejor criterio.
17/06/2012 13:28
1.- El que determina cada Comunidad Autónoma. Se entra en la pagina web de la Comunidad- hacienda- valoración inmuebles, y normalmente poniendo la referencia catastral (o los datos de situación, metros... según lo que pida) del inmueble te da la valoración oficial. Este valor NO es el catastral, sino el valor mínimo al que hay que declarar, a efectos de transmisión.
2.- Si reconoces notarialmente un valor superior al del mercado, en caso de que quieras quedarte con el inmueble, pagando a tus hermanos lo que les corresponda, podrían utilizar dicha declaración para exigirte ese importe. Aunque honradamente no creo que prospere, ya que en caso de resolución judicial, el precio que se tiene en cuenta es el del Perito Tasador.
3.- La opción "salomónica" podría ser el contratar un perito tasador, elegido de común acuerdo entre todos (hay que dirigirse al Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, ya que dependen de dicho colegio). Suelen cobrar unos 300,-€ aunque conviene pedir presupuesto, por escrito. Y sobre todo que TODOS los hermanos firmeis la solicitud de tasación con ese tecnico en concreto.
Valoración aceptación herencia | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Valoración aceptación herencia

2 Comentarios
 
Valoración aceptación herencia
15/06/2012 20:08
Buenas tardes,

Mis hermanos quieren que acepte la herencia, pues hace más de veinte años de la muerte de mis padres (Yo vivo solo en la casa desde varios años), y ellos quieren que el valor de la casa se ponga el importe de 250.000 € (Sería el valor del mercado de hace 5 años, pues ahora vale menos), pero según el valor catastral es de 65.000 €.

Tengo las siguientes dudas:

1) Qué importe legal se tiene que poner en la aceptación de la herencia ante el notario?

2) Si se pone el importe de 250.000 €, y ahora vale 100.000 €, en qué me afectaría en el posible reparto de la harencia, ya que sólo se quiere aceptar la herencia, pues tienen miedo que me pueda quedar con la casa.

3) Si acepto poner el importe de 250.000 €, me pueden solicitar el pago despues si quieren vender la casa?.

Muchas gracias por vuestra colaboración y atención.

Saludos cordiales,
Jonathan García
16/06/2012 19:30
La Ley le ampara por cuanto puede "aceptar la herencia a beneficio de inventario", lo que es una aceptación condicional.
Si hay beneficio recoge su parte.
Si no ha beneficio no pueden reclamarle pérdidas.
Por tanto su mejor posición serísa no romperse la cabeza sobre valoraciones, cuentas, etc, y mejor que lo hagan los demás.
Salvo mejor criterio.
17/06/2012 13:28
1.- El que determina cada Comunidad Autónoma. Se entra en la pagina web de la Comunidad- hacienda- valoración inmuebles, y normalmente poniendo la referencia catastral (o los datos de situación, metros... según lo que pida) del inmueble te da la valoración oficial. Este valor NO es el catastral, sino el valor mínimo al que hay que declarar, a efectos de transmisión.
2.- Si reconoces notarialmente un valor superior al del mercado, en caso de que quieras quedarte con el inmueble, pagando a tus hermanos lo que les corresponda, podrían utilizar dicha declaración para exigirte ese importe. Aunque honradamente no creo que prospere, ya que en caso de resolución judicial, el precio que se tiene en cuenta es el del Perito Tasador.
3.- La opción "salomónica" podría ser el contratar un perito tasador, elegido de común acuerdo entre todos (hay que dirigirse al Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, ya que dependen de dicho colegio). Suelen cobrar unos 300,-€ aunque conviene pedir presupuesto, por escrito. Y sobre todo que TODOS los hermanos firmeis la solicitud de tasación con ese tecnico en concreto.