Una pregunta tengo una amiga que esta separada del padre de su hija. Tienen custodia compartida.
Mi amiga debe viajar a Alemania por motivos de trabajo durante un mes. El mes que justamente le toca a ella la niña. El padre no quiere que la niña viaje ese mes a Alemania con la madre.
¿Puede viajar libremente mi amiga aunque el padre no quiera?
En primer lugar habría que mirar lo que dice el convenio regulador o sentencia de separación de su amiga para ver que dice sobre la salida del menor fuera del país por si hubiese alguna prohibición expresa al respecto.
Para el caso de que no diga nada, entiendo que al menos debe informarse de tal hecho al otro custodio a través de carta certificada con acuse de recibo o burofax, que deje constancia escrita.
Al tener además los 2 la custodia, el consentimiento del otro conyuge no se reputa necesario.
Quedo a su entera disposición para cuanto necesite
Si el padre no quiere que la niña viaje a Alemania ese mes ¿no se puede quedar él con ella? Sería tan fácil como cambiar un mes por otro.
No dice usted la edad de la niña, pero si está escolarizada, , a priori y sin conocer la situación concreta, parece que sería mucho mejor para la niña que permaneciera en su entorno habitual al cuidado de su padre y cambiar los meses de custodia.
¿Es posible el diálogo y el uso del sentido común?
En efecto, parece más lógico que hablen entre padres, y seguro que llevar una niña un mes a Alemania, sin hablar, seguramente, alemán, pues puede ser duro.
Es conveniente saber la edad de la niña, pero, el sentido común, salvo circunstancias que quizá no se cuenten, es que esté con el padre, sobre todo ahora que el curso ha empezado ????.
El hecho en si de que la madre en su período de cuidado de la menor se traslade a Alemania no revistiría ningún problema ni se necesitaría un permiso, a menos que dicho mes se correspondiese con uno de escolarización obligatoria de la menor, en cuyo caso se ha de respetar esta sí o sí, prima sobre cualquier otra cuestión.
Una de las varias condenas de las que fue acreedora mi ex se fundamento no en que traslado a nuestros hijos comunes al extranjero durante su período de vacaciones sino que lo extendió indebidamente impidiéndome ejercer mi derecho de estancia y, sobre todo, volvió un día tal como hoy, 16 de septiembre, con lo cual la escolarización obligatoria se la paso por la bisectriz, cuestión esta que le dejó muy clara su señoría.
Por lo demás resulta muy sensato, y cortés, comunicar estas cuestiones a la otra parte, aunque no exista obligación legal, pues en caso de algún imprevisto se evitarían algunos problemas. No resulta aconsejable practicar el, dudo que noble, arte de guerra japonés del Keteden con la otra parte, se crea un ambiente bélico en el que los menores siempre resultan perdedores y los progenitores suelen acabar en tablas. Adivinen quienes son los únicos que ganan.