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Venta de un piso amoblado.

3 Comentarios
 
Venta de un piso amoblado.
18/04/2019 11:25
Buenos días, he vendido un piso amoblado, desearía que me informasen si cuando tenga que hacer la declaración del IRPF, el valor del mobiliario lo podría deducir de las ganancias como gastos de mejoras en el piso, ya que según tengo entendido los gastos de mejoras son deducibles.
En espera de vuestra contestación.
23/04/2019 14:52
sharif
De lo que tengas facturas y pudieras demostrar en caso de inspección, sí.
24/04/2019 13:24
paquito xocolatero
Gracias, pero ya hace doce años que lo amoblé y no conservo las facturas, lo único que podría presentar e la valoración del valor del contenido del seguro de hogar.
24/04/2019 15:07
sharif
Si es una mera declaración tuya de cara al seguro no es prueba de nada. Si enviaron a un perito, y se incluye esta circunstancia en las escrituras, que está amueblado, quizá sí.
Aquí lo que se suele hacer es descontar ese valor o desglosarlo en el precio del inmueble en la escritura de compraventa (vivienda tanto, muebles tanto). Si la escritura indica un valor y no hay nada más, el valor de venta del inmueble es el de la escritura, aunque le hayas "regalado" dentro de ese precio los muebles, que es lo que por defecto interpretaría yo.
No acabo de tener claro que la AEAT considere tampoco el mobiliario una mejora, pero vaya, siempre puedes ir a preguntar a hacienda, para eso están.
Venta de un piso amoblado. | PorticoLegal
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Venta de un piso amoblado.
18/04/2019 11:25
Buenos días, he vendido un piso amoblado, desearía que me informasen si cuando tenga que hacer la declaración del IRPF, el valor del mobiliario lo podría deducir de las ganancias como gastos de mejoras en el piso, ya que según tengo entendido los gastos de mejoras son deducibles.
En espera de vuestra contestación.
23/04/2019 14:52
sharif
De lo que tengas facturas y pudieras demostrar en caso de inspección, sí.
24/04/2019 13:24
paquito xocolatero
Gracias, pero ya hace doce años que lo amoblé y no conservo las facturas, lo único que podría presentar e la valoración del valor del contenido del seguro de hogar.
24/04/2019 15:07
sharif
Si es una mera declaración tuya de cara al seguro no es prueba de nada. Si enviaron a un perito, y se incluye esta circunstancia en las escrituras, que está amueblado, quizá sí.
Aquí lo que se suele hacer es descontar ese valor o desglosarlo en el precio del inmueble en la escritura de compraventa (vivienda tanto, muebles tanto). Si la escritura indica un valor y no hay nada más, el valor de venta del inmueble es el de la escritura, aunque le hayas "regalado" dentro de ese precio los muebles, que es lo que por defecto interpretaría yo.
No acabo de tener claro que la AEAT considere tampoco el mobiliario una mejora, pero vaya, siempre puedes ir a preguntar a hacienda, para eso están.