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Vestuarios y aseos comunitarios obligatorios

3 Comentarios
 
07/01/2021 14:02
agalsoy
Buenas tardes,
Deben actuar de inmediato reclamando la construcción de los vestuarios para piscina y para conserje
Mi recomendación es que reclamen inmediatamente de manera formal, con su propio abogado y, en caso de no resolverse la cuestión, acudan a los Tribunales
Quedo a su disposición para cualquier duda
Un saludo
04/01/2021 14:34
DickTurpin
Muchas gracias por la respuesta.
En nuestro caso hablamos de Cataluña.
Y si, actualmente hay discusiones entre la promotora y la constructora. Pero ambas se lavan las manos.
Como somos una comunidad de vecinos que se esta constituyendo la situacion es un tanto indefinida.
04/01/2021 14:12
Pues depende de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre ubicado el inmueble.

Por ejemplo, en la CA Valenciana, no es obligatorio tener vestuarios ni WC en las piscinas, mientras que en la CA Madrid, sí.

Respecto al local de los Conserjes, dependerá del convenio de aplicación. En Alicante, es posible que exista conserje sin local (tiene convenio propio).

Caso de que fuera obligatorio todo ello, deberán interrumpir la prescripción inmediatamente porque solamente tienen dos años para ejercer la acción judicial para reclamar los defectos que describe, probablemente a contar desde el certificado de final de obra.

Deben tener en cuenta que la interrupción debe efectuarse contra TODOS los sujetos intervinientes en el proceso constructivo, caso de determinar que van a promover acciones judiciales y deben adoptar el acuerdo en junta general convocada al efecto, puesto que en la actualidad constituye un requisito de procedibilidad.

Contraten a un Abogado.

Saludos.
Vestuarios y aseos comunitarios obligatorios
04/01/2021 12:33
Hola a todos,
Gracias de antemano por las respuestas.
Mi consulta es en relacion a una nueva edificacion con 2 piscinas comunitarias y servicio de conserjeria 24h.
Resulta que la promotora del edificio, somos 220 vecinos, se olvido de contruir:
1. Vesturarios en las piscinas comunitarias
2. Local para los conserjes, por lo que ahora mismo estan en un local comercial que no dispone de aseo.
Cuando compramos el piso, bajo plano, la promotora no dio ninguna informacion acerca de las zonas comunitarias, aparte de la presencia de piscinas, y tampoco permitio que se hicieran ninguna pregunta al respecto.
Una vez que los vecinos hemos empezado a instalarnos nos hemos dado cuenta de estos descuidos por parte de la promotora.
La promotora no se hace responsable y dice que en todo caso tiene que ser los vecinos que nos hagamos cargo de realizar esas obras en un edificio completamente nuevo.

La consulta es si es legal que la promotora diseñe piscinas sin vestuarios y se olvide de los locales para los conserjes que ellos mismos han puesto mientras no se entragaban los pisos

Gracias
Vestuarios y aseos comunitarios obligatorios | PorticoLegal
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Vestuarios y aseos comunitarios obligatorios

3 Comentarios
 
07/01/2021 14:02
agalsoy
Buenas tardes,
Deben actuar de inmediato reclamando la construcción de los vestuarios para piscina y para conserje
Mi recomendación es que reclamen inmediatamente de manera formal, con su propio abogado y, en caso de no resolverse la cuestión, acudan a los Tribunales
Quedo a su disposición para cualquier duda
Un saludo
04/01/2021 14:34
DickTurpin
Muchas gracias por la respuesta.
En nuestro caso hablamos de Cataluña.
Y si, actualmente hay discusiones entre la promotora y la constructora. Pero ambas se lavan las manos.
Como somos una comunidad de vecinos que se esta constituyendo la situacion es un tanto indefinida.
04/01/2021 14:12
Pues depende de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre ubicado el inmueble.

Por ejemplo, en la CA Valenciana, no es obligatorio tener vestuarios ni WC en las piscinas, mientras que en la CA Madrid, sí.

Respecto al local de los Conserjes, dependerá del convenio de aplicación. En Alicante, es posible que exista conserje sin local (tiene convenio propio).

Caso de que fuera obligatorio todo ello, deberán interrumpir la prescripción inmediatamente porque solamente tienen dos años para ejercer la acción judicial para reclamar los defectos que describe, probablemente a contar desde el certificado de final de obra.

Deben tener en cuenta que la interrupción debe efectuarse contra TODOS los sujetos intervinientes en el proceso constructivo, caso de determinar que van a promover acciones judiciales y deben adoptar el acuerdo en junta general convocada al efecto, puesto que en la actualidad constituye un requisito de procedibilidad.

Contraten a un Abogado.

Saludos.
Vestuarios y aseos comunitarios obligatorios
04/01/2021 12:33
Hola a todos,
Gracias de antemano por las respuestas.
Mi consulta es en relacion a una nueva edificacion con 2 piscinas comunitarias y servicio de conserjeria 24h.
Resulta que la promotora del edificio, somos 220 vecinos, se olvido de contruir:
1. Vesturarios en las piscinas comunitarias
2. Local para los conserjes, por lo que ahora mismo estan en un local comercial que no dispone de aseo.
Cuando compramos el piso, bajo plano, la promotora no dio ninguna informacion acerca de las zonas comunitarias, aparte de la presencia de piscinas, y tampoco permitio que se hicieran ninguna pregunta al respecto.
Una vez que los vecinos hemos empezado a instalarnos nos hemos dado cuenta de estos descuidos por parte de la promotora.
La promotora no se hace responsable y dice que en todo caso tiene que ser los vecinos que nos hagamos cargo de realizar esas obras en un edificio completamente nuevo.

La consulta es si es legal que la promotora diseñe piscinas sin vestuarios y se olvide de los locales para los conserjes que ellos mismos han puesto mientras no se entragaban los pisos

Gracias