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visita de padres

4 Comentarios
 
06/11/2010 21:36
hola sagabe la edad de los padres es padre 66 y la madre 60
saludos
04/11/2010 19:01
Es correcto lo que ha contestado Condedecartagena solo quisiera saber la edad de los padres; en esto estan poniendo algunas pegas. Saludos
04/11/2010 18:52
gracias por responder condedecartagena lo de las nominas es obligado esque ahora mismo esta en paro esta cbrando la ayuda familiar y otra cosa lo de la casa con una nota simple valdria
saludos
04/11/2010 17:18
Si ya tiene la nacionalidad española, es solo española a todos los efectos.

Si quiere invitar a sus padres a que la visiten, puede hacerles una Carta de Invitación en la Comisaría de Policía de la localidad en la que viva. Si están en una gran ciudad, suele haber una específica (en Barcelona, por si acaso, es la de la calle Balmes). Debe adjuntar DNI, copia del contrato de arrendamiento o título de propiedad de la vivienda, contrato de trabajo y tres últimas nóminas o lo que proceda si es autónoma, copia de los pasaportes de los invitados y medio para acreditar que son sus padres (puede bastarle la certificación del Registro Civil español, donde conste de quién es hija).Además, se debe pagar una tasa de un poco más de 100 euros.

Con esa carta de invitación, sus padres deben tramitar el visado de estancia en Colombia, cumpliendo los requisitos que les exija el Consulado de España. Luego, cuando vengan, tendrán que disponer, si acaso se los exigen, de al menos 63 euros por día que pretendan permanecer en España y nunca menos de 570 euros, redondeando, unos 600, que pueden acreditar en efectivo, cheques de viajero o tarjetas de crédito internacionales junto con el estado de cuenta que indique el límite de crédito concedido. Esta exigencia de medios económicos suficientes pueden hacérsela a cualquier extranjero extracomunitario sin autorización de residencia o estancia por estudios, que pretenda cruzar las fronteras externas de la Unión y en este caso, cuando el ingreso se haga a través de la frontera española. No siempre lo hacen, pero puede darse el caso de que lo pidan, los agentes de Policía están facultados por la Ley y el Reglamento de Extranjería para hacerlo; la cuantía a acreditar la fija anualmente el Ministro del Interior mediante Orden Ministerial.

Un cordial saludo y suerte.
Visita de padres
04/11/2010 14:31
hola a tod@s a ver si me podeis ayudar mi mujer es colombiana y tiene nacionalidad española y quiere que vengan sus padres de visita no a quedrse que papeles necesitamos o que tenemos que hacer para que puedan venir
saludos
visita de padres | PorticoLegal
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06/11/2010 21:36
hola sagabe la edad de los padres es padre 66 y la madre 60
saludos
04/11/2010 19:01
Es correcto lo que ha contestado Condedecartagena solo quisiera saber la edad de los padres; en esto estan poniendo algunas pegas. Saludos
04/11/2010 18:52
gracias por responder condedecartagena lo de las nominas es obligado esque ahora mismo esta en paro esta cbrando la ayuda familiar y otra cosa lo de la casa con una nota simple valdria
saludos
04/11/2010 17:18
Si ya tiene la nacionalidad española, es solo española a todos los efectos.

Si quiere invitar a sus padres a que la visiten, puede hacerles una Carta de Invitación en la Comisaría de Policía de la localidad en la que viva. Si están en una gran ciudad, suele haber una específica (en Barcelona, por si acaso, es la de la calle Balmes). Debe adjuntar DNI, copia del contrato de arrendamiento o título de propiedad de la vivienda, contrato de trabajo y tres últimas nóminas o lo que proceda si es autónoma, copia de los pasaportes de los invitados y medio para acreditar que son sus padres (puede bastarle la certificación del Registro Civil español, donde conste de quién es hija).Además, se debe pagar una tasa de un poco más de 100 euros.

Con esa carta de invitación, sus padres deben tramitar el visado de estancia en Colombia, cumpliendo los requisitos que les exija el Consulado de España. Luego, cuando vengan, tendrán que disponer, si acaso se los exigen, de al menos 63 euros por día que pretendan permanecer en España y nunca menos de 570 euros, redondeando, unos 600, que pueden acreditar en efectivo, cheques de viajero o tarjetas de crédito internacionales junto con el estado de cuenta que indique el límite de crédito concedido. Esta exigencia de medios económicos suficientes pueden hacérsela a cualquier extranjero extracomunitario sin autorización de residencia o estancia por estudios, que pretenda cruzar las fronteras externas de la Unión y en este caso, cuando el ingreso se haga a través de la frontera española. No siempre lo hacen, pero puede darse el caso de que lo pidan, los agentes de Policía están facultados por la Ley y el Reglamento de Extranjería para hacerlo; la cuantía a acreditar la fija anualmente el Ministro del Interior mediante Orden Ministerial.

Un cordial saludo y suerte.
Visita de padres
04/11/2010 14:31
hola a tod@s a ver si me podeis ayudar mi mujer es colombiana y tiene nacionalidad española y quiere que vengan sus padres de visita no a quedrse que papeles necesitamos o que tenemos que hacer para que puedan venir
saludos