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Venezolana y Catalán, matrimonio o pareja de hecho.

10 Comentarios
 
28/05/2014 17:05
Hola:

1.- Ella debe entregar documentos italianos, porque esa es su nacionalidad efectiva y operativa en España. La venezolana está hibernada. No puede entregar documentos venezolanos. Este es un error común que comenten muchas personas que tienen doble o múltiple nacionalidad. Si su nacionalidad es la italiana, debe aportar documentos italianos: certificado literal de nacimiento o certificado plurilingüe de nacimiento y certificado de estado civil. Y asimismo, debe aportar la certificación del Consulado de Italia acreditado en la ciudad de España donde viva, sobre el resultado del trámite de publicación de edictos, que exige la legislación italiana.

2.- El expediente matrimonial previo lo debe tramitar el Encargado del Registro Civil del municipio donde esté empadronado cualquiera de los dos en España.

3.- Cuando hayan contraído matrimonio en España, se debe solicitar el reconocimiento e inscripción en los países con cuyos ordenamientos jurídicos hay punto de conexión:Italia y Venezuela. Pueden hacerlo a través de los respectivos Consulados. No deje cabos sueltos, este suele ser otro error que cometen las parejas que se casan en países diferentes del de su nacionalidad.

4.- A efectos de solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, si el matrimonio fue celebrado en España, la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia debe aceptar la certificación literal de matrimonio expedida por el Registro Civil español que autorizó el matrimonio.

Un cordial saludo.
28/05/2014 14:01
Hola Condedecartagena

Que tal, tengo el mismo caso, pero creo que un poco más complicado mi novia es igual Venezolana pero tiene tambien la Nacionalidad Italiana aquí en España esta como Italiana y ya tiene su NIE.

Pero queremos casarnos, y obiamente nos piden todos estos requisitos, pero tengo una duda con respecto a algo... porque los documentos que entregaremos seran Venezolanos en caso de ella su acta de nacimiento, y carta de solteria. No habra problemas despues para el tema legal?. digo para yo ser solicitado por ella para el libro de familia.

Aun no estoy ilegal en España tengo visa de estudiante y estoy en Irlanda.

Saludos
28/05/2014 13:56
Luz tendras algun gestor que haga eso? tambien soy de Puerto la Cruz y tengo el mismo caso que Celita!

************************************
28/05/2014 13:56
Luz tendras algun gestor que haga eso? tambien soy de Puerto la Cruz y tengo el mismo caso que Celita!

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12/07/2012 14:42
Hola celita ¿No has pensado en mandar a tramitar esos 2 documentos en venezuela a traves de un gestor o un amistad? por cierto de que parte de venzuela eres, Yo de Anzoátegui
19/06/2012 16:09
Gracias por responder.

No nos he posible viajar los dos a Venezuela para casarnos, por motivo de su trabajo, etc.

Entiendo entonces que quedan mis datos en un registro de extranjeros (entré por barajas) pero que a la hora de salir no mirarán este registro y no tendré problemas. Pero al entrar (esperando po lo menos tres meses o más) puedo volver a entrar como turista (cumpliendo todos los requisitos) sin problemas? Al momento de presentar mi pasaporte o al presentar el impreso con mis datos, ellos pueden saber que he estado antes en España de forma irregular y denegarme la entrada por ello?

- Y si esto fuera así pudiese entrar por portugal o italia por ejemplo? para no tener problemas.

Gracias una vez mas.
19/06/2012 15:42
Hola.

1.- Si una persona extranjera extracomunitaria está en España en situación irregular y se va voluntariamente, no se le inicia ningún procedimiento administrativo sancionador y tampoco se acuerda la prohibición de entrada.

2.- Si entró en España por Barajas en Madrid o por El Prat, en Barcelona, su nombre debió quedar inscrito en el Registro Central de Extranjeros, ya que deben registrarse todas las personas que cruzan la frontera exterior de la Unión Europea y el espacio Schengen (aunque a los españoles, nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y sus familiares extracomunitarios, sujetos al régimen comunitario, no se les sella el pasaporte, pero eso no significa que no se registren sus entradas y salidas). De modo que, sus nombres y apellidos y todos los datos que debió consignar en el impreso que le entregaron, al momento de cruzar la frontera, debieron quedar registrados, ya que así lo establece el Código de fronteras Schengen (que establece la inscripción de los cruces de fronteras exteriores en el Sistema de Información Schengen) y la Ley de Extranjería y su Reglamento.

3.- Puede volver a entrar, siendo, en todo caso, recomendable, por prudencia, que usted espere, al menos, unos tres meses para regresar.

4.- Si se va a su país, podrían casarse ahí y luego, solicitar la inscripción del matrimonio en el Registro Civil del Consulado de España, que previamente, deberá comprobar la conformidad del matrimonio con la legalidad española. Con la certificación de dicha inscripción, ya podrá usted venir a España sin problemas y solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano dela Unión.

Un cordial saludo.
19/06/2012 11:22
Gracias Condecartagena, si hubiese más personas haciendo una labor como la tuya y dispuestas a orientar y ayudar a los demas altruistamente la vida sería mucho más facil y sería menos traumático haber decidido un día querer hacer vida en otro pais e integrarte como una mas.

Curioso que aunque mi carta de soltería venezolana, notariada y con apostilla de la Haya no especifica una data de validez.

Y muy mala suerte habernos planteado tarde el hecho de ser pareja de hechos justo cuando ya no se puede (de acuerdo se puede pero para los efectos ya no sirve de nada). Entiendo que hay mucha gente que utilizó esto para obtener documentación ilicitamente, creo que lo seguirán haciendo con los matrimonios de conveniencia. Comprendería que hicieran mas controles y que verificaran de todas las formas si una pareja lo es realmente o no, pero que lo prohiban radicalmente me parece increible. Es como si todos fueramos delincuentes, no inmigrantes. es realmente triste.

Visto el panorama no veo más opciones que ir a Venezuela a tramitar todo nuevamente (carta de soltería y certificado de nacimiento) pensando en regresar a barcelona y casarnos. Lo se que es temerario, pero al no tener mas opciones y "sabiendolo hacer" pienso que puede salirme bien.. ¿?...

- hago un billete de vuelta a Venezuela (tengo pasaporte renovado, sin sellos) Por lo que se en el aeropuerto no revisan nada en particular cuando sales, no miran sellos ni controlan documentación como para saber que he estado irregular años.

Entonces supongo que la dificultad sería regresar y allí es donde tengo dudas:

Si regreso a los tres meses por ejemplo con una carta de invitación, billete ida y vuelta etc, (en fin entrar normalmente como turista) me lo pueden impedir si no he tenido ningun problema al salir de españa?. O el único problema sería si viesen mi sello de salida anterior con menos de tres meses. Si eso fuera el problema me haía un nuevo pasaporte en Venezuela y entraría con uno sin sellar. O esperaría seis meses, que creo que es el tiempo que tiene que pasar antes de poder volver como turista.

Lo se que todo esto no es politicamente correcto, y que muchos me dirian que no es legal etc etc. Pero son cientos de dificultades burocraticas y de todo tipo que he tenido desde hace cinco años. Solo busco la manera de solucionar mi situacion y sin irme y volver para casarnos, no podré hacerlo jamás.

Gracias por todo a Condecartagena especialmente. Un saludo cordial
18/06/2012 18:54
Hola.

1.- El certificado de estado civil de Venezuela, tiene una validez de 6 meses. Viene indicado en el mismo documento (al menos, los que yo he visto, que son hechos ante notario y luego legalizados con la Apostilla de La Haya).

2.-El certificado literal de nacimiento, debe exigirse en cualquier Registro Civil de España, porque así lo establece el Reglamento de la Ley de Registro Civil (art. 241).

3.- El acta de nacimiento de una persona, registra el hecho del nacimiento, la fecha, hora y los nombres de los progenitores, así como el tipo de filiación (matrimonial o extramatrimonial). Pero, también, al margen, se hacen anotaciones de todos los hechos y actos relativos al estado civil de esa persona: matrimonio; divorcio; hijos que nacen dentro de matrimonio o reconoce; declaraciones de interdicción; nombramiento de guardador; en su caso, pérdida de nacionalidad; fallecimiento. El acta de nacimiento es, por eso, no solo un certificado de nacimiento en sí mismo, sino un documento que acredita muchos hechos relevantes, en lo que respecta al estado civil de la persona.

4.- El expediente matrimonial previo, debe iniciarse, necesariamente, en el Registro Civil del municipio en el que esté empadronado cualquiera de los contrayentes. El consentimiento matrimonial sí, puede prestarse, bien ante el mismo Encargado del Registro Civil que ha tramitado el expediente matrimonial previo; ante otro Encargado de otro Registro Civil de España (siempre que lo comuniquen al momento de presentar la solicitud o durante la tramitación) o en el Ayuntamiento, ante el alcalde o concejal delegado.

NOTA.- Si se quiere casar de urgencia, no es recomendable contraer matrimonio en el Ayuntamiento, ante el alcalde, porque solo le será entregada el acta de matrimonio, pero todavía deberá esperar a que sea inscrita en el Registro Civil, lo cual puede tardar, ya que solo la inscripción en el Registro Civil permite el pleno reconocimiento de los efectos del matrimonio.

5.- PAREJA DE HECHO.- Lo que ha sido suprimido en el Ayuntamiento de Barcelona, ha sido el Registro de Uniones Civiles.

Pero no es que ha desaparecido la institución, más bien al contrario, está regulada en la Ley del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña. Pero, de acuerdo con ella, no es necesaria inscripción alguna sino hallarse en alguna de las 3 situaciones siguientes:

- Haber convivido, al menos, 2 años, como pareja.

- Convivir y tener descendencia común, aunque no hayan convivido dos años.

- Formalizar la relación por escritura pública.

Cualquiera de las situaciones anteriores, unidas a no hallarse en causales de incapacidad, es suficiente para que, de conformidad con el Derecho Civil de Cataluña, que tiene eficacia TERRITORIAL y constituye el Derecho Común en Cataluña, dos personas sean consideradas pareja estable.

Pero, sin embargo, a efectos de aplicación del régimen comunitario de Extranjería, no es suficiente lo anterior. Tanto la Directiva de la Unión Europea, como su norma de transposición al ordenamiento español, el Real Decreto 240/2007, establecen la exigencia de inscripción en un Registro Público establecido para el efecto en cualquiera de los Estados miembros.

En Barcelona capital, ya no es posible, al no existir el Registro de Uniones Civiles en el Ayuntamiento. Pero, sigue siendo posible en otros municipios que sí tienen el Registro. Pero, exigen, igualmente, que ambos estén empadronados en el mismo municipio y en la misma vivienda. De los municipios colindantes con Barcelona, lo conservan el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet y el de Sant Adrià de Besòs. En las proximidades, lo conserva el de Cerdanyola del Vallès.

Un cordial saludo.
18/06/2012 17:43
Pareja de hecho lo han quitado en Barcelona, el asunto es que si te haces pareja de hecho en el adjuntamiento de otra ciudad, te van a pedir que estes empadronado ahi en esa ciudad.
Venezolana y catalán, matrimonio o pareja de hecho.
18/06/2012 14:03
Hola,

Soy Venezolana (en situacion irregular desde hace cinco años) y mi novio Español, de Catalunya. Hace mucho que queremos casarnos pero hemos tenido mil dificultades para conseguir la documentacion que me piden, tuve que esperar casi un año para renovar mi pasaporte en el consulado de Venezuela en Barcelona, por la espera se vencieron los documentos que habian tramitado por mi en Venezuela. Mi carta de soltería apostillada etc y mi certificado de nacimiento, la carta de soltería tiene fecha de expedición: Septiembre 2011, he escuchado que se vence a los seis meses, si es así hace cuatro meses que estaría vencida. Me gustaría saber si esto es realmente así y si en el registro civil de Barcelona (donde estamos empadronados) son muy estrictos con esto. Yo puedo demostrar que no he salido de España desde hace cinco años ( asi que en estos últimos cuatro meses no pude haberme casado alli y regresar a españa, por lo tanto sería absurdo que fueran tan intransigentes, pero se que así es la burocracia)..

Y en cuanto al certificado de nacimiento, también vencido, quisiera saber si vence igualmente a los seis meses o a los tres. De todas maneras la fecha de todas maneras hace mucho estaría vencido (cosa que no podré entender jamás, si nacemos una sola vez como es un certificado de nacimiento caduca cada tres o seis meses?)..

En fin que me es imposible volver a tramitar todo nuevamente en Venezuela, si sabeis de algún registo civil de un pueblo de catalunya o España que no soliciten mi certificado de nacimiento, o no fueran estrictos en cuanto a la caducidad de este y de la carta de soltería.

He pensado también que como pareja de hecho sería mas facil ya que no piden (por lo que entiendo) certificado de nacimiento. Presentaría la carta de solteria que tengo y cumplimos con dos años empadronados en el mismo sitio. Pero he leido en este foro que en Barcelona ya no es posible registrarse como pareja de hecho.

Por favor si pudieran orientarme que puedo hacer, puedo registrarme como pareja de hecho fuera de barcelona ciudad estando los dos empadronados en Barcelona.

Agradezco muchisimo cualquier ayuda. Un saludo
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Venezolana y Catalán, matrimonio o pareja de hecho.

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28/05/2014 17:05
Hola:

1.- Ella debe entregar documentos italianos, porque esa es su nacionalidad efectiva y operativa en España. La venezolana está hibernada. No puede entregar documentos venezolanos. Este es un error común que comenten muchas personas que tienen doble o múltiple nacionalidad. Si su nacionalidad es la italiana, debe aportar documentos italianos: certificado literal de nacimiento o certificado plurilingüe de nacimiento y certificado de estado civil. Y asimismo, debe aportar la certificación del Consulado de Italia acreditado en la ciudad de España donde viva, sobre el resultado del trámite de publicación de edictos, que exige la legislación italiana.

2.- El expediente matrimonial previo lo debe tramitar el Encargado del Registro Civil del municipio donde esté empadronado cualquiera de los dos en España.

3.- Cuando hayan contraído matrimonio en España, se debe solicitar el reconocimiento e inscripción en los países con cuyos ordenamientos jurídicos hay punto de conexión:Italia y Venezuela. Pueden hacerlo a través de los respectivos Consulados. No deje cabos sueltos, este suele ser otro error que cometen las parejas que se casan en países diferentes del de su nacionalidad.

4.- A efectos de solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, si el matrimonio fue celebrado en España, la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia debe aceptar la certificación literal de matrimonio expedida por el Registro Civil español que autorizó el matrimonio.

Un cordial saludo.
28/05/2014 14:01
Hola Condedecartagena

Que tal, tengo el mismo caso, pero creo que un poco más complicado mi novia es igual Venezolana pero tiene tambien la Nacionalidad Italiana aquí en España esta como Italiana y ya tiene su NIE.

Pero queremos casarnos, y obiamente nos piden todos estos requisitos, pero tengo una duda con respecto a algo... porque los documentos que entregaremos seran Venezolanos en caso de ella su acta de nacimiento, y carta de solteria. No habra problemas despues para el tema legal?. digo para yo ser solicitado por ella para el libro de familia.

Aun no estoy ilegal en España tengo visa de estudiante y estoy en Irlanda.

Saludos
28/05/2014 13:56
Luz tendras algun gestor que haga eso? tambien soy de Puerto la Cruz y tengo el mismo caso que Celita!

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28/05/2014 13:56
Luz tendras algun gestor que haga eso? tambien soy de Puerto la Cruz y tengo el mismo caso que Celita!

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12/07/2012 14:42
Hola celita ¿No has pensado en mandar a tramitar esos 2 documentos en venezuela a traves de un gestor o un amistad? por cierto de que parte de venzuela eres, Yo de Anzoátegui
19/06/2012 16:09
Gracias por responder.

No nos he posible viajar los dos a Venezuela para casarnos, por motivo de su trabajo, etc.

Entiendo entonces que quedan mis datos en un registro de extranjeros (entré por barajas) pero que a la hora de salir no mirarán este registro y no tendré problemas. Pero al entrar (esperando po lo menos tres meses o más) puedo volver a entrar como turista (cumpliendo todos los requisitos) sin problemas? Al momento de presentar mi pasaporte o al presentar el impreso con mis datos, ellos pueden saber que he estado antes en España de forma irregular y denegarme la entrada por ello?

- Y si esto fuera así pudiese entrar por portugal o italia por ejemplo? para no tener problemas.

Gracias una vez mas.
19/06/2012 15:42
Hola.

1.- Si una persona extranjera extracomunitaria está en España en situación irregular y se va voluntariamente, no se le inicia ningún procedimiento administrativo sancionador y tampoco se acuerda la prohibición de entrada.

2.- Si entró en España por Barajas en Madrid o por El Prat, en Barcelona, su nombre debió quedar inscrito en el Registro Central de Extranjeros, ya que deben registrarse todas las personas que cruzan la frontera exterior de la Unión Europea y el espacio Schengen (aunque a los españoles, nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y sus familiares extracomunitarios, sujetos al régimen comunitario, no se les sella el pasaporte, pero eso no significa que no se registren sus entradas y salidas). De modo que, sus nombres y apellidos y todos los datos que debió consignar en el impreso que le entregaron, al momento de cruzar la frontera, debieron quedar registrados, ya que así lo establece el Código de fronteras Schengen (que establece la inscripción de los cruces de fronteras exteriores en el Sistema de Información Schengen) y la Ley de Extranjería y su Reglamento.

3.- Puede volver a entrar, siendo, en todo caso, recomendable, por prudencia, que usted espere, al menos, unos tres meses para regresar.

4.- Si se va a su país, podrían casarse ahí y luego, solicitar la inscripción del matrimonio en el Registro Civil del Consulado de España, que previamente, deberá comprobar la conformidad del matrimonio con la legalidad española. Con la certificación de dicha inscripción, ya podrá usted venir a España sin problemas y solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano dela Unión.

Un cordial saludo.
19/06/2012 11:22
Gracias Condecartagena, si hubiese más personas haciendo una labor como la tuya y dispuestas a orientar y ayudar a los demas altruistamente la vida sería mucho más facil y sería menos traumático haber decidido un día querer hacer vida en otro pais e integrarte como una mas.

Curioso que aunque mi carta de soltería venezolana, notariada y con apostilla de la Haya no especifica una data de validez.

Y muy mala suerte habernos planteado tarde el hecho de ser pareja de hechos justo cuando ya no se puede (de acuerdo se puede pero para los efectos ya no sirve de nada). Entiendo que hay mucha gente que utilizó esto para obtener documentación ilicitamente, creo que lo seguirán haciendo con los matrimonios de conveniencia. Comprendería que hicieran mas controles y que verificaran de todas las formas si una pareja lo es realmente o no, pero que lo prohiban radicalmente me parece increible. Es como si todos fueramos delincuentes, no inmigrantes. es realmente triste.

Visto el panorama no veo más opciones que ir a Venezuela a tramitar todo nuevamente (carta de soltería y certificado de nacimiento) pensando en regresar a barcelona y casarnos. Lo se que es temerario, pero al no tener mas opciones y "sabiendolo hacer" pienso que puede salirme bien.. ¿?...

- hago un billete de vuelta a Venezuela (tengo pasaporte renovado, sin sellos) Por lo que se en el aeropuerto no revisan nada en particular cuando sales, no miran sellos ni controlan documentación como para saber que he estado irregular años.

Entonces supongo que la dificultad sería regresar y allí es donde tengo dudas:

Si regreso a los tres meses por ejemplo con una carta de invitación, billete ida y vuelta etc, (en fin entrar normalmente como turista) me lo pueden impedir si no he tenido ningun problema al salir de españa?. O el único problema sería si viesen mi sello de salida anterior con menos de tres meses. Si eso fuera el problema me haía un nuevo pasaporte en Venezuela y entraría con uno sin sellar. O esperaría seis meses, que creo que es el tiempo que tiene que pasar antes de poder volver como turista.

Lo se que todo esto no es politicamente correcto, y que muchos me dirian que no es legal etc etc. Pero son cientos de dificultades burocraticas y de todo tipo que he tenido desde hace cinco años. Solo busco la manera de solucionar mi situacion y sin irme y volver para casarnos, no podré hacerlo jamás.

Gracias por todo a Condecartagena especialmente. Un saludo cordial
18/06/2012 18:54
Hola.

1.- El certificado de estado civil de Venezuela, tiene una validez de 6 meses. Viene indicado en el mismo documento (al menos, los que yo he visto, que son hechos ante notario y luego legalizados con la Apostilla de La Haya).

2.-El certificado literal de nacimiento, debe exigirse en cualquier Registro Civil de España, porque así lo establece el Reglamento de la Ley de Registro Civil (art. 241).

3.- El acta de nacimiento de una persona, registra el hecho del nacimiento, la fecha, hora y los nombres de los progenitores, así como el tipo de filiación (matrimonial o extramatrimonial). Pero, también, al margen, se hacen anotaciones de todos los hechos y actos relativos al estado civil de esa persona: matrimonio; divorcio; hijos que nacen dentro de matrimonio o reconoce; declaraciones de interdicción; nombramiento de guardador; en su caso, pérdida de nacionalidad; fallecimiento. El acta de nacimiento es, por eso, no solo un certificado de nacimiento en sí mismo, sino un documento que acredita muchos hechos relevantes, en lo que respecta al estado civil de la persona.

4.- El expediente matrimonial previo, debe iniciarse, necesariamente, en el Registro Civil del municipio en el que esté empadronado cualquiera de los contrayentes. El consentimiento matrimonial sí, puede prestarse, bien ante el mismo Encargado del Registro Civil que ha tramitado el expediente matrimonial previo; ante otro Encargado de otro Registro Civil de España (siempre que lo comuniquen al momento de presentar la solicitud o durante la tramitación) o en el Ayuntamiento, ante el alcalde o concejal delegado.

NOTA.- Si se quiere casar de urgencia, no es recomendable contraer matrimonio en el Ayuntamiento, ante el alcalde, porque solo le será entregada el acta de matrimonio, pero todavía deberá esperar a que sea inscrita en el Registro Civil, lo cual puede tardar, ya que solo la inscripción en el Registro Civil permite el pleno reconocimiento de los efectos del matrimonio.

5.- PAREJA DE HECHO.- Lo que ha sido suprimido en el Ayuntamiento de Barcelona, ha sido el Registro de Uniones Civiles.

Pero no es que ha desaparecido la institución, más bien al contrario, está regulada en la Ley del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña. Pero, de acuerdo con ella, no es necesaria inscripción alguna sino hallarse en alguna de las 3 situaciones siguientes:

- Haber convivido, al menos, 2 años, como pareja.

- Convivir y tener descendencia común, aunque no hayan convivido dos años.

- Formalizar la relación por escritura pública.

Cualquiera de las situaciones anteriores, unidas a no hallarse en causales de incapacidad, es suficiente para que, de conformidad con el Derecho Civil de Cataluña, que tiene eficacia TERRITORIAL y constituye el Derecho Común en Cataluña, dos personas sean consideradas pareja estable.

Pero, sin embargo, a efectos de aplicación del régimen comunitario de Extranjería, no es suficiente lo anterior. Tanto la Directiva de la Unión Europea, como su norma de transposición al ordenamiento español, el Real Decreto 240/2007, establecen la exigencia de inscripción en un Registro Público establecido para el efecto en cualquiera de los Estados miembros.

En Barcelona capital, ya no es posible, al no existir el Registro de Uniones Civiles en el Ayuntamiento. Pero, sigue siendo posible en otros municipios que sí tienen el Registro. Pero, exigen, igualmente, que ambos estén empadronados en el mismo municipio y en la misma vivienda. De los municipios colindantes con Barcelona, lo conservan el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet y el de Sant Adrià de Besòs. En las proximidades, lo conserva el de Cerdanyola del Vallès.

Un cordial saludo.
18/06/2012 17:43
Pareja de hecho lo han quitado en Barcelona, el asunto es que si te haces pareja de hecho en el adjuntamiento de otra ciudad, te van a pedir que estes empadronado ahi en esa ciudad.
Venezolana y catalán, matrimonio o pareja de hecho.
18/06/2012 14:03
Hola,

Soy Venezolana (en situacion irregular desde hace cinco años) y mi novio Español, de Catalunya. Hace mucho que queremos casarnos pero hemos tenido mil dificultades para conseguir la documentacion que me piden, tuve que esperar casi un año para renovar mi pasaporte en el consulado de Venezuela en Barcelona, por la espera se vencieron los documentos que habian tramitado por mi en Venezuela. Mi carta de soltería apostillada etc y mi certificado de nacimiento, la carta de soltería tiene fecha de expedición: Septiembre 2011, he escuchado que se vence a los seis meses, si es así hace cuatro meses que estaría vencida. Me gustaría saber si esto es realmente así y si en el registro civil de Barcelona (donde estamos empadronados) son muy estrictos con esto. Yo puedo demostrar que no he salido de España desde hace cinco años ( asi que en estos últimos cuatro meses no pude haberme casado alli y regresar a españa, por lo tanto sería absurdo que fueran tan intransigentes, pero se que así es la burocracia)..

Y en cuanto al certificado de nacimiento, también vencido, quisiera saber si vence igualmente a los seis meses o a los tres. De todas maneras la fecha de todas maneras hace mucho estaría vencido (cosa que no podré entender jamás, si nacemos una sola vez como es un certificado de nacimiento caduca cada tres o seis meses?)..

En fin que me es imposible volver a tramitar todo nuevamente en Venezuela, si sabeis de algún registo civil de un pueblo de catalunya o España que no soliciten mi certificado de nacimiento, o no fueran estrictos en cuanto a la caducidad de este y de la carta de soltería.

He pensado también que como pareja de hecho sería mas facil ya que no piden (por lo que entiendo) certificado de nacimiento. Presentaría la carta de solteria que tengo y cumplimos con dos años empadronados en el mismo sitio. Pero he leido en este foro que en Barcelona ya no es posible registrarse como pareja de hecho.

Por favor si pudieran orientarme que puedo hacer, puedo registrarme como pareja de hecho fuera de barcelona ciudad estando los dos empadronados en Barcelona.

Agradezco muchisimo cualquier ayuda. Un saludo