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Vigencia documentación para solicitar nac. española

4 Comentarios
 
Vigencia documentación para solicitar nac. española
04/01/2021 13:05
Buenos días,
Quiero introducir el trámite para solicitar la Nacionalidad Española. Soy venezolana con residencia en España desde hace 3 años. Ya he aprobado el examen de nacionalidad.

Entre los requisitos los documentos que más me preocupan son los que necesito de mi país de origen, pues entre que es muy difícil gestionarlos allá, ahora en pandemia lo es mucho más. Y tengo unas dudas:

- Partida de Nacimiento. Tengo mi partida de Nacimiento que legalicé y apostillé en el 2011. ¿Esa sirve? ¿o no la aceptan?

- Certificadio de Matrimonio. Soy casada con un venezolano, nos casamos en Venezuela. Tengo la partida de matrimonio también legalizada y apostillada en el 2016. ¿Esa vale? o necesito gestionar una nueva?

- Antecedentes Penales. Este documento sé que requiere ser emitido como mínimo 6 meses y en principio lo puedo hacer vía electrónica.

Espero me puedan aclarar las dudas,
gracias
Leticia.
04/01/2021 14:50
gnomicia
Hola:

1.- Las certificaciones de los Registros Civiles extranjeros se aceptan actualmente con una antigüedad de hasta un año. Deben tener la Apostilla de La Haya si vienen de un país signatario de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961. Venezuela es signataria de esa Convención, por lo que los documentos públicos expedidos en ese país deben traer la Apostilla de La Haya.

2.- Los certificados de antecedentes penales son válidos por el tiempo que venga indicado en ellos por la autoridad competente del país del que procede. Pero asimismo, debe venir con la Apostilla de La Haya.

NOTA.- La fecha que se tiene en cuenta es la fecha de expedición del documento por la autoridad competente del país donde se expidió, no la fecha de la Apostilla de La Haya, que es posterior y su finalidad es permitir que el documento pueda producir efectos en el extranjero.

Para las personas venezolanas solo se ha establecido que puedan efectuar trámites administrativos con el pasaporte caducado mientras dure la dificultad para renovarlo por las circunstancias del país. Pero en lo demás, no se ha establecido disposiciones especiales que dispensen de cumplir con los mismos requisitos exigibles a cualquier extranjero que solicite la nacionalidad española por residencia. Sin embargo, hay una sentencia del pasado mes de julio en la cual el Tribunal Supremo de Justicia declaró que si para el solicitante de nacionalidad española por residencia resultaba sumamente difícil obtener documentos de su país exigidos por la normativa reguladora del procedimiento por existir en el país una situación que lo dificulte o impida o porque por las circunstancias personales del solicitante resulte también difícil o imposible obtenerlos (el caso era de un antiguo militar de Argelia que había obtenido asilo político en España, que si había huido de su país por razones políticas era casi seguro que tuviera dificultades para obtener documentos que le concernían) y en cambio, en el expediente y para las autoridades españolas esté claramente acreditada su identidad y su buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española según los criterios establecidos para el efecto (además de que la persona haya superado el o los exámenes exigibles, la Administración tiene acceso al Registro Central de Penados para comprobar si tiene antecedentes penales en España y también a las bases de datos del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil para determinar si tiene antecedentes policiales y también puede solicitar el informe del Centro Nacional de Inteligencia), no podía considerarse incumplidos los requisitos de buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española (la Administración había denegado la nacionalidad española porque no consideraba acreditada buena conducta cívica al no constar en el expediente el certificado de antecedentes penales del país de origen y también porque no constaba el certificado literal de nacimiento del país de origen, ambos documentos exigidos por la normativa reguladora del procedimiento). En síntesis, si para la persona resulta especialmente difícil o imposible obtener un documento exigido para el procedimiento por las circunstancias de su país de origen o por sus circunstancias personales y en cambio, lo que debía acreditarse con esos documentos ya le consta a las autoridades españolas competentes en sus archivos y bases de datos, es suficiente y no es razón para no considerar cumplidos los requisitos exigidos por la ley y denegar la concesión de la nacionalidad española por residencia. Ahora bien: en Argelia no había en sí unas circunstancias que impidieran o dificultaran obtener los documentos requeridos, pero el señor del caso de la sentencia era un asilado político en España. No obstante, el criterio fijado en la mencionada sentencia podría ser alegado en casos como el suyo (usted, en cambio, sí tiene los documentos, pero superan la antigüedad máxima aceptada por la Administración), máxime si ya la propia Administración e incluso algunas sentencias judiciales en España han admitido que es un hecho notorio que en Venezuela es difícil obtener determinados documentos por las circunstancias por las que atraviesa el país.

Un cordial saludo.
08/01/2021 21:59
Condedecartagena
Muchisisísimas gracias por la respuesta! muy clara y muy amable por la explicación tan detallada!!!!
Saludos y nuevamente gracias!
Leticia
09/01/2021 19:40
El certificado de nacimiento que tiene es perfectamente válido y la fecha en que fue expedido no afecta nada para su validez para pedir la nacionalidad.

Pero creo que tienes un problema, porque el certificado de matrimonio que tienes que tener es el CERTIFICADO INSCRITO EN EL RC ESPAÑOL (y si te casarte en Venezuela tiene que ser bien procedente del Consulado de España en Caracas, o bien del RC Central). ÉSTE SÍ QUE TIENE QUE TENER UNA FECHA DE EXPEDICIÓN DE MENOS DE 90 DÍAS.

Y de lo que dices, según parece, el certificado de matrimonio que tienes es el venezolano apostillado. Ese no te vale para pedir la nacionalidad española por residencia.

En este enlace de la web del Ministerio tiene la relación de documentos necesarios para la solicitud: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanos/tramites/nacionalidad-residencia

Saludos
kárbiko
20/01/2021 11:09
kárbiko
Hola kárbiko,
Entiendo que el certificado debió ser procedente del Consulado de España en Caracas, en caso de que alguno de los dos fuéramos españoles. Pero los dos somos venezolanos, y no sé si sea el caso.
De todas formas lo estoy averiguando,
muchas gracias
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Vigencia documentación para solicitar nac. española
04/01/2021 13:05
Buenos días,
Quiero introducir el trámite para solicitar la Nacionalidad Española. Soy venezolana con residencia en España desde hace 3 años. Ya he aprobado el examen de nacionalidad.

Entre los requisitos los documentos que más me preocupan son los que necesito de mi país de origen, pues entre que es muy difícil gestionarlos allá, ahora en pandemia lo es mucho más. Y tengo unas dudas:

- Partida de Nacimiento. Tengo mi partida de Nacimiento que legalicé y apostillé en el 2011. ¿Esa sirve? ¿o no la aceptan?

- Certificadio de Matrimonio. Soy casada con un venezolano, nos casamos en Venezuela. Tengo la partida de matrimonio también legalizada y apostillada en el 2016. ¿Esa vale? o necesito gestionar una nueva?

- Antecedentes Penales. Este documento sé que requiere ser emitido como mínimo 6 meses y en principio lo puedo hacer vía electrónica.

Espero me puedan aclarar las dudas,
gracias
Leticia.
04/01/2021 14:50
gnomicia
Hola:

1.- Las certificaciones de los Registros Civiles extranjeros se aceptan actualmente con una antigüedad de hasta un año. Deben tener la Apostilla de La Haya si vienen de un país signatario de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961. Venezuela es signataria de esa Convención, por lo que los documentos públicos expedidos en ese país deben traer la Apostilla de La Haya.

2.- Los certificados de antecedentes penales son válidos por el tiempo que venga indicado en ellos por la autoridad competente del país del que procede. Pero asimismo, debe venir con la Apostilla de La Haya.

NOTA.- La fecha que se tiene en cuenta es la fecha de expedición del documento por la autoridad competente del país donde se expidió, no la fecha de la Apostilla de La Haya, que es posterior y su finalidad es permitir que el documento pueda producir efectos en el extranjero.

Para las personas venezolanas solo se ha establecido que puedan efectuar trámites administrativos con el pasaporte caducado mientras dure la dificultad para renovarlo por las circunstancias del país. Pero en lo demás, no se ha establecido disposiciones especiales que dispensen de cumplir con los mismos requisitos exigibles a cualquier extranjero que solicite la nacionalidad española por residencia. Sin embargo, hay una sentencia del pasado mes de julio en la cual el Tribunal Supremo de Justicia declaró que si para el solicitante de nacionalidad española por residencia resultaba sumamente difícil obtener documentos de su país exigidos por la normativa reguladora del procedimiento por existir en el país una situación que lo dificulte o impida o porque por las circunstancias personales del solicitante resulte también difícil o imposible obtenerlos (el caso era de un antiguo militar de Argelia que había obtenido asilo político en España, que si había huido de su país por razones políticas era casi seguro que tuviera dificultades para obtener documentos que le concernían) y en cambio, en el expediente y para las autoridades españolas esté claramente acreditada su identidad y su buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española según los criterios establecidos para el efecto (además de que la persona haya superado el o los exámenes exigibles, la Administración tiene acceso al Registro Central de Penados para comprobar si tiene antecedentes penales en España y también a las bases de datos del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil para determinar si tiene antecedentes policiales y también puede solicitar el informe del Centro Nacional de Inteligencia), no podía considerarse incumplidos los requisitos de buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española (la Administración había denegado la nacionalidad española porque no consideraba acreditada buena conducta cívica al no constar en el expediente el certificado de antecedentes penales del país de origen y también porque no constaba el certificado literal de nacimiento del país de origen, ambos documentos exigidos por la normativa reguladora del procedimiento). En síntesis, si para la persona resulta especialmente difícil o imposible obtener un documento exigido para el procedimiento por las circunstancias de su país de origen o por sus circunstancias personales y en cambio, lo que debía acreditarse con esos documentos ya le consta a las autoridades españolas competentes en sus archivos y bases de datos, es suficiente y no es razón para no considerar cumplidos los requisitos exigidos por la ley y denegar la concesión de la nacionalidad española por residencia. Ahora bien: en Argelia no había en sí unas circunstancias que impidieran o dificultaran obtener los documentos requeridos, pero el señor del caso de la sentencia era un asilado político en España. No obstante, el criterio fijado en la mencionada sentencia podría ser alegado en casos como el suyo (usted, en cambio, sí tiene los documentos, pero superan la antigüedad máxima aceptada por la Administración), máxime si ya la propia Administración e incluso algunas sentencias judiciales en España han admitido que es un hecho notorio que en Venezuela es difícil obtener determinados documentos por las circunstancias por las que atraviesa el país.

Un cordial saludo.
08/01/2021 21:59
Condedecartagena
Muchisisísimas gracias por la respuesta! muy clara y muy amable por la explicación tan detallada!!!!
Saludos y nuevamente gracias!
Leticia
09/01/2021 19:40
El certificado de nacimiento que tiene es perfectamente válido y la fecha en que fue expedido no afecta nada para su validez para pedir la nacionalidad.

Pero creo que tienes un problema, porque el certificado de matrimonio que tienes que tener es el CERTIFICADO INSCRITO EN EL RC ESPAÑOL (y si te casarte en Venezuela tiene que ser bien procedente del Consulado de España en Caracas, o bien del RC Central). ÉSTE SÍ QUE TIENE QUE TENER UNA FECHA DE EXPEDICIÓN DE MENOS DE 90 DÍAS.

Y de lo que dices, según parece, el certificado de matrimonio que tienes es el venezolano apostillado. Ese no te vale para pedir la nacionalidad española por residencia.

En este enlace de la web del Ministerio tiene la relación de documentos necesarios para la solicitud: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanos/tramites/nacionalidad-residencia

Saludos
kárbiko
20/01/2021 11:09
kárbiko
Hola kárbiko,
Entiendo que el certificado debió ser procedente del Consulado de España en Caracas, en caso de que alguno de los dos fuéramos españoles. Pero los dos somos venezolanos, y no sé si sea el caso.
De todas formas lo estoy averiguando,
muchas gracias