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Viudo usufructuario. Saldos en cuentas corrientes.

6 Comentarios
 
Viudo usufructuario. saldos en cuentas corrientes.
11/09/2017 13:45
Hola, mi padre falleció y dejo de herederos a sus hijos con el usufructo universal y vitalicio a mi madre.
1. Podemos repartirnos los herederos los saldos de las cuentas corrientes?
2. Es precisa la autorización de la viuda?
3. La viuda puede retener el dinero a uno de los hijos para evitar que lo malgaste y dárselo al resto?

Muchas gracias.
15/09/2017 13:08
mcfly2016
Muchas gracias amig@s, me ha quedado clarísimo. Da gusto ver cómo la gente se desvive por solucionar las dudas.
16/09/2017 22:05
mcfly2016
1,. Podeis repartirlo y ponerlo a nombre de vosotros, pero no lo podeis tocar, ya que el usufructo es para vuestra madre.
2,. No. Teneis que hacer la escritura de aceptación y adjudicación de herencia donde se especificará que importe corresponde a cada uno, y que está inmovilizado ya que los intereses son de vuestra madre.
3.- Tu madre (por favor...no la llames la viuda, ya que es tu madre), no puede disponer del dinero, solo de los intereses.
17/09/2017 12:28
mcfly2016
Muchas gracias 1996.
Y como se controla que una vez que esté a nombre de los hijos no lo podamos gastar?
15/12/2017 14:26
mcfly2016
Hola, al hilo de este tema, si la madre le da dinero a uno de sus hijos, o se lo gasta, que pasa el día de mañana cuando ella fallezca?
Gracias
16/12/2017 15:55
mcfly2016
hola mcfly2016, Informte mejor por que al fallecer tu padre, me parece que os correspone el 25% de las cuentas corrientes a los hijos, un saludo
21/12/2017 16:24
Hathor
El usufructo sobre dinero, sobre cuentas corrientes, suele dar lugar a muchas dudas y controversias ya que se suele pensar que dado que éste consiste en un derecho a disfrutar de los bienes sobre el que recae el usufructo, con la obligación de su conservación y devolución al término del mismo, la única posibilidad existente en estos casos sería que el usufructuario dispusiera de la rentabilidad que el banco diera por dicha suma, pero esto no es así. El usufructo permite tanto disfrutar como usar del bien en cuestión y el dinero se usa comprando bienes, gastándolo, por lo que el usufructuario podrá disponer de él, con la obligación, como he dicho antes, de su conservación y restitución a su término. Pero si el usufructo es vitalicio y el usufructuario ha ido usando, gastando el dinero en su día a día, nada se podrá hacer y a nadie se podrá reclamar. Supuesto distinto, y muy discutido, es cuando parte del dinero dejado en usufructo se ha gastado dándoselo, como dice usted, a uno de sus hijos, en donde entiendo que sería factible (habría que estuidiar el caso concreto) que los herederos del padre, del primer fallecido, pudiesen reclamar a ese hijo beneficiado el dinero que ha recaído en su poder proveniente de dicho acto, el cual podría calificarse como contrario a la buena fe o en fraude de ley.

Un saludo
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Viudo usufructuario. saldos en cuentas corrientes.
11/09/2017 13:45
Hola, mi padre falleció y dejo de herederos a sus hijos con el usufructo universal y vitalicio a mi madre.
1. Podemos repartirnos los herederos los saldos de las cuentas corrientes?
2. Es precisa la autorización de la viuda?
3. La viuda puede retener el dinero a uno de los hijos para evitar que lo malgaste y dárselo al resto?

Muchas gracias.
15/09/2017 13:08
mcfly2016
Muchas gracias amig@s, me ha quedado clarísimo. Da gusto ver cómo la gente se desvive por solucionar las dudas.
16/09/2017 22:05
mcfly2016
1,. Podeis repartirlo y ponerlo a nombre de vosotros, pero no lo podeis tocar, ya que el usufructo es para vuestra madre.
2,. No. Teneis que hacer la escritura de aceptación y adjudicación de herencia donde se especificará que importe corresponde a cada uno, y que está inmovilizado ya que los intereses son de vuestra madre.
3.- Tu madre (por favor...no la llames la viuda, ya que es tu madre), no puede disponer del dinero, solo de los intereses.
17/09/2017 12:28
mcfly2016
Muchas gracias 1996.
Y como se controla que una vez que esté a nombre de los hijos no lo podamos gastar?
15/12/2017 14:26
mcfly2016
Hola, al hilo de este tema, si la madre le da dinero a uno de sus hijos, o se lo gasta, que pasa el día de mañana cuando ella fallezca?
Gracias
16/12/2017 15:55
mcfly2016
hola mcfly2016, Informte mejor por que al fallecer tu padre, me parece que os correspone el 25% de las cuentas corrientes a los hijos, un saludo
21/12/2017 16:24
Hathor
El usufructo sobre dinero, sobre cuentas corrientes, suele dar lugar a muchas dudas y controversias ya que se suele pensar que dado que éste consiste en un derecho a disfrutar de los bienes sobre el que recae el usufructo, con la obligación de su conservación y devolución al término del mismo, la única posibilidad existente en estos casos sería que el usufructuario dispusiera de la rentabilidad que el banco diera por dicha suma, pero esto no es así. El usufructo permite tanto disfrutar como usar del bien en cuestión y el dinero se usa comprando bienes, gastándolo, por lo que el usufructuario podrá disponer de él, con la obligación, como he dicho antes, de su conservación y restitución a su término. Pero si el usufructo es vitalicio y el usufructuario ha ido usando, gastando el dinero en su día a día, nada se podrá hacer y a nadie se podrá reclamar. Supuesto distinto, y muy discutido, es cuando parte del dinero dejado en usufructo se ha gastado dándoselo, como dice usted, a uno de sus hijos, en donde entiendo que sería factible (habría que estuidiar el caso concreto) que los herederos del padre, del primer fallecido, pudiesen reclamar a ese hijo beneficiado el dinero que ha recaído en su poder proveniente de dicho acto, el cual podría calificarse como contrario a la buena fe o en fraude de ley.

Un saludo