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varios temas mujer trabajadora

2 Comentarios
 
Varios temas mujer trabajadora
18/12/2002 05:01
Planteo a los amigos expertos las siguientes dudas:
Soy una auxiliar de caja, en el convenio nacional de comercio de papel. Habitualmente se me manda limpiar el local por el empresario por ser mujer, claro y me dicen tengo tiempo libre (es legal?.. me puedo negar?) las vacaciones se plantean en el convenio nacional entre dos fechas de mayo a septiembre. La pregunta es: puedo yo elegir 15 días de los 30? y por último estoy matriculada en estudios universitarios. El e.t. dice que tengo permiso para el tiempo indispensable. Pero la Facultad está fuera de mi provincia. Cual sería el tiempo indispensable?...
Un saludo a todo el foro, y muchas gracias por vuestras acertadas respuestas
23/12/2002 13:22
Hola roc:
En primer lugar, como el trabajo es por cuenta ajena estás bajo el poder de organización y dirección del empresario. En este caso siempre es mejor obedecer y después reclamar. La normativa establece este criterio pero también establece que las modificaciones sustanciales de las condiciones laborales que redunden en perjuicio de la formación profesional del trabajador o en menoscabo de su dignidad es causa justa para solicitar la extinción del contrato ante el juzgado de lo social, con una indemnización en su caso de 45 días por año de servicio. No sé si este será tú caso.Tendrías que consultar el convenio colectivo y ver las tareas que corresponden auxiliar de caja o realizar una consulta a la inspección de trabajo.
En segundo lugar, el Estatuto de los Trabajadores en su art. 38.2 establece que las partes de mutuo acuerdo podrán fijar el período de disfrute de las vacaciones, de conformidad con lo establecido, en su caso, en los convenios colectivos. Si el convenio no recoge esta posibilidad sólo te queda acordarlo con la empresa, si la empresa no acepta no puedes hacerlo.
Por último, el tiempo indispensable para asistir a exámenes es el necesario para poder realizarlos, contando el desplazamiento y el tiempo de duración del examen con la justificación posterior del mismo. Para asistir a clase se prevé la preferencia de turnos, siempre que existan en la empresa.
Espero haberte aclarado algo. SAludos.
26/12/2002 11:40
Jesús Fer. Te agradezco tus comentarios que, sin duda, son esclarecedores. Un beso, y feliz navidad.
Si tengo alguna duda, volveré a escribir.
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Varios temas mujer trabajadora
18/12/2002 05:01
Planteo a los amigos expertos las siguientes dudas:
Soy una auxiliar de caja, en el convenio nacional de comercio de papel. Habitualmente se me manda limpiar el local por el empresario por ser mujer, claro y me dicen tengo tiempo libre (es legal?.. me puedo negar?) las vacaciones se plantean en el convenio nacional entre dos fechas de mayo a septiembre. La pregunta es: puedo yo elegir 15 días de los 30? y por último estoy matriculada en estudios universitarios. El e.t. dice que tengo permiso para el tiempo indispensable. Pero la Facultad está fuera de mi provincia. Cual sería el tiempo indispensable?...
Un saludo a todo el foro, y muchas gracias por vuestras acertadas respuestas
23/12/2002 13:22
Hola roc:
En primer lugar, como el trabajo es por cuenta ajena estás bajo el poder de organización y dirección del empresario. En este caso siempre es mejor obedecer y después reclamar. La normativa establece este criterio pero también establece que las modificaciones sustanciales de las condiciones laborales que redunden en perjuicio de la formación profesional del trabajador o en menoscabo de su dignidad es causa justa para solicitar la extinción del contrato ante el juzgado de lo social, con una indemnización en su caso de 45 días por año de servicio. No sé si este será tú caso.Tendrías que consultar el convenio colectivo y ver las tareas que corresponden auxiliar de caja o realizar una consulta a la inspección de trabajo.
En segundo lugar, el Estatuto de los Trabajadores en su art. 38.2 establece que las partes de mutuo acuerdo podrán fijar el período de disfrute de las vacaciones, de conformidad con lo establecido, en su caso, en los convenios colectivos. Si el convenio no recoge esta posibilidad sólo te queda acordarlo con la empresa, si la empresa no acepta no puedes hacerlo.
Por último, el tiempo indispensable para asistir a exámenes es el necesario para poder realizarlos, contando el desplazamiento y el tiempo de duración del examen con la justificación posterior del mismo. Para asistir a clase se prevé la preferencia de turnos, siempre que existan en la empresa.
Espero haberte aclarado algo. SAludos.
26/12/2002 11:40
Jesús Fer. Te agradezco tus comentarios que, sin duda, son esclarecedores. Un beso, y feliz navidad.
Si tengo alguna duda, volveré a escribir.