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Venta de participaciones sociales del socio minoritario

15 Comentarios
 
Venta de participaciones sociales del socio minoritario
17/03/2014 16:21
Estimados Amigos,

Soy socio minoritario de una empresa con el 12% de las participaciones. Despues de mi salida de la sociedad como trabajador, he intentado que me compren mi parte el resto de los socios ya que no tiene sentido que siga en esta situacion.

El problema es que sabemos que las cuentas que nos presentan en las juntas y posteriormente en el registro no son reales, estan maquilladas, por lo que se estan comiendo los beneficios entre ellos y a mi todos los años me dan un imoprte insignificante cuando asisto a la junta (en las que siempre voto en contra). La cuestion es que no se de que forma puedo presionar para que sientan la necesidad de quitarme de encima y que todos vivamos tranquilos.

Gracias por vuestra ayuda
18/03/2014 10:00
Hola MFP. Entiendo perfectamente tu situación porque yo estoy pasando por lo mismo. Los socios minoritarios tenemos pocas armas, pero tenemos algunas, por ejemplo: si tienes más del 5% de acciones puedes convocar juntas extraordinarias, eso conlleva un coste para tus socios (publicacion de la junta en prensa, notario si lo solicitas, etc); tambien puedes solicitar auditoria en el registro mercantil con coste para tus socios....Sólo ocasionandole gastos y problemas se plantearan negociar. Hazte con una copia de la Ley de Sociedades de Capital 2010. Ahí hallaras respuestas a tus dudas. Animo!
18/03/2014 10:20
Hola anela,

Muchas gracias por tu respuesta, lo que no sabia es que se podia solicitar la asistencia de un notario a las juntas, esto lo pagaria la sociedad o el socio que lo solicite? se pueden convocar tantas juntas como se quiera o hay un minimo en un tiempo determinado? Gracias de nuevo por tu ayuda. Un saludo
18/03/2014 12:00
En efecto; La legislación vigente tiene establecido como medidas para defender al socio minoritario, en caso de agravios injustificados por parte de los mayoritarios, medidas protectoras que consisten en penalizar económicamente a la sociedad ,tu sociedad mercantil, de la que tú también formas parte, con el pago por parte de la Sociedad, de las medidas legales que tú, para defenderte quieras adoptar, y la legislación vigente contemple, y en nombre de la Sociedad quien debe pagar es el Administrador (de ahí que ahora pretendan que el administrador sea otra persona que no sea socia, para quitarse responsabilidades).

La mas importante de todas las medidas, sin ninguna duda, pues abre las puertas al resto de medidas que puedas adoptar, es solicitar el nombramiento de auditor por Registrador Mercantil con cargo a la Sociedad, (tu sociedad mercantil). El hecho de que el Registrador Mercantil de tu ciudad, te la conceda, es muchísimo mas importante para ti, socio minoritario, que los resultados económicos de la auditoria en sí mismo, y este es el motivo principal, por el que el Registrador Mercantil no suele conceder este derecho al socio minoritario agraviado en sus derechos. El primero en negarle este derecho al socio minoritario es el Registrador, pero luego sigue negando este derecho la Dirección General de los Registros y del Notariado, y por tanto el propio Ministerio de Justicia, y de este modo, y entre estos y muchos mas que participan, y de forma perfectamente calculada, ANULAN AL SOCIO MINORITARIO SU PODER DE OBRAR frente a la sociedad de la que forma parte, como socio minoritario, pese a que la Ley le reconoce sus derechos, y en definitiva, le niegan su legítimo derecho a poder defenderse legítimamente de los agravios de los mayoritarios, y así y de este modo, y entre todos, la única vía que dejan libre, al socio minoritario para poder defenderse son los Juzgados, pero tampoco olvides que los Juzgados son también parte del Ministerio de Justicia. !!Menuda asunto!!

No hay ninguna duda de que el socio minoritario, tiene derechos que le otorga la Ley, pese a todos los que se atreven a negarlo, que cabe suponer que quienes les niegan estos derechos al socio minoritario, deben conocer mejor que yo estas "tramas" que lamentablemente no benefician a la economía de este país y mucho menos actualmente, con tanto empeño en que surjan emprendedores, !pobrecitos, la que les espera!

Por eso mi consejo es que no os rindáis, que solicitéis a los Registradores el nombramiento de auditor dentro del plazo previsto por la Ley, y que aprovechéis cualquier ocasión para denunciar estos hechos y modos de actuar, totalmente inadmisibles en un Estado de Derecho, y solo podréis denunciarlo cuando hayáis pasado por ello, por que será el momento en que podáis actuar con conocimiento de causa.

Esto es Pórtico Legal, y supuestamente defiende la legalidad, por lo que confío en que este comentario mío que está avalado por un montón de documentación oficial, sea publicado, por el bien de los lectores de este foro, y en beneficio del interés común y la recuperación económica de este país. Hay vivencias que ni siquiera el tiempo puede borrar.
18/03/2014 12:12
Estimad@ Ituime,

Muchas gracias por aportar esta informacion con nosotros que sin duda es muy interesante y valida para un futuro.

Por lo que he leido, pero te agradeceria me lo confirmaras, quieres decir que cuando solicite la auditiria al Registro Mercantil cabe la posibilidad de que me la denieguen?

si esto es asi, ya me caigo con todo el equipo...

Muchas gracias de nuevo.
18/03/2014 13:48
Esta información ha sido válida en un pasado reciente, lo es en el presente y puesto que no veo que se corrijan los "errores" lo será también en el futuro.

En contestación a tu pregunta: Cuando solicites el nombramiento de auditor por Registrador, tienes muchas posibilidades de que te sea denegado.

Sin embargo, debes solicitarla y arriesgarte a ver que pasa, y si te la deniegan ya sabes por qué, entonces tendrás conocimiento de causa y podrás denunciar para que otros puedan protegerse. Es decir solo te queda, defenderte, mas en beneficio de interés común que en el tuyo propio. Lo lamento, no puedo explicar este caso en toda su extensión.

Pienso sinceramente que los abogados tienen un gran campo de trabajo en este asunto, en lugar de tener que recurrir a administrar comunidades de propietarios, pero a juzgar por como les va a los socios minoritarios, pienso que en algo nos estamos equivocando.

19/03/2014 10:14
Hola de nuevo. Te explico: tienes derecho como socio minoritario a requerir de los administradores que un notario esté presente cada vez que se celebre una Junta, con cargo a la empresa, por supuesto; tambien tienes derecho a solicitar una Auditoria de Cuentas en el Registro Mercantil siempre que lo hagas antes del 30 de marzo de cada año (es decir que no esceda de más de 3 meses que se haya cerrado el ejercicio economico de ese año) y no te van a poner ninguna pega, yo lo hago y sin problema; lo dice la ley y por supuesto con cargo a la empresa ( unos 6000 euros). Almenos, si tus socios te engañan o te ningunean, empezaran a considerar que eres molesto y gravoso para ellos. Animo, no te rindas!!
19/03/2014 10:42
Hola Anaela,

Os agradezco a todos el tiempo que invertir en ayudar a gente como yo. De verdad, ayuda a seguir hacia delante. Me podriais decir que suele cobrar un buen abogado de Mercantil para realizar todo este proceso por nosotros, lo digo por que un abogado tendra mas conocimiento de como agobiarlos y de como molestarlos para que en algun momento se planteen quitarnos de enmedio comprandonos nuestras participaciones. El primer abogado que elegimos, nos engaño, nos dijo que habia solicitado la auditoria y luego fue mentira, entre otras cosas mas.... y la verdad es que ya vamos con pies de plomo por que nos costo una pasta para nada.

Gracia de nuevo por vuestra ayuda!!!!
19/03/2014 10:53
Me surge otra duda, las cuentas son auditadas por una empresa todos los años. El año pasado en la junta General se propuso un auditor para hacer la auditoria de cuentas en la que yo vote en contra ya que solo se presento una oferta, que resultaba que era la misma empresa que años anteriores pero con otro nombre.

Bien, podria condicionar que las cuentas ya las audite un auditor para que me denieguen la auditoria del registro Mercantil?

Saludos.
26/03/2014 17:46
He consultado con el gestor que lleva la contabilidad de la empresa.
Cuando cierra el ejercicio 2013, me contesta que tiene plazo hasta el 30.4.2014, todo ello para presentar AUDITORIA.
Tengo un 33,33 % de partctpaciones.
Quiero saber ultimo dia,mes, y año de 2014 para solicitar AUDITORIA en el Registro Mercantil.
29/03/2014 09:11
Atom_1952, a simple vista me parece que; o la pregunta está mal planteada o la respuesta puede estar equivocada, pero algo me despista en su comentario que puede también desorientar al resto de lectores, ( principalmente, socios minoritarios con problemas).

Generalmente el ejercicio económico de las empresas comienza el 1 de Enero y finaliza el 31 de Diciembre de cada año, esto es generalmente, por que ahora, están modificando el periodo del ejercicio económico, pasando a comenzar y finalizar en cualquier otra fecha. Por eso es muy importante saber cual es el verdadero ejercicio económico de las empresas (que siempre será de 12 meses pero que puede comenzar en una fecha determinada y acabar en otra) para poder solicitar dentro del plazo legal establecido por la Ley, el nombramiento de Auditor al Registrador Mercantil, con cargo a la Sociedad.

En cualquier caso, el periodo comprendido de cualquier ejercicio económico de cualquier empresa, tiene que constar en los Estatutos de cada Sociedad, y Vd. como socio debe tener la información actualizada. Si no pídaselo al administrador, o al gestor, y si estos se hacen los tontos, aún le queda poder solicitárselo al Registro Mercantil, que dispone de Información de toda su empresa.

Ojo! mucho cuidado si Vd. ya tiene iniciado un proceso administrativo con su empresa, pues al solicitar al Registrador Mercantil "Una Certificación" documento en el que constan los Estatutos, resulta que puede dejar sin efecto todo el proceso administrativo que Vd. haya podido iniciar, por eso le remito a consultar la Ley Hipotecaria, ¿ le suena esta Ley?, (Ley por la que muchas víctimas hoy se están quedando sin su vivienda), tenga en cuenta que los socio minoritario también son víctimas, en cualquier caso, esta Ley contiene mucha información interesante para todos, y Vd. debe estar informado.

Un saludo

31/03/2014 19:44
No tengo iniciado ningún proceso administrativo con la Empresa al día de hoy.
Los estatutos contemplan que el ejercicio social dará comienzo el día uno de enero y terminara el 31 de diciembre.
La junta general celebrada en el mes de noviembre de 2013 para la aprobación del ejercicio económico de 2012, con presencia de Notario solicitados por los dos administradores mancomunados, mi VOTO fue de NO APROBACIÓN.
Pregunte al Gestor que lleva la contabilidad de la Empresa.
(P))-Que fecha de cierre tiene el ejercicio de 2013.
(R)-El 30 de abril de 2014 por motivos de liquidación de impuestos.
Visto en el Foro y tener poco conocimiento en esta materia, que tiene uno plazo para solicitar AUDITOR al R.M., tres meses del año siguiente al del cierre del ejercicio, ES ASÍ o NO.
Puedo yo realizar esta gestión de petición de solicitud de auditor o sería conveniente una
persona cualificada jurídicamente.
El motivo principal de esta consulta, es que llevo varios años pretendiendo vender mis participaciones a socios trabajadores y la vez son administradores mancomunados y mi intención es solicitar la auditoria, como forma de presión,
Saludos, gracias anticipadas, espero noticias

13/05/2014 20:36

Muchas gracias ante todo , os comento mi caso por sí alguien me puede ayudar,,soy de Toledo, decidí pertenecer a un comercio juntó a 4 personas más
En el 2011 Se constituye la sociedad con un capital social de 3010€, al cabo de dos años piden un aumento de capital en proporción del porcentaje de cada socio, el resto de los socios entran al aumento y yo no, acuerdan devolverlo al cabo de un año y a mi me devolverán el porcentaje mis acciones .

Lo que quería saber es , si no registran esos cambios de capital en el R.M , están dentro de la legalidad o no?
También saber, que pasos se suelen seguir para rescatar el dinero invertido?
Muchas gracias por la información
27/05/2014 14:16
parece que alguien se ha dado cuenta de lo que sufrimos los minoritarios. La cosa empieza a cambiar

http://www.elderecho.com/actualidad/proyecto_de_ley_de_sociedades_de_capital_0_681375074.html
27/05/2014 14:16
parece que alguien se ha dado cuenta de lo que sufrimos los minoritarios. La cosa empieza a cambiar

http://www.elderecho.com/actualidad/proyecto_de_ley_de_sociedades_de_capital_0_681375074.html
27/05/2014 14:16
http://www.elderecho.com/actualidad/proyecto_de_ley_de_sociedades_de_capital_0_681375074.html
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Venta de participaciones sociales del socio minoritario

15 Comentarios
 
Venta de participaciones sociales del socio minoritario
17/03/2014 16:21
Estimados Amigos,

Soy socio minoritario de una empresa con el 12% de las participaciones. Despues de mi salida de la sociedad como trabajador, he intentado que me compren mi parte el resto de los socios ya que no tiene sentido que siga en esta situacion.

El problema es que sabemos que las cuentas que nos presentan en las juntas y posteriormente en el registro no son reales, estan maquilladas, por lo que se estan comiendo los beneficios entre ellos y a mi todos los años me dan un imoprte insignificante cuando asisto a la junta (en las que siempre voto en contra). La cuestion es que no se de que forma puedo presionar para que sientan la necesidad de quitarme de encima y que todos vivamos tranquilos.

Gracias por vuestra ayuda
18/03/2014 10:00
Hola MFP. Entiendo perfectamente tu situación porque yo estoy pasando por lo mismo. Los socios minoritarios tenemos pocas armas, pero tenemos algunas, por ejemplo: si tienes más del 5% de acciones puedes convocar juntas extraordinarias, eso conlleva un coste para tus socios (publicacion de la junta en prensa, notario si lo solicitas, etc); tambien puedes solicitar auditoria en el registro mercantil con coste para tus socios....Sólo ocasionandole gastos y problemas se plantearan negociar. Hazte con una copia de la Ley de Sociedades de Capital 2010. Ahí hallaras respuestas a tus dudas. Animo!
18/03/2014 10:20
Hola anela,

Muchas gracias por tu respuesta, lo que no sabia es que se podia solicitar la asistencia de un notario a las juntas, esto lo pagaria la sociedad o el socio que lo solicite? se pueden convocar tantas juntas como se quiera o hay un minimo en un tiempo determinado? Gracias de nuevo por tu ayuda. Un saludo
18/03/2014 12:00
En efecto; La legislación vigente tiene establecido como medidas para defender al socio minoritario, en caso de agravios injustificados por parte de los mayoritarios, medidas protectoras que consisten en penalizar económicamente a la sociedad ,tu sociedad mercantil, de la que tú también formas parte, con el pago por parte de la Sociedad, de las medidas legales que tú, para defenderte quieras adoptar, y la legislación vigente contemple, y en nombre de la Sociedad quien debe pagar es el Administrador (de ahí que ahora pretendan que el administrador sea otra persona que no sea socia, para quitarse responsabilidades).

La mas importante de todas las medidas, sin ninguna duda, pues abre las puertas al resto de medidas que puedas adoptar, es solicitar el nombramiento de auditor por Registrador Mercantil con cargo a la Sociedad, (tu sociedad mercantil). El hecho de que el Registrador Mercantil de tu ciudad, te la conceda, es muchísimo mas importante para ti, socio minoritario, que los resultados económicos de la auditoria en sí mismo, y este es el motivo principal, por el que el Registrador Mercantil no suele conceder este derecho al socio minoritario agraviado en sus derechos. El primero en negarle este derecho al socio minoritario es el Registrador, pero luego sigue negando este derecho la Dirección General de los Registros y del Notariado, y por tanto el propio Ministerio de Justicia, y de este modo, y entre estos y muchos mas que participan, y de forma perfectamente calculada, ANULAN AL SOCIO MINORITARIO SU PODER DE OBRAR frente a la sociedad de la que forma parte, como socio minoritario, pese a que la Ley le reconoce sus derechos, y en definitiva, le niegan su legítimo derecho a poder defenderse legítimamente de los agravios de los mayoritarios, y así y de este modo, y entre todos, la única vía que dejan libre, al socio minoritario para poder defenderse son los Juzgados, pero tampoco olvides que los Juzgados son también parte del Ministerio de Justicia. !!Menuda asunto!!

No hay ninguna duda de que el socio minoritario, tiene derechos que le otorga la Ley, pese a todos los que se atreven a negarlo, que cabe suponer que quienes les niegan estos derechos al socio minoritario, deben conocer mejor que yo estas "tramas" que lamentablemente no benefician a la economía de este país y mucho menos actualmente, con tanto empeño en que surjan emprendedores, !pobrecitos, la que les espera!

Por eso mi consejo es que no os rindáis, que solicitéis a los Registradores el nombramiento de auditor dentro del plazo previsto por la Ley, y que aprovechéis cualquier ocasión para denunciar estos hechos y modos de actuar, totalmente inadmisibles en un Estado de Derecho, y solo podréis denunciarlo cuando hayáis pasado por ello, por que será el momento en que podáis actuar con conocimiento de causa.

Esto es Pórtico Legal, y supuestamente defiende la legalidad, por lo que confío en que este comentario mío que está avalado por un montón de documentación oficial, sea publicado, por el bien de los lectores de este foro, y en beneficio del interés común y la recuperación económica de este país. Hay vivencias que ni siquiera el tiempo puede borrar.
18/03/2014 12:12
Estimad@ Ituime,

Muchas gracias por aportar esta informacion con nosotros que sin duda es muy interesante y valida para un futuro.

Por lo que he leido, pero te agradeceria me lo confirmaras, quieres decir que cuando solicite la auditiria al Registro Mercantil cabe la posibilidad de que me la denieguen?

si esto es asi, ya me caigo con todo el equipo...

Muchas gracias de nuevo.
18/03/2014 13:48
Esta información ha sido válida en un pasado reciente, lo es en el presente y puesto que no veo que se corrijan los "errores" lo será también en el futuro.

En contestación a tu pregunta: Cuando solicites el nombramiento de auditor por Registrador, tienes muchas posibilidades de que te sea denegado.

Sin embargo, debes solicitarla y arriesgarte a ver que pasa, y si te la deniegan ya sabes por qué, entonces tendrás conocimiento de causa y podrás denunciar para que otros puedan protegerse. Es decir solo te queda, defenderte, mas en beneficio de interés común que en el tuyo propio. Lo lamento, no puedo explicar este caso en toda su extensión.

Pienso sinceramente que los abogados tienen un gran campo de trabajo en este asunto, en lugar de tener que recurrir a administrar comunidades de propietarios, pero a juzgar por como les va a los socios minoritarios, pienso que en algo nos estamos equivocando.

19/03/2014 10:14
Hola de nuevo. Te explico: tienes derecho como socio minoritario a requerir de los administradores que un notario esté presente cada vez que se celebre una Junta, con cargo a la empresa, por supuesto; tambien tienes derecho a solicitar una Auditoria de Cuentas en el Registro Mercantil siempre que lo hagas antes del 30 de marzo de cada año (es decir que no esceda de más de 3 meses que se haya cerrado el ejercicio economico de ese año) y no te van a poner ninguna pega, yo lo hago y sin problema; lo dice la ley y por supuesto con cargo a la empresa ( unos 6000 euros). Almenos, si tus socios te engañan o te ningunean, empezaran a considerar que eres molesto y gravoso para ellos. Animo, no te rindas!!
19/03/2014 10:42
Hola Anaela,

Os agradezco a todos el tiempo que invertir en ayudar a gente como yo. De verdad, ayuda a seguir hacia delante. Me podriais decir que suele cobrar un buen abogado de Mercantil para realizar todo este proceso por nosotros, lo digo por que un abogado tendra mas conocimiento de como agobiarlos y de como molestarlos para que en algun momento se planteen quitarnos de enmedio comprandonos nuestras participaciones. El primer abogado que elegimos, nos engaño, nos dijo que habia solicitado la auditoria y luego fue mentira, entre otras cosas mas.... y la verdad es que ya vamos con pies de plomo por que nos costo una pasta para nada.

Gracia de nuevo por vuestra ayuda!!!!
19/03/2014 10:53
Me surge otra duda, las cuentas son auditadas por una empresa todos los años. El año pasado en la junta General se propuso un auditor para hacer la auditoria de cuentas en la que yo vote en contra ya que solo se presento una oferta, que resultaba que era la misma empresa que años anteriores pero con otro nombre.

Bien, podria condicionar que las cuentas ya las audite un auditor para que me denieguen la auditoria del registro Mercantil?

Saludos.
26/03/2014 17:46
He consultado con el gestor que lleva la contabilidad de la empresa.
Cuando cierra el ejercicio 2013, me contesta que tiene plazo hasta el 30.4.2014, todo ello para presentar AUDITORIA.
Tengo un 33,33 % de partctpaciones.
Quiero saber ultimo dia,mes, y año de 2014 para solicitar AUDITORIA en el Registro Mercantil.
29/03/2014 09:11
Atom_1952, a simple vista me parece que; o la pregunta está mal planteada o la respuesta puede estar equivocada, pero algo me despista en su comentario que puede también desorientar al resto de lectores, ( principalmente, socios minoritarios con problemas).

Generalmente el ejercicio económico de las empresas comienza el 1 de Enero y finaliza el 31 de Diciembre de cada año, esto es generalmente, por que ahora, están modificando el periodo del ejercicio económico, pasando a comenzar y finalizar en cualquier otra fecha. Por eso es muy importante saber cual es el verdadero ejercicio económico de las empresas (que siempre será de 12 meses pero que puede comenzar en una fecha determinada y acabar en otra) para poder solicitar dentro del plazo legal establecido por la Ley, el nombramiento de Auditor al Registrador Mercantil, con cargo a la Sociedad.

En cualquier caso, el periodo comprendido de cualquier ejercicio económico de cualquier empresa, tiene que constar en los Estatutos de cada Sociedad, y Vd. como socio debe tener la información actualizada. Si no pídaselo al administrador, o al gestor, y si estos se hacen los tontos, aún le queda poder solicitárselo al Registro Mercantil, que dispone de Información de toda su empresa.

Ojo! mucho cuidado si Vd. ya tiene iniciado un proceso administrativo con su empresa, pues al solicitar al Registrador Mercantil "Una Certificación" documento en el que constan los Estatutos, resulta que puede dejar sin efecto todo el proceso administrativo que Vd. haya podido iniciar, por eso le remito a consultar la Ley Hipotecaria, ¿ le suena esta Ley?, (Ley por la que muchas víctimas hoy se están quedando sin su vivienda), tenga en cuenta que los socio minoritario también son víctimas, en cualquier caso, esta Ley contiene mucha información interesante para todos, y Vd. debe estar informado.

Un saludo

31/03/2014 19:44
No tengo iniciado ningún proceso administrativo con la Empresa al día de hoy.
Los estatutos contemplan que el ejercicio social dará comienzo el día uno de enero y terminara el 31 de diciembre.
La junta general celebrada en el mes de noviembre de 2013 para la aprobación del ejercicio económico de 2012, con presencia de Notario solicitados por los dos administradores mancomunados, mi VOTO fue de NO APROBACIÓN.
Pregunte al Gestor que lleva la contabilidad de la Empresa.
(P))-Que fecha de cierre tiene el ejercicio de 2013.
(R)-El 30 de abril de 2014 por motivos de liquidación de impuestos.
Visto en el Foro y tener poco conocimiento en esta materia, que tiene uno plazo para solicitar AUDITOR al R.M., tres meses del año siguiente al del cierre del ejercicio, ES ASÍ o NO.
Puedo yo realizar esta gestión de petición de solicitud de auditor o sería conveniente una
persona cualificada jurídicamente.
El motivo principal de esta consulta, es que llevo varios años pretendiendo vender mis participaciones a socios trabajadores y la vez son administradores mancomunados y mi intención es solicitar la auditoria, como forma de presión,
Saludos, gracias anticipadas, espero noticias

13/05/2014 20:36

Muchas gracias ante todo , os comento mi caso por sí alguien me puede ayudar,,soy de Toledo, decidí pertenecer a un comercio juntó a 4 personas más
En el 2011 Se constituye la sociedad con un capital social de 3010€, al cabo de dos años piden un aumento de capital en proporción del porcentaje de cada socio, el resto de los socios entran al aumento y yo no, acuerdan devolverlo al cabo de un año y a mi me devolverán el porcentaje mis acciones .

Lo que quería saber es , si no registran esos cambios de capital en el R.M , están dentro de la legalidad o no?
También saber, que pasos se suelen seguir para rescatar el dinero invertido?
Muchas gracias por la información
27/05/2014 14:16
parece que alguien se ha dado cuenta de lo que sufrimos los minoritarios. La cosa empieza a cambiar

http://www.elderecho.com/actualidad/proyecto_de_ley_de_sociedades_de_capital_0_681375074.html
27/05/2014 14:16
parece que alguien se ha dado cuenta de lo que sufrimos los minoritarios. La cosa empieza a cambiar

http://www.elderecho.com/actualidad/proyecto_de_ley_de_sociedades_de_capital_0_681375074.html
27/05/2014 14:16
http://www.elderecho.com/actualidad/proyecto_de_ley_de_sociedades_de_capital_0_681375074.html