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Visa de seis meses y posterior estancia de turista.

2 Comentarios
 
Visa de seis meses y posterior estancia de turista.
01/03/2018 18:57
Buenas tardes estimados,

De antemano les agradezco la ayuda. Soy un estudiante costarricense que tiene una visa de seis meses (por lo que no necesito NIE), la visa caduca el 21 de marzo.

Mi regreso a Costa Rica está programado para Mayo, por lo que me quedará aproximadamente 60 días después del vencimiento. Costa Rica no necesita visado para entrar al Espacio Schengen como turista, por lo que les quiere consultar: puedo quedarme en territorio español y viajar por el espacio Schengen sin problema después de vencido el visado? o es necesario que salga fuera del Espacio Schengen y vuelva a entrar posterior al 21 de marzo para que me empiecen a contar los 90 días como turista?

Agradeciendo sus comentarios.

Saludos,
02/03/2018 02:21
Davemr
Hola:

De lo que ha escrito se entiende que es titular de una autorización de estancia por estudios cuya duración es de hasta seis meses. En esos casos, efectivamente, no debe solicitar tarjeta de identidad de extranjero de estudiante, siendo suficiente con el visado.

Pero el visado de estancia por estudios le ha sido concedido por un tiempo máximo posible para el caso de duración de los estudios hasta por seis meses, en cuyo caso ya no cabe prórroga alguna. Mientras esté vigente el visado, usted podrá circular libremente por el espacio de Schengen. Pero cuando finalice, usted pasará a hallarse en situación de SALIDA OBLIGATORIA de España ( y del espacio de Schengen) y tendrá que salir del país como máximo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha de caducidad. Si no abandona el país en ese plazo, pasará a hallarse en situación administrativa irregular y será posible incoar expediente administrativo sancionador por permanencia irregular en España.

Si quisiera volver para una estancia de corta duración ( turista), tendrá que salir del espacio de Schengen y regresar a él. Pero no lo podrá hacer en seguida, sino que deberá esperar a que hayan transcurrido 90 días desde su salida.

Un cordial saludo.
03/03/2018 13:10
Condedecartagena
Estimado Gracias por la respuesta. Me preocupa lo que he leído, no podría entonces hacer uso de mis 90 días como turista inmediatamente?

Mi pasaporte no requiere visa para entrar como turista en el espacio Schengen, tenía entendido que así fuera o que en todo caso podía salir del espacio Schengen y volver a entrar pasados unos días del vencimiento, pues el plazo de los 3 meses como turista también se daba para gestionar la prórroga.

Saludos,
Visa de seis meses y posterior estancia de turista. | PorticoLegal
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2 Comentarios
 
Visa de seis meses y posterior estancia de turista.
01/03/2018 18:57
Buenas tardes estimados,

De antemano les agradezco la ayuda. Soy un estudiante costarricense que tiene una visa de seis meses (por lo que no necesito NIE), la visa caduca el 21 de marzo.

Mi regreso a Costa Rica está programado para Mayo, por lo que me quedará aproximadamente 60 días después del vencimiento. Costa Rica no necesita visado para entrar al Espacio Schengen como turista, por lo que les quiere consultar: puedo quedarme en territorio español y viajar por el espacio Schengen sin problema después de vencido el visado? o es necesario que salga fuera del Espacio Schengen y vuelva a entrar posterior al 21 de marzo para que me empiecen a contar los 90 días como turista?

Agradeciendo sus comentarios.

Saludos,
02/03/2018 02:21
Davemr
Hola:

De lo que ha escrito se entiende que es titular de una autorización de estancia por estudios cuya duración es de hasta seis meses. En esos casos, efectivamente, no debe solicitar tarjeta de identidad de extranjero de estudiante, siendo suficiente con el visado.

Pero el visado de estancia por estudios le ha sido concedido por un tiempo máximo posible para el caso de duración de los estudios hasta por seis meses, en cuyo caso ya no cabe prórroga alguna. Mientras esté vigente el visado, usted podrá circular libremente por el espacio de Schengen. Pero cuando finalice, usted pasará a hallarse en situación de SALIDA OBLIGATORIA de España ( y del espacio de Schengen) y tendrá que salir del país como máximo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha de caducidad. Si no abandona el país en ese plazo, pasará a hallarse en situación administrativa irregular y será posible incoar expediente administrativo sancionador por permanencia irregular en España.

Si quisiera volver para una estancia de corta duración ( turista), tendrá que salir del espacio de Schengen y regresar a él. Pero no lo podrá hacer en seguida, sino que deberá esperar a que hayan transcurrido 90 días desde su salida.

Un cordial saludo.
03/03/2018 13:10
Condedecartagena
Estimado Gracias por la respuesta. Me preocupa lo que he leído, no podría entonces hacer uso de mis 90 días como turista inmediatamente?

Mi pasaporte no requiere visa para entrar como turista en el espacio Schengen, tenía entendido que así fuera o que en todo caso podía salir del espacio Schengen y volver a entrar pasados unos días del vencimiento, pues el plazo de los 3 meses como turista también se daba para gestionar la prórroga.

Saludos,