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Vivienda habitual

4 Comentarios
 
28/04/2009 20:20
Muchas gracias, me han sido de gran ayuda.
Insistiré mas al casero para formalizar el contrato.
25/04/2009 01:56
Otra cosa, respecto a la deducción estatal por alquiler de vivienda, además del requisito de arrendamiento de vivienda, se exige que la base imponible (b.i.general más b.i.ahorro) no sea superior a 24.020 euros anuales.
25/04/2009 01:53
lamah, si tenía derecho y venía practicando deducción por inversión en vivienda habitual, no perderá las deducciones anteriormente practicadas ni la consideración de vivienda habitual a estos efectos, aunque no cumpla los tres años de permanecia en ella, por el hecho de que el cambio de residencia se debe a traslado laboral.

Así, podrá deducir las cantidades satisfechas desde enero de 2008 hasta la fecha en que dejó el piso. Eso sí, a partir de esa fecha no podrá practicar más deducciones por inversión en vivienda.

Por otra parte, independientemente del tema fiscal, le aconsejo que solucione el tema del alquiler para evitar problemas (insista al arrendador para formalizarlo por escrito y guarde los recibos que le facilite).

Hay una deducción estatal por alquiler de vivienda que podrá aplicar por los meses que estuvo de alquiler, siempre y cuando tenga los recibos que lo demuestren. No se establece incompatibilidad con la deducción por inversión en vivienda y sería aplicable en un caso como el suyo. El problema vendría si no puede demostrar que se trata de un contrato de arrendamiento de vivienda, aunque sea verbal. Esto es, si únicamente reside unos meses en el piso alquilado y no llega al año, Hacienda va a entender que es un alquiler de temporada. Insisto en el tema de los recibos, porque es verdaderamente importante, no sólo en el aspecto fiscal, también para evitar sorpresas desagradables con su arrendador.

Respecto a las deducciones autonómicas por alquiler de vivienda, habría que comprobar en que comunidad está, si la misma ha establecido este tipo de deducción y los requisitos exigidos.

Espero que le sirva de ayuda.
23/04/2009 22:16
si cambio su domicilio fiscal, este es su lugar de vivienda habitual y no puede desgravar la hipoteca, se considera segunda vivienda.
Vivienda habitual
20/04/2009 14:14
En 2008 residí en un piso de mi propiedad (vpo) hasta septiembre. Por razones de trabajo cambie de domicilio, y tambien solicite el cambio de domilicio fiscal, donde resido en alquiler aunque sin contrato hasta el momento.
¿cual es mi residencia habitual? ¿puesto que no tengo contrato de alquiler, puedo desgrabar las 12 mensualidades de la hipoteca de mi casa o solo debo contatar lo pagado hasta septiembre? ¿ y si hubiera tenido contrato podría haberlo declarado?
Vivienda habitual | PorticoLegal
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28/04/2009 20:20
Muchas gracias, me han sido de gran ayuda.
Insistiré mas al casero para formalizar el contrato.
25/04/2009 01:56
Otra cosa, respecto a la deducción estatal por alquiler de vivienda, además del requisito de arrendamiento de vivienda, se exige que la base imponible (b.i.general más b.i.ahorro) no sea superior a 24.020 euros anuales.
25/04/2009 01:53
lamah, si tenía derecho y venía practicando deducción por inversión en vivienda habitual, no perderá las deducciones anteriormente practicadas ni la consideración de vivienda habitual a estos efectos, aunque no cumpla los tres años de permanecia en ella, por el hecho de que el cambio de residencia se debe a traslado laboral.

Así, podrá deducir las cantidades satisfechas desde enero de 2008 hasta la fecha en que dejó el piso. Eso sí, a partir de esa fecha no podrá practicar más deducciones por inversión en vivienda.

Por otra parte, independientemente del tema fiscal, le aconsejo que solucione el tema del alquiler para evitar problemas (insista al arrendador para formalizarlo por escrito y guarde los recibos que le facilite).

Hay una deducción estatal por alquiler de vivienda que podrá aplicar por los meses que estuvo de alquiler, siempre y cuando tenga los recibos que lo demuestren. No se establece incompatibilidad con la deducción por inversión en vivienda y sería aplicable en un caso como el suyo. El problema vendría si no puede demostrar que se trata de un contrato de arrendamiento de vivienda, aunque sea verbal. Esto es, si únicamente reside unos meses en el piso alquilado y no llega al año, Hacienda va a entender que es un alquiler de temporada. Insisto en el tema de los recibos, porque es verdaderamente importante, no sólo en el aspecto fiscal, también para evitar sorpresas desagradables con su arrendador.

Respecto a las deducciones autonómicas por alquiler de vivienda, habría que comprobar en que comunidad está, si la misma ha establecido este tipo de deducción y los requisitos exigidos.

Espero que le sirva de ayuda.
23/04/2009 22:16
si cambio su domicilio fiscal, este es su lugar de vivienda habitual y no puede desgravar la hipoteca, se considera segunda vivienda.
Vivienda habitual
20/04/2009 14:14
En 2008 residí en un piso de mi propiedad (vpo) hasta septiembre. Por razones de trabajo cambie de domicilio, y tambien solicite el cambio de domilicio fiscal, donde resido en alquiler aunque sin contrato hasta el momento.
¿cual es mi residencia habitual? ¿puesto que no tengo contrato de alquiler, puedo desgrabar las 12 mensualidades de la hipoteca de mi casa o solo debo contatar lo pagado hasta septiembre? ¿ y si hubiera tenido contrato podría haberlo declarado?