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violencia de genero

4 Comentarios
 
18/12/2006 17:35
¿Cómo fue la cosa?
14/12/2006 12:56
Buenos días, hoy no he dormido en toda la noche.Muchisimas gracias. Espero hacerlo bien. Sois de gran ayuda para todos los letrados inexpertos y también para los que se creen que los saben todo.
Un saludo
14/12/2006 09:42
No te preocupes, es más sencillo de lo que parece. Los delitos por malos tratos se juzgarán por el procedimiento del juicio rápido.
Los que he llevado, tanto como defensa como acusación particular, se sustanciaron conjuntamente en la misma comparecencia la orden de protección y el juicio rápido, y ni siquiera se celebraron en sala de vistas. Es muy importante que te entrevistes previamente con tu cliente para saber con qué pruebas cuentas a favor o en contra, y qué pruebas solicitar.
Acude con suficiente antelación al juzgado de guardia (que será seguramente donde se celebre la comparecencia, aunque a veces, lo pasan al Juzgado de Instrucción de violencia sobre la mujer) para tener acceso a los autos. En algunos juzgados te los tienen ya fotocopiados, caso contrario, o bien solicitas las fotocopias o simplemente, te los miras sobre la marcha (si llevas procurador/a, te los fotocopia él/ella). Comienza declarando el denunciante, pregunta primero Juez, Fiscal, acusación particular y defensa. Cuando te toque, puedes solicitar la práctica de más pruebas (documental, examen forense, etc.). Después, el denunciado y el mismo orden de interrogatorios. Después, los testigos. Una vez declaren todos, el fiscal se pronunciará sobre el sobreseimiento o continuación del procedimiento. Ahí, podrás oponerte o mostrarte conforme. Si hay disparidad de criterios, anuncias el recurso. Si consideran que no hay indicios de delito, archivarán el procedimiento (provisional o definitivamente) y no procederá la emisión de la orden de protección. Si no hay pruebas suficientes (por ejemplo, que consideren necesaria una testifical) se pasará a diligencias previas y tendrás otra comparecencia posterior en el Juzgado de Instrucción de violencia sobre la mujer. Si el fiscal considera oportuno continuar con el procedimiento, el juez, si está conforme dictará auto y se señalará día y hora para la celebración del juicio oral (en el juzgado de lo penal). Ahí, si no estás conforme podrás pedir plazo para el escrito de acusación (unos 3 días) o el de defensa. Ahí se dictará la orden de protección con carácter provisional hasta que se dicte sentencia, y si tu cliente precisa retirar sus pertenencias del domicilio familiar, así lo haces constar para que sobre la marcha, se oficie a la policía para que lo acompañen. Deberás estar atenta a toda la documentación para no dejarte nada sin firmar y sin recoger copia.
Se celebra el juicio oral en el juzgado de lo penal, y así mismo, podrás mostrarte conforme si tu cliente cambia de idea y siempre que las demás partes estén de acuerdo (Fiscal y contrario).
Procura si hay posibilidad de acuerdo, hablar antes con tu compañero contrario y con el fiscal.
Te aconsejo que te pongas en contacto con otros compañeros que tengan más experiencia que tú, siempre irás más segura y te tendrán al tanto sobre procedimiento, jueces, fiscales, etc., lo que te ayudará a desempeñar mejor tu trabajo.
Espero haberme explicado bien.
Suerte, y un saludo.
14/12/2006 00:24
Si tú nos dieras alguna...

Para empezar, ¿acusación o defensa?; ¿qué delito?
Violencia de genero
13/12/2006 23:14
Hola compañeros, me acabo de apuntar al Turno de Oficio y el primer caso que me entra es Violencia de Genero: Estoy asustadisima porque no se por donde empezar, por favor darme alguna pista
Gracias
violencia de genero | PorticoLegal
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18/12/2006 17:35
¿Cómo fue la cosa?
14/12/2006 12:56
Buenos días, hoy no he dormido en toda la noche.Muchisimas gracias. Espero hacerlo bien. Sois de gran ayuda para todos los letrados inexpertos y también para los que se creen que los saben todo.
Un saludo
14/12/2006 09:42
No te preocupes, es más sencillo de lo que parece. Los delitos por malos tratos se juzgarán por el procedimiento del juicio rápido.
Los que he llevado, tanto como defensa como acusación particular, se sustanciaron conjuntamente en la misma comparecencia la orden de protección y el juicio rápido, y ni siquiera se celebraron en sala de vistas. Es muy importante que te entrevistes previamente con tu cliente para saber con qué pruebas cuentas a favor o en contra, y qué pruebas solicitar.
Acude con suficiente antelación al juzgado de guardia (que será seguramente donde se celebre la comparecencia, aunque a veces, lo pasan al Juzgado de Instrucción de violencia sobre la mujer) para tener acceso a los autos. En algunos juzgados te los tienen ya fotocopiados, caso contrario, o bien solicitas las fotocopias o simplemente, te los miras sobre la marcha (si llevas procurador/a, te los fotocopia él/ella). Comienza declarando el denunciante, pregunta primero Juez, Fiscal, acusación particular y defensa. Cuando te toque, puedes solicitar la práctica de más pruebas (documental, examen forense, etc.). Después, el denunciado y el mismo orden de interrogatorios. Después, los testigos. Una vez declaren todos, el fiscal se pronunciará sobre el sobreseimiento o continuación del procedimiento. Ahí, podrás oponerte o mostrarte conforme. Si hay disparidad de criterios, anuncias el recurso. Si consideran que no hay indicios de delito, archivarán el procedimiento (provisional o definitivamente) y no procederá la emisión de la orden de protección. Si no hay pruebas suficientes (por ejemplo, que consideren necesaria una testifical) se pasará a diligencias previas y tendrás otra comparecencia posterior en el Juzgado de Instrucción de violencia sobre la mujer. Si el fiscal considera oportuno continuar con el procedimiento, el juez, si está conforme dictará auto y se señalará día y hora para la celebración del juicio oral (en el juzgado de lo penal). Ahí, si no estás conforme podrás pedir plazo para el escrito de acusación (unos 3 días) o el de defensa. Ahí se dictará la orden de protección con carácter provisional hasta que se dicte sentencia, y si tu cliente precisa retirar sus pertenencias del domicilio familiar, así lo haces constar para que sobre la marcha, se oficie a la policía para que lo acompañen. Deberás estar atenta a toda la documentación para no dejarte nada sin firmar y sin recoger copia.
Se celebra el juicio oral en el juzgado de lo penal, y así mismo, podrás mostrarte conforme si tu cliente cambia de idea y siempre que las demás partes estén de acuerdo (Fiscal y contrario).
Procura si hay posibilidad de acuerdo, hablar antes con tu compañero contrario y con el fiscal.
Te aconsejo que te pongas en contacto con otros compañeros que tengan más experiencia que tú, siempre irás más segura y te tendrán al tanto sobre procedimiento, jueces, fiscales, etc., lo que te ayudará a desempeñar mejor tu trabajo.
Espero haberme explicado bien.
Suerte, y un saludo.
14/12/2006 00:24
Si tú nos dieras alguna...

Para empezar, ¿acusación o defensa?; ¿qué delito?
Violencia de genero
13/12/2006 23:14
Hola compañeros, me acabo de apuntar al Turno de Oficio y el primer caso que me entra es Violencia de Genero: Estoy asustadisima porque no se por donde empezar, por favor darme alguna pista
Gracias