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Venta vehículo de minusvalido

3 Comentarios
 
Venta vehículo de minusvalido
14/07/2020 20:28
Buenas tardes
Mi hermano, exento de pagar impuesto de circulación por un 33% de minusvalía, falleció. Se vende el vehículo en junio de 2019. Ahora nos llega un requerimiento para pagar dicho impuesto de 2019.
A quién le corresponde pagarlo?

Un saludo y gracias, como siempre
14/07/2020 20:36
marietavlc
Perdón, mi hermano fallece en agosto de 2018 y el coche pasa a mis sobrinos vía herencia
17/07/2020 13:09
En caso de que el coche se hubiera vendido antes de transcurrir el plazo de cuatro años desde la matriculación del vehículo Hacienda practicará la correspondiente liquidación en el IVTM por las cuotas ahorradas en su día. En caso contrario, simplemente practicará la liquidación en el ejercicio correspondiente -según comentas, el 2019.

En ese caso, el sujeto pasivo del impuesto (quien deberá pagar) será quien aparezca como propietario en el registro del vehículo en cuestión (a día 1 de enero de 2019). Dado que el vehículo se vendió en junio de 2019: en fecha 1 de enero de 2019, tus sobrinos seguían apareciendo como propietarios oficiales de dicho vehículo y, por tanto, deberán pagar el impuesto.
17/07/2020 13:56
itsDuque
Muchas gracias itsDuque. Totalmente aclarado

Un abrazo
Venta vehículo de minusvalido | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
Venta vehículo de minusvalido
14/07/2020 20:28
Buenas tardes
Mi hermano, exento de pagar impuesto de circulación por un 33% de minusvalía, falleció. Se vende el vehículo en junio de 2019. Ahora nos llega un requerimiento para pagar dicho impuesto de 2019.
A quién le corresponde pagarlo?

Un saludo y gracias, como siempre
14/07/2020 20:36
marietavlc
Perdón, mi hermano fallece en agosto de 2018 y el coche pasa a mis sobrinos vía herencia
17/07/2020 13:09
En caso de que el coche se hubiera vendido antes de transcurrir el plazo de cuatro años desde la matriculación del vehículo Hacienda practicará la correspondiente liquidación en el IVTM por las cuotas ahorradas en su día. En caso contrario, simplemente practicará la liquidación en el ejercicio correspondiente -según comentas, el 2019.

En ese caso, el sujeto pasivo del impuesto (quien deberá pagar) será quien aparezca como propietario en el registro del vehículo en cuestión (a día 1 de enero de 2019). Dado que el vehículo se vendió en junio de 2019: en fecha 1 de enero de 2019, tus sobrinos seguían apareciendo como propietarios oficiales de dicho vehículo y, por tanto, deberán pagar el impuesto.
17/07/2020 13:56
itsDuque
Muchas gracias itsDuque. Totalmente aclarado

Un abrazo