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visado-pareja de hecho

1 Comentarios
 
Visado-pareja de hecho
16/05/2012 19:46
Hola! soy Colombiana, mi novio Español. Queremos registrarnos como pareja de hecho. Actualmente me encuentro estudiando y mi visado se vence en Septiembre. (llevamos viviendo 8 meses) Ya pregunte en el ayuntamiento y con el tiempo no tenemos problema. He escuchado que para tramitar el visado debo asesorarme por un abogado y solicitar un documento de arraigo o algo asi. esto es cierto? que mas debo tener en cuenta? y con que tiempo debo hacerlo? Muchas gracias x la asesoria que me puedan brindar! Un gran Saludo
16/05/2012 20:27
Hola. No indica usted en donde vive, es importante, porque la normativa caría de un lugar a otro, aunque, por lo que usted comenta, vive en una Comunidad Autónoma en la que no hay restricciones de acceso para los extranjeros al Registro.

Si se inscribe como pareja de hecho en un Registro Público establecido para el efecto, se le aplicará el régimen comunitario y tendrá derecho a solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

Luego, en cuanto tenga ya la certificación de inscripción en el mencionado Registro, deberá dirigirse a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia y solicitar su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Dependiendo de la provincia, puede que sea necesario solicitar cita previa.

En materia de Extranjería, al tratarse de procedimientos administrativos, no es preceptiva la intervención de abogado en el procedimiento en cuanto tal, pero sí recomendable que se asesore de manera adecuada.

El arraigo es un tipo de autorización de residencia por circunstancias excepcionales, pero que no se aplica a su caso.

Un cordial saludo.
visado-pareja de hecho | PorticoLegal
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Visado-pareja de hecho
16/05/2012 19:46
Hola! soy Colombiana, mi novio Español. Queremos registrarnos como pareja de hecho. Actualmente me encuentro estudiando y mi visado se vence en Septiembre. (llevamos viviendo 8 meses) Ya pregunte en el ayuntamiento y con el tiempo no tenemos problema. He escuchado que para tramitar el visado debo asesorarme por un abogado y solicitar un documento de arraigo o algo asi. esto es cierto? que mas debo tener en cuenta? y con que tiempo debo hacerlo? Muchas gracias x la asesoria que me puedan brindar! Un gran Saludo
16/05/2012 20:27
Hola. No indica usted en donde vive, es importante, porque la normativa caría de un lugar a otro, aunque, por lo que usted comenta, vive en una Comunidad Autónoma en la que no hay restricciones de acceso para los extranjeros al Registro.

Si se inscribe como pareja de hecho en un Registro Público establecido para el efecto, se le aplicará el régimen comunitario y tendrá derecho a solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

Luego, en cuanto tenga ya la certificación de inscripción en el mencionado Registro, deberá dirigirse a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia y solicitar su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Dependiendo de la provincia, puede que sea necesario solicitar cita previa.

En materia de Extranjería, al tratarse de procedimientos administrativos, no es preceptiva la intervención de abogado en el procedimiento en cuanto tal, pero sí recomendable que se asesore de manera adecuada.

El arraigo es un tipo de autorización de residencia por circunstancias excepcionales, pero que no se aplica a su caso.

Un cordial saludo.