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Vivienda para liquidacion de ganaciales

1 Comentarios
 
Vivienda para liquidacion de ganaciales
29/01/2007 17:35
Hola. No se si esta cuestión se ha expuesto alguna vez pero estoy en internet desde poco tiempo y no se si ya ha ocurrido.

Me encuentro divoriciado de mi primer matrimonio y aún no hemos hecho la liquidación. Mi cuestión es la siguiente: Tenemos una vivienda que llevo pagando la hipoteca yo sólo desde la separación: Octubre 2001. Pienso que debo tener una ventaja en el momento de la liquidación, es decir, me comentan, que cuando llegue este proceso unicamente me aportaran la mitad de lo que he pagado sin intereses ni nada de nada. Eso sí, la plusvalía de la vivienda si se beneficia mi anterior pareja.

¿Existe alguna solución? Por ejemplo, que ella se beneficie de la plusvalia hasta el momento en que dejó de pagar (Octubre 2001). O que se valore la vivienda en dos partes. Una hasta el momento de la separación (que os vuelvo a repetir fué octurbre de 2001) y otra desde entonces hasta el día de la liquidación. Y se lleve su parte en función de estos cálculos. No entiendo que se me abone la mitad de lo que he pagado yo solo y luego se beneficie mi anterior pareja de la plusvalia sin haber invertido nada durante ese tiempo.

Os rogaría me indicarais los pasos a seguir pues me comentan, com os indico al principio, que no se rompen la cabeza en estos casos: se valora la vivienda, se divide por dos y la mitad de lo que he pagado en solitario se me abone, sin intereses y sin ningun otra cosa más.

¿Por favor, aconsejarme alguna solución?
31/01/2007 18:35

Hágase la pregunta: si el piso hubiera bajado de precio desde la separación, ¿estaría usted pidiendo que sólo le afectara a usted esa pérdida de valor?


En principio se debe dividir por dos la parte aportada por cualquiera de las partes mientras ha habido régimen de gananciales. Las partes aportadas con anterioridad al matrimonio o con posterioridad a la separación son exclusivas de quien las ha aportado.
Todas las cantidades han de ser debidamente actualizadas, tanto en intereses, como en plusvalía del bien.

Dicho así todos estarán de acuerdo, y parece muy sencillo.

Los cálculos en cambio pueden ser muy, pero que muy complejos si queremos tratar de forma absolutamente justa los intereses y la plusvalía; por ejemplo se podría argumentar que habría que hacer una tasación del valor del inmueble en el momento en que se separaron, restarle la deuda restante en aquel momento y dividir por dos. Así habría sido si se hubiera dividido en ese momento.
Después, para cada mes posterior, se debería ir recalculando su parte sumándole la cantidad abonada en exclusiva por uno de los dos (teniendo en cuenta que parte es amortización y parte devolución de intereses), y, después, repartir proporcionalmente a la parte resultante de cada cual la plusvalía de ese mes. Y aun mas, actualizarlo todo con el tipo de interés oficial en ese momento.

Pero tampoco sería del todo justo si tenemos en cuenta que en el momento de la compra (conjunta) hubo pagos de iva o de itp y otros gastos comunes, que pueden ser una cantidad importante, y que sin embargo no entran en la valoración si hacemos la valoración en un momento determinado como tasación-deuda restante.
Pero sin embargo sólo tras haber hecho esos pagos la plusvalía ha sido posible, por lo que también debería tenerse en cuenta sobre la plusvalía realizada por una sola de las partes.

Resumiendo: que puede ser un auténtico infierno, y si se rompen la cabeza (y más siendo los abogados y jueces gente de letras) para tener en cuenta todos los detalles no acabarían nunca, porque hay que tener en cuenta que ni el interés ni la inflación son constantes, ni lo es la revalorización del bien, que los intereses generan intereses, que las cuotas pueden haber sido distintas, etc.

Lo que usted propone (que ella se beneficie de la plusvalía hasta el mometno que dejó de pagar) tampoco sería justo, pues esa plusvalía se ha producido sobre un bien que era suyo al 50%, no sobre lo que usted ha aportado después.

La segunda proposición, contar hasta la tasación en el momento de la separación, puede ser engañoso. Imaginese que se separa al mes de haberse comprado la casa... ¿los gastos de compraventa no se cuentan?

De una manera u otra hay que simplificar. Y depende del caso, de si es muy superior lo aportado antes de separarse, si es el caso contrario, si la inflación ha sido mucha, etc.

Vivienda para liquidacion de ganaciales | PorticoLegal
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Vivienda para liquidacion de ganaciales
29/01/2007 17:35
Hola. No se si esta cuestión se ha expuesto alguna vez pero estoy en internet desde poco tiempo y no se si ya ha ocurrido.

Me encuentro divoriciado de mi primer matrimonio y aún no hemos hecho la liquidación. Mi cuestión es la siguiente: Tenemos una vivienda que llevo pagando la hipoteca yo sólo desde la separación: Octubre 2001. Pienso que debo tener una ventaja en el momento de la liquidación, es decir, me comentan, que cuando llegue este proceso unicamente me aportaran la mitad de lo que he pagado sin intereses ni nada de nada. Eso sí, la plusvalía de la vivienda si se beneficia mi anterior pareja.

¿Existe alguna solución? Por ejemplo, que ella se beneficie de la plusvalia hasta el momento en que dejó de pagar (Octubre 2001). O que se valore la vivienda en dos partes. Una hasta el momento de la separación (que os vuelvo a repetir fué octurbre de 2001) y otra desde entonces hasta el día de la liquidación. Y se lleve su parte en función de estos cálculos. No entiendo que se me abone la mitad de lo que he pagado yo solo y luego se beneficie mi anterior pareja de la plusvalia sin haber invertido nada durante ese tiempo.

Os rogaría me indicarais los pasos a seguir pues me comentan, com os indico al principio, que no se rompen la cabeza en estos casos: se valora la vivienda, se divide por dos y la mitad de lo que he pagado en solitario se me abone, sin intereses y sin ningun otra cosa más.

¿Por favor, aconsejarme alguna solución?
31/01/2007 18:35

Hágase la pregunta: si el piso hubiera bajado de precio desde la separación, ¿estaría usted pidiendo que sólo le afectara a usted esa pérdida de valor?


En principio se debe dividir por dos la parte aportada por cualquiera de las partes mientras ha habido régimen de gananciales. Las partes aportadas con anterioridad al matrimonio o con posterioridad a la separación son exclusivas de quien las ha aportado.
Todas las cantidades han de ser debidamente actualizadas, tanto en intereses, como en plusvalía del bien.

Dicho así todos estarán de acuerdo, y parece muy sencillo.

Los cálculos en cambio pueden ser muy, pero que muy complejos si queremos tratar de forma absolutamente justa los intereses y la plusvalía; por ejemplo se podría argumentar que habría que hacer una tasación del valor del inmueble en el momento en que se separaron, restarle la deuda restante en aquel momento y dividir por dos. Así habría sido si se hubiera dividido en ese momento.
Después, para cada mes posterior, se debería ir recalculando su parte sumándole la cantidad abonada en exclusiva por uno de los dos (teniendo en cuenta que parte es amortización y parte devolución de intereses), y, después, repartir proporcionalmente a la parte resultante de cada cual la plusvalía de ese mes. Y aun mas, actualizarlo todo con el tipo de interés oficial en ese momento.

Pero tampoco sería del todo justo si tenemos en cuenta que en el momento de la compra (conjunta) hubo pagos de iva o de itp y otros gastos comunes, que pueden ser una cantidad importante, y que sin embargo no entran en la valoración si hacemos la valoración en un momento determinado como tasación-deuda restante.
Pero sin embargo sólo tras haber hecho esos pagos la plusvalía ha sido posible, por lo que también debería tenerse en cuenta sobre la plusvalía realizada por una sola de las partes.

Resumiendo: que puede ser un auténtico infierno, y si se rompen la cabeza (y más siendo los abogados y jueces gente de letras) para tener en cuenta todos los detalles no acabarían nunca, porque hay que tener en cuenta que ni el interés ni la inflación son constantes, ni lo es la revalorización del bien, que los intereses generan intereses, que las cuotas pueden haber sido distintas, etc.

Lo que usted propone (que ella se beneficie de la plusvalía hasta el mometno que dejó de pagar) tampoco sería justo, pues esa plusvalía se ha producido sobre un bien que era suyo al 50%, no sobre lo que usted ha aportado después.

La segunda proposición, contar hasta la tasación en el momento de la separación, puede ser engañoso. Imaginese que se separa al mes de haberse comprado la casa... ¿los gastos de compraventa no se cuentan?

De una manera u otra hay que simplificar. Y depende del caso, de si es muy superior lo aportado antes de separarse, si es el caso contrario, si la inflación ha sido mucha, etc.