Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Venta de mobiliario en la compraventa de un inmueble

2 Comentarios
 
Venta de mobiliario en la compraventa de un inmueble
31/01/2018 12:29
Buenos días. Tras firmar el contrato de arras en el proceso de compraventa de un inmueble, el propietario está vendiendo por Wallapop los muebles de la casa, incluso los lavabos de los baños. En el contrato de arras no venía especificado nada, a nosotros nos dijo de palabra que vendería las camas, las mesas, los sofás... lo normal. No dijo nada de los baños y ahora nos encontramos con esto.
¿Qué podemos hacer? ¿Es legal vender los armarios y sanitarios de una casa cuando vas a venderla? ¿Nos la podemos encontrar totalmente vacía? ¿Y si en el proceso rompen paredes o dañan la superficie?
31/01/2018 12:50
Maridudas
Los armarios sí, pueden venderlos, los sanitarios, la pila o la grifería no, son un elemento de obra. Se entiende que los elementos fijos/de obra van con el piso (encimera, baños, electrodomésticos y armarios empotrados, calefacción de obra...), y los que son móviles o simplemente se desmontan o desenchufan (estanterías, muebles, armarios y electrodomésticos no empotrados, ...) forman parte del ajuar, y se lo pueden llevar.
Si los daños en paredes y demás fueran considerables, y no los arreglaran, o faltaran elementos fijos, sería un motivo justificable para anular el contrato de arras y solicitar su devolución, puesto que el estado del inmueble ya no se correspondería con el estado que tenía cuando se firmó el compromiso de compra.
31/01/2018 14:00
paquito xocolatero
Muchas gracias por la respuesta. ¿Tendría la inmobiliaria algún tipo de responsabilidad en esto?
Venta de mobiliario en la compraventa de un inmueble | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Venta de mobiliario en la compraventa de un inmueble

2 Comentarios
 
Venta de mobiliario en la compraventa de un inmueble
31/01/2018 12:29
Buenos días. Tras firmar el contrato de arras en el proceso de compraventa de un inmueble, el propietario está vendiendo por Wallapop los muebles de la casa, incluso los lavabos de los baños. En el contrato de arras no venía especificado nada, a nosotros nos dijo de palabra que vendería las camas, las mesas, los sofás... lo normal. No dijo nada de los baños y ahora nos encontramos con esto.
¿Qué podemos hacer? ¿Es legal vender los armarios y sanitarios de una casa cuando vas a venderla? ¿Nos la podemos encontrar totalmente vacía? ¿Y si en el proceso rompen paredes o dañan la superficie?
31/01/2018 12:50
Maridudas
Los armarios sí, pueden venderlos, los sanitarios, la pila o la grifería no, son un elemento de obra. Se entiende que los elementos fijos/de obra van con el piso (encimera, baños, electrodomésticos y armarios empotrados, calefacción de obra...), y los que son móviles o simplemente se desmontan o desenchufan (estanterías, muebles, armarios y electrodomésticos no empotrados, ...) forman parte del ajuar, y se lo pueden llevar.
Si los daños en paredes y demás fueran considerables, y no los arreglaran, o faltaran elementos fijos, sería un motivo justificable para anular el contrato de arras y solicitar su devolución, puesto que el estado del inmueble ya no se correspondería con el estado que tenía cuando se firmó el compromiso de compra.
31/01/2018 14:00
paquito xocolatero
Muchas gracias por la respuesta. ¿Tendría la inmobiliaria algún tipo de responsabilidad en esto?