Si debiendo de pagar el prestamo hipotecario y la contribucion a mitad, uno de los conyuges no lo hace, sigue teniendo los mismos derechos de compra? Qué sucede si no hay acuerdo entre ellos?
Si despues de liquidar la sociedad de gananciales, seguis teniendo una vivienda, esta rse regira por el 392 CC. En ese caso, tendréis que poneros de acuerdo o instar la division de la cosa comun, pues ninguno de los dos tiene preferencia
En el caso de que al liquidar bienes ganaciales ambos conyuges quieran comprar la parte de la vivienda al otro, tiene alguna preferencia de compra el conyuge que vive en ella con los hijos? El precio sería el del mercado o se tendría en cuenta el costo real de la misma?