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Vivienda con destrozos, sin contrato de alquiler

6 Comentarios
 
Vivienda con destrozos, sin contrato de alquiler
22/02/2007 01:46
Hola estimados, querìa realizarles una consulta: hace 13 años alquilamos la casa a unos inquilinos de confianza pero con contrato de palabra. Ahora que desocuparon, al tiempo que ellos quisieron y pagando la renta que ellos quisieron, nos encontramos con destrozos por una cantidad importante de dinero que no estan dispuestos a pagar. Documentaciòn no hay: no hay contrato, ni recibos. Solo fotos de los destrozos y testigos de quienes habitaron la casa en este perìodo. Existe alguna manera de reclamar el pago de los daños para recibir la casa en el mismo estado en el que se entrego? Estuvimos consultando un profesional, pero nos dijo que no hay nada para hacer. Espero que ustedes puedan darme una respuesta mas alentadora.

Desde ya les agradesco mucho su colaboraciòn.

Saludos Cordiales.
22/02/2007 09:21
Podrías hacer una reclamación extrajudicial, valorando daños y ver que pasa.

Con los datos que das no considero apropiado meterse en pleitos, porque lo tienes muy complicado.
22/02/2007 18:46
Muchas gracias Ignacio por tu respuesta. Podrías aclararme lo de la reclamación extrajudicial?. Muchas gracias nuevamente
22/02/2007 18:51
Hola vitale. Tal y como manifistesta el Sr Ignacio su caso no tiene fácil solución.

Sin embargo, si usted pudiere probar( recibos de agua,luz, calefacción a nombre de los arrendatarios,testifical de vecinos, cartas o telegramas a nombre de los arrendatarios enviados a la vivienda objeto de arrendamiento, certificado de empadronamiento..) que sus arrendatarios vivieron en la vivienda, creo que sí podría intentar reclamarles el importe de reparación de los daños que presenta la vivienda,basándo su derecho en:

1) exstencia de un contrato de arendamiento

2) Las presunciones estipuladas en los arts 1562 y 1563 del Código Civil y las obligaciones contenidas en los arts 1561 y 1564 de la misma norma.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
22/02/2007 20:57
Muchas gracias Jan. Supongamos que puedo comprobar que los arrendatarios habitaron la vivienda. Pero no dispongo de contrato de arrendamiento (punto 1). Los articulos mencionados del código civil (punto 2) son aplicables sin dicho contrato?.
De nuevo gracias, saludos.
23/02/2007 09:29
Si, aunque son presunciones "iuris tantum", es decir cabe prueba en contrario, y el menoscabo por transcurso del tiempo no se incluye (y han pasado 13 años)

Pero como dice Jan, debes probar que existe un arrendamiento, y para que este exista no es necesario disponer de un documento escrito, aunque evidentemente ayudaría bastante.
23/02/2007 14:36
Muchas gracias Ignacio. Veremos entonces que puedo hacer. Cualquier otro aporte que puedan darme será muy agradecido. Saludos cordiales y gracias por su colaboración.
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Vivienda con destrozos, sin contrato de alquiler
22/02/2007 01:46
Hola estimados, querìa realizarles una consulta: hace 13 años alquilamos la casa a unos inquilinos de confianza pero con contrato de palabra. Ahora que desocuparon, al tiempo que ellos quisieron y pagando la renta que ellos quisieron, nos encontramos con destrozos por una cantidad importante de dinero que no estan dispuestos a pagar. Documentaciòn no hay: no hay contrato, ni recibos. Solo fotos de los destrozos y testigos de quienes habitaron la casa en este perìodo. Existe alguna manera de reclamar el pago de los daños para recibir la casa en el mismo estado en el que se entrego? Estuvimos consultando un profesional, pero nos dijo que no hay nada para hacer. Espero que ustedes puedan darme una respuesta mas alentadora.

Desde ya les agradesco mucho su colaboraciòn.

Saludos Cordiales.
22/02/2007 09:21
Podrías hacer una reclamación extrajudicial, valorando daños y ver que pasa.

Con los datos que das no considero apropiado meterse en pleitos, porque lo tienes muy complicado.
22/02/2007 18:46
Muchas gracias Ignacio por tu respuesta. Podrías aclararme lo de la reclamación extrajudicial?. Muchas gracias nuevamente
22/02/2007 18:51
Hola vitale. Tal y como manifistesta el Sr Ignacio su caso no tiene fácil solución.

Sin embargo, si usted pudiere probar( recibos de agua,luz, calefacción a nombre de los arrendatarios,testifical de vecinos, cartas o telegramas a nombre de los arrendatarios enviados a la vivienda objeto de arrendamiento, certificado de empadronamiento..) que sus arrendatarios vivieron en la vivienda, creo que sí podría intentar reclamarles el importe de reparación de los daños que presenta la vivienda,basándo su derecho en:

1) exstencia de un contrato de arendamiento

2) Las presunciones estipuladas en los arts 1562 y 1563 del Código Civil y las obligaciones contenidas en los arts 1561 y 1564 de la misma norma.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
22/02/2007 20:57
Muchas gracias Jan. Supongamos que puedo comprobar que los arrendatarios habitaron la vivienda. Pero no dispongo de contrato de arrendamiento (punto 1). Los articulos mencionados del código civil (punto 2) son aplicables sin dicho contrato?.
De nuevo gracias, saludos.
23/02/2007 09:29
Si, aunque son presunciones "iuris tantum", es decir cabe prueba en contrario, y el menoscabo por transcurso del tiempo no se incluye (y han pasado 13 años)

Pero como dice Jan, debes probar que existe un arrendamiento, y para que este exista no es necesario disponer de un documento escrito, aunque evidentemente ayudaría bastante.
23/02/2007 14:36
Muchas gracias Ignacio. Veremos entonces que puedo hacer. Cualquier otro aporte que puedan darme será muy agradecido. Saludos cordiales y gracias por su colaboración.