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visado contrato fijo de obra

9 Comentarios
 
04/05/2009 12:10
Buenas a todos, os comento yo cuando en la construcción se cambia al trabajador de obra, no lo hago con la clausula que haceis referencia del convenio. Lo realizo haciendo una modificacion escrita a traves de gescontrata (aplicacion de contrata en Andalucia)´, es decir, resgistro el contrato y despues hago una modificación de ese contrato especificando la nueva obra de objeto del contrato.
Alguien lo realiza tambienb asi?

Saludos,
30/04/2009 13:46
Nos referimos a eso mismo, pero yo entiendo que aunque lleves a efecto la firma del anexo cada vez que cambies de obras, lo tienes que especificar en una clausula del contrato, si no, a cuento de qué lo haces?, tendrá que firmar el trabajador el compromiso para llevarlo a cabo no?.
un saludo.
30/04/2009 00:18
hay que especificar la condicion de fijo en obra, por lo menos el convenio de murcia.
29/04/2009 10:40
Si, eso del documento del anexo ya lo se y es lo que utilizo para cambiarlos de obra durante ese periodo de 3 años que puede durar el contrato, yo a lo que me refiero es a lo de la clausula, es decir, si para poder ir cambiando al trabajador de obra durante ese periodo, aparte de que utilice ese modelo de documento del anexo, hay que especificar algo en el contrato inicial o como luego se van firmando los cambios de obra mediante el anexo no hace falta.....Es que me pierdo con eso de la clausula y no se si os referis a algo diferente al anexo o es eso mimsmo.
29/04/2009 09:51
Si te vas al convenio de la construcción de tu provincia seguro que te viene un artículo regulando dicho contrato fijo de obra. Pues bien, a la clausula que se refiere y que viene reflejada en dicho artículo es algo así como que se podrá alargar el contrato por un máximo de 3 años estando de acuerdo el trabajador y firmando el documento que al efecto establece el anexo "tal" de dicho convenio.
Creo, porque h estado investigando un poco, que no todos los convenio provinciales exigen el visado.
un saludo.
28/04/2009 10:49
Yo tambien los presento solo al INEM (bueno ahora no los llevo los presento por Contrat@). Gemina.....¿que es lo de la clausula fijo de obra? Es que yo hago el contrato para la obra que sea y si luego el trabajador ha de continuar en otra, utilizo el modelo que viene en el convenio de construccion para cambiarlo, pero no se eso de la clausula de obra, donde hay que ponerla y que dice exactamente. ¿Podrias explicarmelo?. Gracias
27/04/2009 23:39
me has pillado, yo los hago, al inem, y ya esta, y en alguna que otra inspeccion no me han dicho nada, y me han preguntado si tenia la clausula de fijo en obra. ademas recuerdo a un inspector que marcaba cada contrato que la tenia, porque algunos eran muy viejos y ni existian las obras que marcaban, y no me dijo nada.
seguire el hilo para un por si acaso.
27/04/2009 18:07
Un contrato fijo de obra (construcción) debe de estar visado por la autoridad Laboral no?además de estar sellado por el inem, pues entonces quién es en este caso la autoridad laboral?, la inspección de trabajo,...?
27/04/2009 16:52
a que te refieres?
Visado contrato fijo de obra
27/04/2009 12:06
Quíen sería la autoridad laboral para efectuar el visado del contrato fijo de obra?.
un saludo
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04/05/2009 12:10
Buenas a todos, os comento yo cuando en la construcción se cambia al trabajador de obra, no lo hago con la clausula que haceis referencia del convenio. Lo realizo haciendo una modificacion escrita a traves de gescontrata (aplicacion de contrata en Andalucia)´, es decir, resgistro el contrato y despues hago una modificación de ese contrato especificando la nueva obra de objeto del contrato.
Alguien lo realiza tambienb asi?

Saludos,
30/04/2009 13:46
Nos referimos a eso mismo, pero yo entiendo que aunque lleves a efecto la firma del anexo cada vez que cambies de obras, lo tienes que especificar en una clausula del contrato, si no, a cuento de qué lo haces?, tendrá que firmar el trabajador el compromiso para llevarlo a cabo no?.
un saludo.
30/04/2009 00:18
hay que especificar la condicion de fijo en obra, por lo menos el convenio de murcia.
29/04/2009 10:40
Si, eso del documento del anexo ya lo se y es lo que utilizo para cambiarlos de obra durante ese periodo de 3 años que puede durar el contrato, yo a lo que me refiero es a lo de la clausula, es decir, si para poder ir cambiando al trabajador de obra durante ese periodo, aparte de que utilice ese modelo de documento del anexo, hay que especificar algo en el contrato inicial o como luego se van firmando los cambios de obra mediante el anexo no hace falta.....Es que me pierdo con eso de la clausula y no se si os referis a algo diferente al anexo o es eso mimsmo.
29/04/2009 09:51
Si te vas al convenio de la construcción de tu provincia seguro que te viene un artículo regulando dicho contrato fijo de obra. Pues bien, a la clausula que se refiere y que viene reflejada en dicho artículo es algo así como que se podrá alargar el contrato por un máximo de 3 años estando de acuerdo el trabajador y firmando el documento que al efecto establece el anexo "tal" de dicho convenio.
Creo, porque h estado investigando un poco, que no todos los convenio provinciales exigen el visado.
un saludo.
28/04/2009 10:49
Yo tambien los presento solo al INEM (bueno ahora no los llevo los presento por Contrat@). Gemina.....¿que es lo de la clausula fijo de obra? Es que yo hago el contrato para la obra que sea y si luego el trabajador ha de continuar en otra, utilizo el modelo que viene en el convenio de construccion para cambiarlo, pero no se eso de la clausula de obra, donde hay que ponerla y que dice exactamente. ¿Podrias explicarmelo?. Gracias
27/04/2009 23:39
me has pillado, yo los hago, al inem, y ya esta, y en alguna que otra inspeccion no me han dicho nada, y me han preguntado si tenia la clausula de fijo en obra. ademas recuerdo a un inspector que marcaba cada contrato que la tenia, porque algunos eran muy viejos y ni existian las obras que marcaban, y no me dijo nada.
seguire el hilo para un por si acaso.
27/04/2009 18:07
Un contrato fijo de obra (construcción) debe de estar visado por la autoridad Laboral no?además de estar sellado por el inem, pues entonces quién es en este caso la autoridad laboral?, la inspección de trabajo,...?
27/04/2009 16:52
a que te refieres?
Visado contrato fijo de obra
27/04/2009 12:06
Quíen sería la autoridad laboral para efectuar el visado del contrato fijo de obra?.
un saludo