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vivienda alquilada con cartel se vende

3 Comentarios
 
Vivienda alquilada con cartel se vende
06/03/2014 23:07
También quiero saber si pueden tener un cartel de que se vende la vivienda que tengo alquilada.en el contrato pone que en caso de que la vendieran tendría que salir del piso en seis meses.estoy obligada a dejarles enseñar mi casa?o no la pueden vender hasta que finalice mi contrato anual o hasta que haga los cinco años?
07/03/2014 00:07
Por partes:

La clausula que debes abandonar el piso se basa en el artículo 1571 del código civil y el art 14.1 de la LAU (se te podría echar del piso, pero tú podrías pedir daños y perjuicios). Tu única defensa sería inscribir tu alquiler en el registro de la propiedad y no lo veo muy factible

Diga lo que diga el contrato no tienes ninguna obligación de dejar entrar a nadie en tu domicilio (la inviolablidad de tu domicilio es un derecho constitucional que está por encima de lo que pueda estupular un contrato). Aún diré más, podrías quitar el cartel de se vende.

El arrendador no tiene ninguna limitación a la hora de vender el piso en cualquier momento
07/03/2014 09:41
Efectivamente, si no quieres, no tienen porqué entrar en tu vivienda, marticc ha explicado perfectamente el porqué. Ahora bien, ¿te interesa quedarte en el piso? Pues yo dejaría que entrara y me aseguraría estar durante la visita, para informar al futuro comprador que tienes un contrato de alquiler y que desde la compra hasta que pueda hacer uso de la vivienda pasarán 6 meses. De esta manera quizá puedas "ahuyentar" a los compradores.

Por otra parte, lee bien el contrato con todo su clausulado, porque puede haber algún párrafo en el que diga algo sobre una posible indemnización al inquilino si el arrendador desiste del contrato antes del tiempo estipulado.

Y para finalizar, la noticia de que el piso se ha vendido o que tienes que salir de la vivienda tiene que hacértela el arrendador por algún medio fehaciente, es decir, por escrito. Así que mientras no haya escrito comunicándote nada, "hazte la sueca" (siempre que no haya testigos en el momento en que te lo comunique verbalmente).
10/03/2014 11:05
Hola idoiana. Coincido con la respuesta del Sr marticc, si bien la parte relativa a la extinción del contrato en caso de venta sólo ser correcta si su contrato es de fecha posterior al 5-6-2013.

Reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
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Vivienda alquilada con cartel se vende
06/03/2014 23:07
También quiero saber si pueden tener un cartel de que se vende la vivienda que tengo alquilada.en el contrato pone que en caso de que la vendieran tendría que salir del piso en seis meses.estoy obligada a dejarles enseñar mi casa?o no la pueden vender hasta que finalice mi contrato anual o hasta que haga los cinco años?
07/03/2014 00:07
Por partes:

La clausula que debes abandonar el piso se basa en el artículo 1571 del código civil y el art 14.1 de la LAU (se te podría echar del piso, pero tú podrías pedir daños y perjuicios). Tu única defensa sería inscribir tu alquiler en el registro de la propiedad y no lo veo muy factible

Diga lo que diga el contrato no tienes ninguna obligación de dejar entrar a nadie en tu domicilio (la inviolablidad de tu domicilio es un derecho constitucional que está por encima de lo que pueda estupular un contrato). Aún diré más, podrías quitar el cartel de se vende.

El arrendador no tiene ninguna limitación a la hora de vender el piso en cualquier momento
07/03/2014 09:41
Efectivamente, si no quieres, no tienen porqué entrar en tu vivienda, marticc ha explicado perfectamente el porqué. Ahora bien, ¿te interesa quedarte en el piso? Pues yo dejaría que entrara y me aseguraría estar durante la visita, para informar al futuro comprador que tienes un contrato de alquiler y que desde la compra hasta que pueda hacer uso de la vivienda pasarán 6 meses. De esta manera quizá puedas "ahuyentar" a los compradores.

Por otra parte, lee bien el contrato con todo su clausulado, porque puede haber algún párrafo en el que diga algo sobre una posible indemnización al inquilino si el arrendador desiste del contrato antes del tiempo estipulado.

Y para finalizar, la noticia de que el piso se ha vendido o que tienes que salir de la vivienda tiene que hacértela el arrendador por algún medio fehaciente, es decir, por escrito. Así que mientras no haya escrito comunicándote nada, "hazte la sueca" (siempre que no haya testigos en el momento en que te lo comunique verbalmente).
10/03/2014 11:05
Hola idoiana. Coincido con la respuesta del Sr marticc, si bien la parte relativa a la extinción del contrato en caso de venta sólo ser correcta si su contrato es de fecha posterior al 5-6-2013.

Reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl