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vista de un desahucio

5 Comentarios
 
15/01/2007 15:57
Jo,es que me ha dao rabia que hayas contestao antes que yo...

Salvo mejor criterio
salu2
samplerking
icam
15/01/2007 14:38

Muchísimas gracias guarroman y Samplerking por vuestra ayuda.
15/01/2007 12:49
Sampler, no vale copiarse!!

salvo mejor criterio
salu2
guarroman
icali
15/01/2007 12:48
Pues desde mi punto de vista os van a suspender la vista por falta de emplazamiento del demandado.
Si no se le consigue emplazar, dificilmente se va a poder celebrar vista, dificilmente se va a conseguir una sentencia y dificilmente se va a poder ejecutar la misma con la consecuente diligencia de lanzamiento.
Para estos casos intenta encontrar un nuevo domicilio (156 LEC),y subsidariamente emplea el art. 164 LEC (LEC)
Para todo lo demas Mastercard

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM

15/01/2007 12:43
Si no se ha citado se suspenderá la vista.

Si se declara su rebeldía (esto es, que haya sido citado en forma y no comparecido a la vista), tendrás que notificarle la sentencia en el boletín oficial (a no ser que cuele en estrados en el juzgado que lleve el tema), y lo único que hará será alargar el procedimiento.

Saludos.
Vista de un desahucio
15/01/2007 12:41

Compañeros, dentro de unos días se va a celebrar la vista de un desahucio y no hemos conseguido notificar al demandado. De qué forma influye en la celebración de la vista y en el posterior lanzamiento que no se le consiga citar?

Saludos.
vista de un desahucio | PorticoLegal
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vista de un desahucio

5 Comentarios
 
15/01/2007 15:57
Jo,es que me ha dao rabia que hayas contestao antes que yo...

Salvo mejor criterio
salu2
samplerking
icam
15/01/2007 14:38

Muchísimas gracias guarroman y Samplerking por vuestra ayuda.
15/01/2007 12:49
Sampler, no vale copiarse!!

salvo mejor criterio
salu2
guarroman
icali
15/01/2007 12:48
Pues desde mi punto de vista os van a suspender la vista por falta de emplazamiento del demandado.
Si no se le consigue emplazar, dificilmente se va a poder celebrar vista, dificilmente se va a conseguir una sentencia y dificilmente se va a poder ejecutar la misma con la consecuente diligencia de lanzamiento.
Para estos casos intenta encontrar un nuevo domicilio (156 LEC),y subsidariamente emplea el art. 164 LEC (LEC)
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SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM

15/01/2007 12:43
Si no se ha citado se suspenderá la vista.

Si se declara su rebeldía (esto es, que haya sido citado en forma y no comparecido a la vista), tendrás que notificarle la sentencia en el boletín oficial (a no ser que cuele en estrados en el juzgado que lleve el tema), y lo único que hará será alargar el procedimiento.

Saludos.
Vista de un desahucio
15/01/2007 12:41

Compañeros, dentro de unos días se va a celebrar la vista de un desahucio y no hemos conseguido notificar al demandado. De qué forma influye en la celebración de la vista y en el posterior lanzamiento que no se le consiga citar?

Saludos.