Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

venta vivienda en caso de separacion

3 Comentarios
 
Venta vivienda en caso de separacion
13/10/2006 13:16
Hola a todos!!
Me acabo de separar. Mi mujer quiere compar mi parte de la vivienda y estaría interesado en saber cuales son los impuestos a pagar por esa transmisión, la cuota de los mismos y a quien le correspondería su pago.
Gracias de antemano.
Un saludo
13/10/2006 13:24
Si estaís casados en régimen de ganaciales tienes que proceder a liquidar la sociedad de gananciales, vaís a Notaria y se hece un inventario de los bienes y adjudicación de los mismos. si igualís los lotes no hay que pagar nada. únicamente tirbuta el exceso de adjudicación.es fácil igualar los lotes, subiendo el valor del ajuar, diciendo que hay más dinero en efectivo.. En Notaria os orientarán.
13/10/2006 15:35
Gracias por su respuesta; podría el itp esta exemto y los actos juridicos documentados es del 1%, a quien correspondería pagar ese 1%.
Gracias de nuevo.
Un saludo
21/10/2006 13:05
AL 50% cada uno.
venta vivienda en caso de separacion | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

venta vivienda en caso de separacion

3 Comentarios
 
Venta vivienda en caso de separacion
13/10/2006 13:16
Hola a todos!!
Me acabo de separar. Mi mujer quiere compar mi parte de la vivienda y estaría interesado en saber cuales son los impuestos a pagar por esa transmisión, la cuota de los mismos y a quien le correspondería su pago.
Gracias de antemano.
Un saludo
13/10/2006 13:24
Si estaís casados en régimen de ganaciales tienes que proceder a liquidar la sociedad de gananciales, vaís a Notaria y se hece un inventario de los bienes y adjudicación de los mismos. si igualís los lotes no hay que pagar nada. únicamente tirbuta el exceso de adjudicación.es fácil igualar los lotes, subiendo el valor del ajuar, diciendo que hay más dinero en efectivo.. En Notaria os orientarán.
13/10/2006 15:35
Gracias por su respuesta; podría el itp esta exemto y los actos juridicos documentados es del 1%, a quien correspondería pagar ese 1%.
Gracias de nuevo.
Un saludo
21/10/2006 13:05
AL 50% cada uno.